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PÆg. 250320 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de agosto de 2003 refiere al hecho de que el contribuyente no incluya en las declaraciones ingresos, rentas, patrimonio, actos grava-dos o tributos retenidos o percibidos, o declarar cifras o datos falsos u omitir circunstancias que influyan en la determinación de la obligación tributaria. En tal sentido, es importante que la infracción co- metida del inciso 1) del Artículo 176º, que se refiere al hecho de no presentar las declaraciones que conten-gan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos, cuenta con una rebaja de san- ciones o régimen de incentivos, el cual resulta necesa-rio establecer desde una perspectiva que incentive a las empresas a la subsanación espontánea de está infracción, al amparo del artículo 29º de la Ley Nº27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Faculta- des de OSIPTEL. VI. PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-TRIBUTARIO En este Título resulta necesario para OSIPTEL regu- lar su intervención en calidad de administración tributa- ria, desarrollando sus procedimientos respectivos con las formalidades del Código Tributario, aprobando las nor-mas que rigen la atención de reclamaciones o apelacio- nes que presenten las empresas operadoras contra las resoluciones de determinación, resoluciones de multa,órdenes de pago y las resoluciones que resuelven las solicitudes de devolución y/o compensación emitidas por los órganos competentes de OSIPTEL. En este contexto, y al amparo de las normas citadas en el párrafo precedente, es que OSIPTEL, mediante la Resolución Nº 034-2002-CD/OSIPTEL, designó los ór-ganos competentes para resolver las reclamaciones y medios impugnatorios contra las resoluciones de los pro- cedimientos tributarios iniciados ante este Organismo, losmismos que comprende las instancias resolutivas que las empresas operadoras deben seguir ante OSIPTEL antes de recurrir al Tribunal Fiscal. DISPOSICIONES GENERALES En este capítulo se establece el objetivo y el ámbi- to de aplicación del procedimiento contencioso admi- nistrativo, que abarca a las empresas operadoras quese encuentran afectas al pago del Aporte por Regula- ción de OSIPTEL y Derecho Especial destinado a FI- TEL, y se establecen las normas para la atención derecursos presentados contra resoluciones de determi- nación, órdenes de pago, resoluciones de multa de aportes y resoluciones que resuelven las solicitudesde devolución y/o compensación emitidas por los ór- ganos competentes. Finalmente, se precisa que aquellos actos realizados por los administrados deben ser ejecutados con las for- malidades establecidas en el Código Tributario; requirien- do en el procedimiento contencioso tributario la interven-ción de abogado. DEL PROCEDIMIENTOSiendo un procedimiento contencioso tributario aquél en el que se busca la solución de un conflicto de intere-ses entre el administrado y el Estado, de similar estruc- tura al procedimiento administrativo general, se ha con- siderado conveniente resaltar la importancia de la etapaprobatoria, mediante los actos de instrucción que se de- ben realizar a cargo de los órganos competentes. En este sentido, toda actuación que sirva para la determinación,conocimiento y comprobación de datos, en virtud de los cuales deba existir un pronunciamiento, será realizada de oficio por la autoridad administrativa, sin perjuicio delderecho de los administrados a proponer actuaciones probatorias. El plazo probatorio ha sido establecido en treinta (30) días hábiles, con el fin que el órgano competente logre una evaluación y análisis de los planteamientos y prue- bas existentes que le permitan concluir una resoluciónajustada a la verdad de los hechos y que concuerde con el marco jurídico que rige la materia. Dentro del contexto de los principios de legalidad y razonabilidad consagrados en la Ley del Procedimiento Administrativo General, las resoluciones deberán expre- sar los fundamentos de hecho y de derecho que le sirvende base y decidirán sobre todas las cuestiones plantea- das por los interesados y que se susciten dentro del ex-pediente administrativo. Asimismo, se dispone la posibilidad que la empresa operadora pueda desistirse de la presentación de recla-maciones o recursos en cualquier etapa del procedimien- to, teniendo como único requisito la firma legalizada del representante de la empresa operadora, pudiendo efec-tuarse ante un fedatario de OSIPTEL. RECLAMACIÓN EN PRIMERA INSTANCIA ADMI- NISTRATIVA El trámite de inicio de reclamación debe efectuarse mediante escrito autorizado por abogado y cabe presen- tarlo contra todos aquellos actos administrativos tributa- rios expedidos por los órganos competentes de OSIP-TEL como resoluciones de determinación y multa, orde- nes de pago, resoluciones de solicitudes de devolución o compensación. Dicho escrito deberá cumplir con los requisitos de ad- misibilidad exigidos por el Código Tributario. En caso no se cumplan, OSIPTEL podrá declarar la inadmisibilidaddel mismo, siempre y cuando la empresa operadora no haya subsanado las omisiones, luego del plazo otorgado por OSIPTEL. En lo que respecta a los pagos previos que tendrá que realizar el reclamante para las reclamaciones con- tra resoluciones de determinación o multa, OSIPTELotorga el derecho a la empresa operadora de no pagar la parte no reclamada; sin embargo, deberá cancelar el monto no reclamado hasta la fecha en que realice elpago. La figura del pago para la reclamación de las órdenes de pago se diferencia con aquellas interpuestas contraresoluciones de determinación o multa, debido a que en el primer caso sí se requiere el pago previo total de la deuda tributaria hasta la fecha en que se realice el pago,salvo que OSIPTEL suspenda la cobranza de la misma por considerarla improcedente y la empresa operadora haya presentado su reclamación dentro del plazo de veinte(20) días de notificada la orden de pago. En concordancia con lo establecido en el régimen de procedimientos contenciosos tributarios que regula el Có-digo Tributario, se ha determinado en veinte (20) días há- biles el plazo de presentación de las reclamaciones; días contados a partir de la notificación de la resolución quese reclama. Asimismo, se ha contemplado también la aplica- ción de la facultad de presentar las reclamaciones unavez vencido el plazo de presentación, con la condi- ción que se realice el pago previo del total del monto de la deuda tributaria o, en su defecto, la presenta-ción de carta fianza bancaria por el monto de la deu- da actualizada a seis (6) meses posteriores con una vigencia similar, contados a partir de la fecha de lapresentación de la reclamación. OSIPTEL podrá eje- cutar la carta fianza en razón de la declaración de improcedencia del reclamo. En el Reglamento se establece el silencio administra- tivo negativo, ya que en caso el órgano competente no resuelva la reclamación dentro del plazo, se tendrá pordesestimada la misma y la empresa operadora podrá pre- sentar su recurso de apelación ante la segunda instancia administrativa. RECURSO DE APELACIÓN El Reglamento contempla el procedimiento a llevarse a cabo en la segunda instancia administrativa tributaria de OSIPTEL, ante la interposición de los recursos de ape-lación presentados por las empresas operadoras. Los requisitos del escrito son similares a los estable- cidos para las reclamaciones en primera instancia, esdecir requieren de firma de abogado y que se adjunten las hojas de información sumaria. La primera instancia administrativa recibe el recurso de apelación y en caso no cumpla con los requisitos de admisibilidad deberá poner en conocimiento del apelan- te las omisiones en que ha incurrido, para su subsana-ción en un plazo de quince (15) días hábiles; luego de superadas las omisiones, deberá elevarlo al órgano com- petente de OSIPTEL en segunda instancia. El plazo de