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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (09/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 249549 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de agosto de 2003 Declaran Patrimonio Cultural de la Na- ción a diversos sitios y zonas arqueoló-gicas ubicadas en los departamentos deCusco y Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 544/INC Lima, 31 de julio de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 299 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 18 de fecha 4 de junio de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 299, de fecha 4 de junio de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología reco- mienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Bandoján, ubicado en el distrito de Chinche- ro, provincia de Urubamba, departamento de Cusco; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprue- ba el Reglamento de Organización y Funciones del Insti- tuto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico Bandoján, ubicado en el distri- to y provincia de Anta, departamento de Cusco. Artículo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitación del Si- tio Arqueológico Bandoján, Lámina CA 172, de fecha marzo de 2003, a escala 1/750, con un área de 2.608.8 hectáreas y un perímetro de 694.41 metros lineales, con su respectiva Memoria Descriptiva, ubicado en el distrito y provincia de Anta, departamento de Cusco. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agrope- cuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec- tar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 14966 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 545/INC Lima, 31 de julio de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 261 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 16 de fecha 14 de mayo de 2003; y,CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 261, de fecha 14 de mayo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica de "Qotakalli", ubicada en el dis- trito de San Sebastián, provincia y departamento de Cus- co; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprue- ba el Reglamento de Organización y Funciones del Insti- tuto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a la Zona Arqueológica de "Qotakalli", ubicada en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco. Artículo 2º.- Aprobar el Plano de Ubicación y Topo- gráfico de la Delimitación de la Zona Arqueológica "Qo- takalli", Lámina Nº 01, de fecha noviembre de 2002, con un área de 6.53 hectáreas y un perímetro de 1380.30 metros lineales, ubicada en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológi- ca mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro- pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 14967 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 546/INC Lima, 31 de julio de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 295 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 18 de fecha 4 de junio de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación;