Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2003 (09/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Ot o rgan permi so de op e r a c i on a empresa naviera para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga y pasajeros en la Hoya Amazonica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 239-2003-MTC/13 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 Vista la solicitud, expediente Nº 015250-2003, presentada por la empresa naviera TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA SAC., mediante la cual solicita Permiso de Operacion para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en toda la Hoya Amazonica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la empresa naviera TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA SAC. ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en toda la Hoya Amazonica; Que, la empresa naviera TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA SAC. se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20393059843; Que, mediante informe Nº 184 -2003-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 204-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa naviera TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA SAC. para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en toda la Hoya Amazonica, en la forma siguiente: TRAFICO SERVICIO : Nacional o cabotaje : Irregular; en toda la Hoya Amazonica.

posiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a las Capitanias de Puerto de Iquitos, Pucallpa y Ucayali y a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali para su conocimiento y fines. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 14689

VIVIENDA
Establecen disposiciones relativas a la desactivacion y extincion de ORDESUR y a la transferencia de obras a municipalidades provinciales del sur
DECRETO SUPREMO Nº 019-2003-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica dispone que la descentralizacion tiene caracter obligatorio y que se ejecuta conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion y en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, mediante Decreto Supremo Nº 036- 2003- PCM, se aprobo el "Cronograma de Transferencia para el ano 2003, a los Gobiernos Regionales y Locales, de los fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de alcance Regional"; Que, el mencionado Cronograma que corre anexo al Decreto Supremo Nº 036- 2003- PCM senala que el Organismo para la Reconstruccion y Desarrollo del Sur- ORDESUR, ejecutara la transferencia del Programa de Reconstruccion a los Gobiernos Locales Provinciales durante el tercer y MORDAZA trimestre de 2003; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 101- 2001 se constituyo ORDESUR cuya funcion principal es priorizar y ejecutar en los departamentos y provincias bajo su competencia las obras publicas de construccion, reconstruccion y rehabilitacion, principalmente de infraestructura y servicios basicos para la poblacion; Que, el ultimo parrafo de la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion indica que el Poder Ejecutivo queda facultado para realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y financieras necesarias en relacion a los pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto de la transferencia; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que las relaciones entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperacion y coordinacion, sobre la base del MORDAZA de subsidiariedad;

TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros) Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con las embarcaciones de su propiedad denominadas: E/F "Texas" con matricula PA-7016-EF, A/F "Texas", con matricula PA-7022AF y A/F "Don Marco", con matricula PA-17994-AF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º, tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; la renovacion debera ser solicitada por la empresa recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion por parte de la empresa naviera, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas dis-

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