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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (25/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 250312 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de agosto de 2003 Cuando se empleen los medios de presentación (a) (b) y (c), deberán remitir a las oficinas de OSIPTEL, den-tro de los siete (7) días hábiles, la declaración jurada ori- ginal respectiva, con cuyo cumplimiento se entenderá por recibido en la fecha en que la declaración jurada fue re-gistrada en la Web de OSIPTEL, enviada por facsímil o enviada por correo electrónico. Sin perjuicio de lo señalado en el presente artículo, el OSIPTEL podrá designar lugares distintos para la pre- sentación de las declaraciones juradas. Artículo 4º.- DEL PAGO DE LAS OBLIGACIONES Las empresas operadoras deberán pagar la deuda tri- butaria relacionada con los aportes a OSIPTEL y a FI-TEL, cumpliendo las siguientes reglas: a) El pago de la deuda tributaria relacionada con el aporte a OSIPTEL y FITEL, deberán realizarlo mediante depósito en las cuentas corrientes, que oportunamente informe la Gerencia de Administración y Finanzas deOSIPTEL; y, b) Deberán remitir a las oficinas de OSIPTEL, copia del comprobante del depósito bancario, mediante cual-quiera de las modalidades especificadas en los literales b), c) o d) del artículo 3º, indicando el nombre de la em- presa e identificando la deuda tributaria a la que corres-ponde el pago (período tributario, cuota de fraccionamien- to, número de la resolución u orden de pago, indicando si es aporte o multa). Artículo 5º.- DE LA DECLARACIÓN TRIBUTARIA Las empresas operadoras deberán efectuar la decla- ración de los aportes a OSIPTEL y a FITEL, tanto de los pagos a cuenta como de la declaración anual, mediante la presentación de una declaración jurada por cada pe-ríodo tributario. La obligación formal de presentar declaraciones ju- radas es independiente de la obligación material de pagodel aporte. En tal sentido, aun cuando en determinado período no exista la obligación de pago del aporte debi- do a que la empresa no ha generado ingresos grava-dos, subsiste su obligación de presentar las declaracio- nes juradas correspondientes desde la fecha de sus- cripción del contrato de concesión respectivo, o desdela fecha de inscripción en el registro de Empresas de Valor Añadido del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones. Salvo disposición expresa en contrario, las empresas operadoras deberán consolidar la totalidad de sus opera- ciones en una sola declaración. Para tal efecto, los deu-dores tributarios que tengan sucursales, agencias, esta- blecimientos anexos o puntos de venta en distintos luga- res, tomarán como referencia el monto consolidado desus operaciones. La declaración referida a la determinación de la obli- gación tributaria podrá ser sustituida dentro del plazo depresentación de la misma. Vencido éste, podrá presen- tarse una declaración rectificatoria, la misma que surtirá efecto con su presentación siempre que determine igualo mayor obligación. En caso contrario, surtirá efecto si, en un plazo de sesenta (60) días hábiles siguientes a la presentación de la declaración rectificatoria, OSIPTEL noemitiera pronunciamiento sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en dicha declaración rectificato- ria, sin perjuicio del derecho de OSIPTEL de efectuar laverificación o fiscalización posterior que corresponda en ejercicio de sus atribuciones. Artículo 6º.- DATOS MÍNIMOS PARA CONSIDERAR PRESENTADA LA DECLARACIÓN JURADA Para considerar presentada la declaración jurada las empresas operadoras deberán consignar como mínimo lo siguiente: a) Número de Registro Único del Aportante (RUA); b) Nombres y Apellidos o denominación o Razón So- cial; c) Período tributario; d) Firma del contribuyente, responsable o represen- tante legal; y, e) Información numérica que permita determinar la deuda correspondiente a los aportes a los que la empre- sa operadora estuviese afecto. En el caso de no existirmonto a declarar por determinado período, se deberá consignar cero (00) en las casillas correspondientes. Para efecto de la subsanación relativa a los literales a) y c), los deudores tributarios deberán presentar unacomunicación al OSIPTEL. Las declaraciones juradas que cumplan con lo seña- lado en el presente artículo, se considerarán presenta-das respecto de todos los conceptos incluidos en el for- mato de declaración jurada, referidos a los aportes a los que la empresa operadora se encuentre afecto. TÍTULO III RÉGIMEN DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO CAPÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 7º.- DEUDA TRIBUTARIA QUE PUEDE SER MATERIA DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIEN- TO Podrá ser materia de aplazamiento y/o fraccionamien- to, de acuerdo a la presente norma, la deuda tributaria administrada por el OSIPTEL constituida por: a) Los aportes; b) Las multas;c) Los intereses; y, d) Los pagos a cuenta de los aportes cuya regulariza- ción no hubiera vencido, teniendo en cuenta lo dispuestoen el artículo 10º. Artículo 8º.- DEUDAS TRIBUTARIAS QUE NO PUE- DEN SER MATERIA DE APLAZAMIENTO Y/O FRAC- CIONAMIENTO No podrán ser materia de aplazamiento y/o fraccio- namiento, aquéllas cuyo vencimiento se hubiera produci- do en el mes anterior o en el mes de la fecha de presen- tación de la solicitud. CAPÍTULO II PLAZOS PARA EL APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO Artículo 9º.- PLAZOS La deuda tributaria podrá ser materia de aplazamiento y/o fraccionamiento en los plazos máximos siguientes: a) Hasta treinta y seis (36) meses, en caso de fraccio- namiento; b) Hasta seis (6) meses, en caso de aplazamiento; y,c) Hasta seis (6) meses de aplazamiento y treinta (30) meses de fraccionamiento, cuando ambos se otorguen en forma conjunta. Artículo 10º.- PLAZO PARA EL CASO DE LOS PA- GOS A CUENTA De incluirse en la solicitud deuda tributaria originada en pagos a cuenta de los aportes, cuyo plazo para la presentación de la declaración jurada anual no hubieravencido, el aplazamiento o, en su caso, la última cuota del fraccionamiento a concederse, deberá vencer como máximo el 31 de diciembre del ejercicio al cual pertene-cen los pagos a cuenta. CAPÍTULO III SOLICITUD Artículo 11º.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD La empresa operadora deberá presentar su solicitud de conformidad con lo dispuesto en el presente Regla-mento; en caso contrario, se dará por no presentada, que- dando a salvo el derecho de la empresa operadora a so- licitar el aplazamiento y/o fraccionamiento en la formacorrespondiente. Artículo 12º.- INFORMACIÓN MÍNIMA QUE DEBE- RÁ CONTENER LA SOLICITUD La solicitud deberá contener la siguiente información mínima: