Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2003 (09/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2003

articulo 181º del Texto Unico Ordenando del Codigo Tributario, efectuandose un regimen de gradualidad en los siguientes casos: 1. Cuando la Declaracion Jurada se presente con anterioridad a cualquier notificacion y/o requerimiento de la Administracion Tributaria, la Multa Aplicable sera rebajada en un 90%. 2. Cuando la Declaracion Jurada se presente con posterioridad a cualquier notificacion y/o requerimiento de la Administracion Tributaria, la Multa Aplicable sera rebajada en un 50%. 3. Para el caso de personas naturales o juridicas que hayan presentado su Declaracion Jurada y que se encuentren incursas dentro de las infracciones determinadas en el articulo 178º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, se aplicara el Regimen de Gradualidad establecido en el articulo 179º del mismo texto, siendo estas las siguientes: a. Sera rebajada en un (90%) siempre que el deudor tributario cumpla con declarar la deuda tributaria omitida con anterioridad a cualquier notificacion o requerimiento de la administracion relativa al tributo o periodo a regularizar. b. Si la declaracion se realiza con posterioridad a la notificacion o requerimiento de la Administracion, pero MORDAZA del inicio de la verificacion o fiscalizacion, la sancion sera rebajada en un setenta por ciento (70%). c. Si la declaracion se realiza con posterioridad al inicio de la verificacion o fiscalizacion pero MORDAZA de la notificacion de la Orden de Pago o Resolucion de Determinacion, segun corresponda, o la Resolucion de Multa, la sancion se reducira en un sesenta por ciento (60%). d. Una vez notificada la Orden de Pago o Resolucion de Determinacion, de ser el caso, o la Resolucion de Multa, la sancion sera rebajada en un cincuenta por ciento (50%) solo si, con anterioridad al inicio del Procedimiento de Cobranza Coactiva, el deudor tributario cancela la Orden de Pago, Resolucion de Determinacion y Resolucion de Multa notificadas, siempre que no interponga medio impugnatorio alguno. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza debera ser difundida por los medios correspondientes para el conocimiento de todos los vecinos del distrito, encargando la publicacion de la misma a Secretaria General. Segunda.- La Gerencia de Rentas y las Jefaturas de Administracion Tr ibutar ia y Fiscalizacion en coordinacion con la Gerencia de Informatica son responsables de formular y actualizar liquidaciones por Multas Tributarias. Tercera.- Para el acogimiento del presente Regimen, los contribuyentes que hubiesen impugnado las Resoluciones de Multa, deberan previamente desistirse del Recurso Impugnativo. Cuarta.- Los pagos efectuados sin acogerse al presente Regimen no constituyen pagos en exceso. Quinta.- El regimen de gradualidad se perdera si el deudor tributario, luego de acogerse a el, interpone cualquier impugnacion, salvo que la impugnacion este referida al regimen de gradualidad. DISPOSICIONES GENERALES Primera.- La Gerencia de Rentas, capacitara al personal a su cargo para el cumplimiento de la presente Ordenanza dentro de los parametros tecnico-legales. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, quedando sin efecto el Decreto de Alcaldia Nº 004-99-MDL que aprueba la Directiva Nº 002-99-MDL/OR. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14897

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Establecen condonacion del pago por concepto de licencias de funcionamiento y amnistia tributaria del impuesto predial y arbitrios municipales a contribuyentes en MORDAZA de conflicto territorial
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 071/ML Lurin, 25 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo de Lurin, en Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776, establece en su articulo 68º al 70º, las tasas que se cobran por servicios administrativos que prestan las municipalidades a la actividad privada; Que, de acuerdo al Informe Nº 061-2003-DR-MDL de la Direccion de Rentas, solicita la condonacion de los montos a pagar por concepto de licencia de funcionamiento de los locales comerciales industriales y de servicios ubicados en las zonas de conflicto con la Municipalidad de Santisimo MORDAZA de Pachacamac; Estando a lo dispuesto en el numeral 5) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, ha dado la siguiente: ORDENANZA DE CONDONACION DE DERECHOS DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO E IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES A LAS ZONAS C, D, E, EN CONFLICTO CON LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA Articulo Primero.- Establezcase la condonacion del pago de derecho administrativo por concepto de licencias de funcionamiento para los locales comerciales, industriales y de servicios, ubicados en las zonas de conflicto territorial con el distrito de Santisimo MORDAZA de Pachacamac. Para acogerse al presente beneficio los contribuyentes presentaran el original de las licencias otorgadas por la Municipalidad de Santisimo MORDAZA de Pachacamac. Articulo Segundo.- Establezcase una Amnistia Tributaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, la que incluira moras e intereses para los contribuyentes que por efecto del conflicto territorial con el distrito de Santisimo MORDAZA de MORDAZA, no se encuentren registrados en el padron de contribuyentes de las Agencias Municipales C, D y E de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurin. Articulo Tercero.- El plazo para acogerse al presente beneficio es de 120 dias a partir del dia siguiente de su aprobacion. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion de Rentas y a las Agencias Municipales. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 14900

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