Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2003 (09/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 013-2003-GG/ONP de fecha 17 de enero de 2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina de Normalizacion Previsional para el Ejercicio Presupuestal 2003; Que, conforme al documento del visto el surgimiento de un MORDAZA requerimiento ha dado origen a la necesidad de incluir un MORDAZA de seleccion en el referido Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, cuya descripcion se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, de conformidad con el Articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo, lo cual debera informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Asimismo, senala que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion seran comunicadas a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa PROMPYME dentro del mismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los Articulos 7º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM respectivamente, asi como por el inciso g) del Articulo 9º del Estatuto de la Oficina de Normalizacion Previsional aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF, el inciso j) del Articulo 11º de la Resolucion Suprema Nº 306-2001-EF, la Resolucion Ministerial Nº 4242002-EF/10 y la Resolucion Jefatural Nº 186-2002JEFATURA/ONP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina de Normalizacion Previsional para el Ejercicio Presupuestal del ano 2003, la inclusion del MORDAZA de Seleccion que se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion proceda a publicar la presente resolucion dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion, informar al CONSUCODE y remitir MORDAZA de la misma a PROMPYME, dando cuenta a CONSUCODE en igual plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PESTANA Gerente General 14830

El expediente Nº 2002-1477, la Resolucion de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios OSINERG Nº 0817-2003-OS/JARU del 19 de marzo de 2003, la comunicacion del 26 de marzo de 2003, la carta Nº GR1483-2003 remitida por el concesionario HIDRANDINA S.A. el 27 de MORDAZA de 2003, sobre el cumplimiento de dicha resolucion; CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1 Mediante Resolucion de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios OSINERG Nº 0817-2003-OS/ JARU del 19 de marzo de 2003, se revoco la Resolucion Nº 55100000195 y se declaro fundado el reclamo de PESQUERA EL MORDAZA S.A. 1.2 En el articulo 3º de la citada Resolucion de la JARU, se ordeno que el concesionario informe a este Organismo Supervisor y a la usuaria del cumplimiento de lo ordenado, adjuntando la documentacion correspondiente, dentro de los 7 dias habiles contados a partir del dia siguiente de su notificacion, efectuada el 24 de marzo de 2003. 1.3 El 26 de marzo de 2003, mediante comunicacion remitida a este Organismo Supervisor, el concesionario solicito que a fin de cumplir con lo ordenado en la Resolucion de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios OSINERG Nº 0817-2003-OS/JARU, se amplie el plazo establecido en el articulo 3º de la citada resolucion. 1.4 Mediante Oficio Nº 0820-2003-OSINERG-ST del 9 de MORDAZA de 2003, se comunico al concesionario la improcedencia de su solicitud, debido a que no se puede ampliar el plazo establecido en el articulo 3º de la Resolucion de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios OSINERG Nº 0817-2003-OS/JARU, por haber esta agotado la via administrativa. 1.5 Mediante el oficio Nº 1170-2003-OSINERG-ST/ JARU del 19 de MORDAZA de 2003, se comunico al concesionario el inicio de un procedimiento sancionador, otorgandosele un plazo de cinco dias habiles para la MORDAZA de sus descargos. 1.6 El 27 de MORDAZA de 2003, mediante carta Nº GR1483-2003, el concesionario presento sus descargos y senalo que la Resolucion de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios OSINERG Nº 08172003-OS/JARU incurre en causal de nulidad al trasgredir lo estipulado en la Ley de Concesiones Electricas. 2. ANALISIS 2.1 El articulo 192º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los actos administrativos tendran caracter ejecutorio, salvo disposicion legal expresa en contrario, mandato judicial o que esten sujetos a condicion o plazo conforme a ley. 2.2 De igual manera, el MORDAZA parrafo del articulo 98º del Reglamento General del OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, dispone que se suspendera la ejecucion de lo resuelto por un organo del OSINERG cuando el superior jerarquico de dicho organo o el Poder Judicial, de ser el caso, dispusieran expresamente la suspension de los efectos de la resolucion o decision impugnada. 2.3 Mediante carta Nº GR-1483-2003 remitida a este Organismo Supervisor, el concesionario comunico que existe la imposibilidad juridica de ejecutar la Resolucion Nº 0817-2003-OS/JARU por contravenir la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, conforme se desprende de lo indicado en la Resolucion Directoral Nº 002-2003-EM/DGE, MORDAZA que establece la forma de aplicacion de los intereses, por lo que solicito se deje sin efecto el MORDAZA sancionador y se archive el expediente,

OSINERG
Sancionan con multas a HIDRANDINA S.A.
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 487-2003-OS/GG MORDAZA, 4 de agosto de 2003

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