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PÆg. 249560 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de agosto de 2003 procesos de selección de los Directores Regionales Sec- toriales los cuales fueron convocados con fecha 7 de ju-nio, señalando que habían sido declarados DESIERTOSlos Concursos Públicos referidos a los sectores de Ener-gía y Minas, Trabajo y Promoción del Empleo, Produccióny Comercio Exterior y Turismo, por cuanto no aprobaron el mínimo de dos postulantes que era requisito para con- tinuar con la etapa de entrevista personal, según las ba-ses de los concursos; Que, mediante Actas de las Comisiones de los Concur- sos Públicos de Méritos de los Directores Regionales deComercio Exterior y Turismo, Energía y Minas, Trabajo y Promoción del Empleo y Producción, su fecha 1 de agos- to del 2003, se aprueban las Bases que regirán cada unode los concursos que tendrán a su cargo; correspondiendoReconvocar al concurso público de méritos para la selec-ción de los Directores Regionales Sectoriales de Comer-cio Exterior y Turismo, Energía y Minas, Producción y Trabajo, la que se realizará mediante Resolución Ejecuti- va Regional publicada, por lo menos, en un diario de cir-culación Nacional según lo dispuesto en la DirectivaNº 001-CND-P-2003, aprobada mediante Resolución Pre-sidencial Nº 012-CND-P-2003 su fecha 31 de enero del2003 modificada mediante Resolución Presidencial Nº 025-CND-P-2003; Que, mediante la Resolución Nº 003-2003/ GOB.REG.PIURA-CPMDRTYC, de fecha 28 de julio del2003, se resuelve en su artículo segundo Declarar la Nu-lidad de la Segunda Etapa del Concurso (Examen de co-nocimiento) y consecuentemente Nula la etapa de la en- trevista personal, debiéndose realizarse un nuevo exa- men de conocimiento con los postulantes expeditos paraacceder a dicha etapa, debiéndose reiniciar el concursodel sector Transportes y Comunicaciones en la fase co-rrespondiente; Que, mediante el Acta de "Vistos", la Comisión del Concurso Público de Méritos para la selección del Direc- tor Regional de Salud, se acuerda reiniciar el concursoen la etapa de examen de conocimiento señalando el cro-nograma correspondiente; Que, mediante Ley Nº 28034 de fecha 22 de julio del 2003, se dictan medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público, consignándose en su artículo tercero medidas relativas a gastos de personalbajo cualquier modalidad contractual; siendo necesarioprecisar que tal dispositivo legal no afecta los procesosde selección de los Directores Regionales Sectoriales se-ñalados en la parte resolutiva, en cuanto fueron convo- cados por el Gobierno Regional con fecha anterior al 16 de junio del 2003, encontrándose exceptuados de acuer-do a lo dispuesto en el Artículo tercero, inciso b.) de laLey señalada; Que, de acuerdo a los principios de Celeridad corresponde integrar los Cronogramas de los Concur- sos Públicos de Méritos para la Selección de los Di- rectores Regionales Sectoriales de Comercio Exte-rior y Turismo, Energía y Minas, Producción, Salud,Transportes y Comunicaciones y Trabajo y Promocióndel Empleo; Con las Visaciones de la Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica, Administración y Gerencia General Re- gional del Gobierno Regional Piura; De conformidad con el artículo 191º de la Constitu- ción Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680;Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; LeyNº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria la Ley Nº 27902; Resolución Presidencial Nºs. 012 y 066-CND-P-2003, y demás complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Reprogramar los Cronogramas de los Concursos Públicos para la selección de los Directo- res Regionales de Comercio Exterior y Turismo, Energíay Minas, Trabajo y Promoción del Empleo y Producción.Asimismo, Reprogramar los Cronogramas de los concur-sos públicos del sector Transportes y Comunicaciones ySalud, para la continuidad de los procesos desde la eta- pa de examen de conocimientos, integrándolos en un anexo que forma parte integrante de la presente Resolu-ción, disponiendo su publicación en el Diario local demayor circulación.Artículo Segundo.- Disponer, en cumplimiento de la Directiva Nº 001-CND-P-2003 aprobada medianteResolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003 su fe-cha 31 de enero del 2003 modificada mediante Reso-lución Presidencial Nº 025-CND-P-2003, medianteconvocatoria, la continuidad de los concursos si- guientes: 1.- Concurso Público de Méritos para la Selección del Director Regional de Comercio Exterior y Turismo Piura. 2.- Concurso Público de Méritos para la Selección de Director Regional de Energía y Minas Piura. 3.- Concurso Público de Méritos para la Selección de Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Piu-ra. 4.- Concurso Público de Méritos para la Selección del Director Regional de Producción. Asimismo, su publicación en un Diario de circulación nacional. Artículo Tercero.- Disponer la continuidad de los con- cursos públicos para la selección de los Directores Re-gionales Sectoriales de Transportes y Comunicaciones ySalud. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y no-tifíquese a los estamentos administrativos corres-pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR TRELLES LARA Presidente 14993 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Crean Fundación AGROENERG˝A que promoverÆ desarrollo agroenergØtico dela región ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2003-GRSM/PGR Moyobamba, 31 de julio de 2003 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Ca- pítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902, y demás nor- mas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capí- tulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, se les reconoce a los gobiernos regionales, autonomía polí- tica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 - "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales" modificada por la Ley Nº 27902, establece en su artículo 4º que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional inte- gral sostenible, promoviendo la inversión pública y priva- da y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los dere- chos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, re- gionales y locales de desarrollo;