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PÆg. 249516 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de agosto de 2003 En uso de las facultades conferidas por el literal m) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de la Producción aprobado median- te Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y el artícu- lo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por el señor IVAN MARTINEZ GUERRA, sobre otorgamiento de Formulario de Verifica- ción, con fines de tramitar concesión para desarrollar la actividad de acuicultura, y por consiguiente, improcedente la medida cautelar solicitada, por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Piura. Regístrese y comuníquese.LEONCIO ELISEO ÁLVAREZ VÁSQUEZ Viceministro de Pesquería 14739 Aprueban cambio de titulares de permi- sos de pesca otorgados a favor de Tec-nológica de Alimentos S.A. para operarembarcaciones pesqueras de banderanacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2003-PRODUCE/DINAMA Lima, 14 de julio de 2003 Visto el escrito de registro Nº CE-01661001 del 10 de febrero de 2003, presentado por la empresa TECNO- LÓGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesliga- ble de la embarcación a la que corresponde y que duran- te su vigencia la transferencia de la propiedad o pose- sión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacio- nal conlleva la transferencia de dicho permiso en los mis- mos términos y condiciones en el que fue otorgado; Que mediante Resolución Directoral Nº 177-2002-PE/ DNEPP de fecha 10 de mayo de 2002, se otorgó permiso de pesca al GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERÚ S.A., para operar las embarcaciones pesqueras denomi- nadas "SIPESA 63" de matrícula CO-20761-PM, con 586.46 m3 de capacidad de bodega y "SIPESA 62" de matrícula CO-20777-PM, con 589.22 m3 de capacidad de bodega, y de 450 m3 de carga neta de pescado cada embarcación, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utili- zando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pul- gada (38 mm.) de tamaño mínimo de abertura de malla, según corresponda, y sistema de preservación a bordo RSW, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas; Que mediante el escrito del visto, la empresa TECNO- LÓGICA DE ALIMENTOS S.A. solicita el cambio del titu- lar del permiso de pesca y el cambio de nombre de la embarcación pesquera "SIPESA 62", otorgado mediante la Resolución Directoral Nº 177-2002-PE/DNEPP, al ha- ber adquirido la propiedad de la misma, según consta del Certificado Compendioso de Dominio que obra en el expediente administrativo; Que de la evaluación efectuada a los documentos al- canzados y que obran en el expediente, se ha determi- nado que la empresa recurrente ha cumplido con presen- tar los requisitos establecidos en los procedimientos Nº 6 y Nº 19 (A) del Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Pesquería (actualmente Mi- nisterio de la Producción) aprobado mediante DecretoSupremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente otorgar el cambio de titular del permiso de pesca, así como el cambio de nombre de la referida embarcación; Que mediante Resolución Viceministerial Nº 015-2003- PRODUCE-DVM de fecha 30 de mayo de 2003, se acep- tó la abstención de la Ing. Flor María Alvarado Barriga, Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pes- quero, para conocer los procedimientos administrativos de cambio de titular del permiso de pesca de la embar- cación pesquera "SIPESA 62", otorgado mediante Reso- lución Directoral Nº 177-2002-PE/DNEPP al GRUPO SIN- DICATO PESQUERO DEL PERÚ S.A., así como la modi- ficación de dicha resolución autoritativa, en el extremo referido al cambio de nombre de la referida embarcación pesquera, iniciados por TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A.; asimismo se dispuso que la bióloga Sulma Carras- co Barrera, Directora Nacional de Medio Ambiente, pro- siga con la tramitación de los indicados procedimientos; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 130- 2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y los pro- cedimientos Nº 6 y Nº 19 (A) del Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Pesquería (ac- tualmente Ministerio de la Producción) aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 177-2002-PE/DNEPP, en el extremo referi- do al nombre de la embarcación pesquera "SIPESA 62" de matrícula Nº CO-20777-PM, incluyendo como nueva denominación "TASA 52". Artículo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 177-2002- PE/DNEPP a favor de TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A. para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "TASA 52" con matrícula Nº CO-20777-PM, de 589.22 m3 de capacidad de bodega y de 450 m3 de carga neta de pescado, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizan- do redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.) de tamaño mínimo de malla, según corresponda, y sis- tema de preservación a bordo RSW, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 177-2002-PE/DNEPP, al GRUPO SINDICATO PES- QUERO DEL PERÚ S.A., para operar la embarcación pesquera denominada "SIPESA 62". Artículo 4º.- Incorporar a la empresa TECNOLÓGI- CA DE ALIMENTOS S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "TASA 52" (ex SIPESA 62) con matrícula Nº CO-20777-PM, así como la presente Resolución al literal A) del Anexo I de la Resolución Mi- nisterial Nº 193-2002-PRODUCE y al Anexo III de la Re- solución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 5º.- Excluir al GRUPO SINDICATO PES- QUERO DEL PERÚ S.A. y a la Resolución Directoral Nº 177-2002-PE/DNEPP del literal A) del Anexo I de la Re- solución Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE y del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. SULMA CARRASCO BARREDA Directora Nacional de Medio Ambiente 14766