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PÆg. 250311 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de agosto de 2003 dictar de manera exclusiva y, dentro del ámbito de su competencia, reglamentos y normas de carácter generalaplicables a todos los administrados que se encuentren en las mismas condiciones; Que, en este contexto, resulta necesario para OSIP- TEL dictar normas complementarias al régimen de los aportes que administra, concordando su norma especial con la general que regula el Texto Único Ordenado delCódigo Tributario y sus normas modificatorias; Que, al amparo de los artículos 29º y 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, OSIPTEL, en cali-dad de Administración Tributaria, se encuentra facultado a fijar la forma y lugar de pago de las obligaciones tribu- tarias y a establecer la forma de presentación de la de-claración tributaria; Que, al amparo de los artículos 36º y 166º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, OSIPTEL se en-cuentra facultado a conceder aplazamiento y/o fraccio- namiento para el pago de la deuda tributaria y a estable- cer un régimen de gradualidad para la sanción impuestade conformidad con el numeral 1 del artículo 176º de di- cho Texto Único Ordenado; Que, el Título III del Libro Tercero del Texto Único Orde- nado del Código Tributario, regula de manera general el procedimiento contencioso-tributario. Sin embargo, dicho procedimiento, para el caso especial de OSIPTEL, no com-prende las instancias que este organismo debe aplicar; Que, en este contexto, resulta necesario que OSIP- TEL regule su Procedimiento Contencioso-Tributario, bajolos alcances de la norma general establecidas en el Tex- to Único Ordenado del Código Tributario y sus normas modificatorias; Que, en consecuencia, mediante Resolución Nº 015- 2003-CD-OSIPTEL se dispuso la publicación del Proyec- to del "Reglamento de Normas Complementarias al Ré-gimen de los Aportes Administrados por OSIPTEL"; Que, habiéndose analizado los comentarios presen- tados, corresponde dictar las normas referidas al Regla-mento de Normas Complementarias al Régimen de los Aportes Administrados por OSIPTEL y su Exposición de Motivos; Que, por transparencia, resulta conveniente la publica- ción en la página web de OSIPTEL de la Matriz menciona- da en la sección de Vistos de la presente Resolución; Que, el artículo 24º del Reglamento General de OSIP- TEL dispone que la función normativa se ejerce de ma- nera exclusiva por el Consejo Directivo del OSIPTEL; Que, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 180; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el texto del Reglamento de Normas Complementarias al régimen de los Aportes administrados por OSIPTEL, el cual consta de cinco (5) Títulos, sesenta y un (61) artículos, tres (3) Disposicio-nes Complementarias y Finales, seis (6) Disposiciones Transitorias y dos (2) Anexos. Artículo Segundo.- Ordenar la publicación de la Ex- posición de Motivos en el Diario Oficial El Peruano y, en la página web de OSIPTEL, la Matriz a que se refiere la sección de Vistos de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente norma entrará en vi- gencia a los treinta (30) días calendario de su publica- ción en el Diario Oficial. Regístrese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo REGLAMENTO DE NORMAS COMPLEMENTARIAS AL RÉGIMEN DE LOS APORTES ADMINISTRADOS POR OSIPTEL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- DEFINICIONES Para efecto del presente Reglamento se entenderá por:a) Deuda tributaria materia de aplazamiento y/o frac- cionamiento.- Aquélla comprendida en la Resolución queconcede el aplazamiento y/o fraccionamiento, la cualdeberá incluir los intereses moratorios a que se refiere elartículo 33º del Texto Único Ordenado del Código Tributa-rio, generados hasta la fecha de emisión de dicha Reso- lución. b) Amortización.- Aquélla que se obtiene dividiendo la deuda tributaria materia de aplazamiento y/o fraccio-namiento entre el número de meses por el que se conce-de el fraccionamiento. c) Interés.- El interés de aplazamiento y/o fracciona- miento que se establece en el artículo 28º del presente Reglamento. d) Cuota.- Aquélla que comprende la amortización y el interés a que se refieren los incisos b) y c) del presen-te artículo. e) RUA.- Registro Único de Aportantes que se identi- fica con el número del Registro Único de Contribuyente - RUC. f) Código.- Al Texto Único Ordenado del Código Tribu- tario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y susnormas modificatorias. g) Aportes.- Los aportes al OSIPTEL y al FITEL. h) Régimen: Al regulado por el presente Reglamento. i) Tabla o Tablas: A la Tabla o Tablas de Infracciones y Sanciones que forman parte del Código. j) Empresa operadora.- Persona natural o jurídica pres- tadora de servicios públicos de telecomunicaciones quese encuentra afecta al régimen de Aportes por Regula- ción del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) y/o del derecho es-pecial destinado al Fondo de Inversión en Telecomunica-ciones (FITEL). Asimismo, cuando se haga referencia a un artícu- lo, anexo o disposición transitoria, complementaria y final sin mencionar el dispositivo a que pertenece, seentenderá que corresponde al presente Reglamento. Artículo 2º.- MARCO NORMATIVO La aplicación del presente Reglamento se sujeta a lo prescrito en el siguiente marco normativo: • Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunica- ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; • Reglamento General de la Ley de Telecomunicacio- nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC; • Ley de Desmonopolización Progresiva de los Servi- cios Públicos de Telecomunicaciones, Ley Nº 26285; • Texto Único Ordenado del Código Tributario, aproba- do por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y sus modifica-ciones; • Ley Marco de los Organismos Reguladores, Ley Nº 27332; • Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades de OSIPTEL, Ley Nº 27336; • Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por De- creto Supremo Nº 008-2001-PCM; • Fijan para el ejercicio 2003 la alícuota del aporte por regulación para el OSIPTEL, aprobado por Decreto Su- premo Nº 138-2002-PCM; y, • Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. TÍTULO II DECLARACIÓN JURADA Y PAGO Artículo 3º.- DEL LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Las declaraciones juradas, conteniendo la deuda tri- butaria relacionada con los aportes, pueden ser presen- tadas: a) Por medio de la Web de OSIPTEL; b) Por medio del fax al Nº 475-1816;c) Por medio del correo electrónico, al buzón aportes@osiptel.gob.pe, remitiendo dichas declaraciones juradas debidamente escaneadas; o, d) Directamente en la mesa de partes de OSIPTEL, sito en calle De la Prosa Nº136, San Borja, Lima.