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PÆg. 250314 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de agosto de 2003 b) En caso de aplazamiento o aplazamiento con frac- cionamiento, si la deuda es mayor a cincuenta (50) UIT,el exceso sobre dicho monto; o, c) En los casos a que se refieren los artículos 18º y 19º, el íntegro de la deuda materia de aplazamiento y/ofraccionamiento. Artículo 21º.- CLASE DE GARANTÍA La empresa operadora podrá ofrecer como garantía una o varias cartas fianzas. Artículo 22º.- DISPOSICIONES GENERALES a) La garantía presentada sólo podrá respaldar la deu- da tributaria incluida en una solicitud de aplazamiento y/ o fraccionamiento. b) Se puede ofrecer u otorgar tantas cartas fianzas como sean necesarias para cubrir la deuda a garantizar hasta su cancelación. Artículo 23º.- LA CARTA FIANZA a) La carta fianza tendrá las siguientes característi- cas: 1. Deberá ser correctamente emitida por una entidad bancaria o financiera en favor de OSIPTEL, a solicitud de la empresa operadora o de un tercero. 2. Será irrevocable, solidaria, incondicional y de eje- cución inmediata. 3. Consignará un monto igual al de la deuda a garan- tizar, o parte de ésta, cuando concurra con otras cartasfianzas, incrementada en los siguientes montos: • En quince por ciento (15%), en caso de aplazamien- to o de fraccionamiento con aplazamiento; o, • En cinco por ciento (5%), tratándose de fracciona- miento. 4. Indicará expresamente que es otorgada para res- paldar la deuda a garantizar, o parte de ésta, cuando con-curra con otras cartas fianzas; la forma de pago y el inte- rés aplicable; así como una referencia expresa a los su- puestos de pérdida de dicho aplazamiento y/o fracciona-miento establecidos en el artículo 29º. 5. Será ejecutable a solo requerimiento de OSIPTEL. b) El interesado podrá renovar o sustituir la carta fian- za por otra cuyo monto sea por lo menos igual al saldo de la deuda a garantizar, actualizado a la fecha de larenovación o sustitución, incrementado en cinco por ciento (5%). c) Cuando se solicite aplazamiento y/o fraccionamiento por un plazo menor o igual a doce (12) meses, la carta fianza tendrá como fecha de vencimiento un (1) mes ca- lendario posterior a la fecha señalada para el término dedicho aplazamiento y/o fraccionamiento. d) Cuando se solicite fraccionamiento o aplazamiento con fraccionamiento por un plazo mayor a doce (12) me-ses, la carta fianza deberá: 1. Tener como fecha de vencimiento un (1) mes ca- lendario posterior a la fecha de término del aplazamiento y/o fraccionamiento; o, 2. Tener una vigencia mínima de doce (12) meses, debiendo renovarse o sustituirse sucesivamente, de ser el caso, de modo tal que la garantía se mantenga vigente hasta un (1) mes calendario posterior al término del apla-zamiento y/o fraccionamiento. Para tal efecto, se tendrá en cuenta lo siguiente: • La carta fianza que renueva o sustituye a la otorga- da deberá garantizar el saldo de la deuda a garantizar, incrementada en un cinco por ciento (5%). • La renovación o sustitución deberá efectuarse al ven- cimiento de la carta fianza objeto de renovación o susti- tución. • La carta fianza renovada o sustituida deberá ceñirse a lo dispuesto en el presente artículo en todo cuanto le sea aplicable. • De no efectuarse la renovación o sustitución en las condiciones señaladas, se perderá el aplazamiento y/o fraccionamiento, ejecutándose la carta fianza.e) Si la carta fianza es emitida por una entidad banca- ria o financiera que posteriormente fuese intervenida ydeclarada en disolución conforme a la "Ley General delSistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni-ca de la Superintendencia de Banca y Seguros", la em-presa operadora deberá otorgar una nueva carta fianza u otra garantía de conformidad con lo dispuesto en el pre- sente Título. Para ello, el deudor deberá cumplir con la presenta- ción de la documentación sustentatoria de la nueva ga-rantía a otorgar, dentro de los quince (15) días hábiles depublicada la Resolución de Superintendencia de Banca y Seguros mediante la cual sea declarada la disolución de la entidad bancaria o financiera, considerándose para laformalización lo dispuesto en el artículo 24º. En casocontrario, se perderá el aplazamiento y/o fraccionamien-to, aplicándose lo dispuesto en el artículo 30º. Artículo 24º.- FORMALIZACIÓN DE LA GARANTÍA Para la formalización de la garantía, la carta fianza bancaria o financiera, deberá entregarla el deudor a OSIP-TEL dentro del plazo de quince (15) días hábiles, compu-tados desde el día siguiente de la recepción de la comu-nicación en la que OSIPTEL solicita a la empresa opera- dora la formalización. CAPÍTULO VI DE LA APROBACIÓN O DENEGATORIA DE LA SOLICITUD Artículo 25º.- DE LAS RESOLUCIONES La Gerencia de Administración y Finanzas, mediante resolución expresa, aprobará o denegará el aplazamien-to y/o fraccionamiento solicitado. La resolución mediante la cual se aprueba el aplaza- miento y/o fraccionamiento constituye mérito para sus- pender el procedimiento de cobranza coactiva y sólo será emitida cuando la empresa operadora hubiere cumplidocon los requisitos a que se refiere el artículo 16º, tenién-dose en cuenta que se determine lo siguiente: a) El período de aplazamiento, en caso de haberse solicitado; b) El número de cuotas mensuales con indicación del monto de amortización mensual; c) La tasa de interés aplicable; y,d) La garantía, debidamente constituida en favor de OSIPTEL. El pago vinculado a la deuda tributaria materia de apla- zamiento y/o fraccionamiento, efectuado sin que medieResolución, será imputado según las reglas del artículo31º del Código. CAPÍTULO VII OBLIGACIONES DE LA EMPRESA OPERADORA Artículo 26º.- OBLIGACIONES EN GENERAL La empresa operadora, aprobado el aplazamiento y/o fraccionamiento, deberá cumplir con lo siguiente: a) Pagar la deuda tributaria aplazada al vencimiento del plazo concedido; b) Pagar el íntegro del monto de las cuotas en los plazos establecidos, sin perjuicio que pueda realizar pa-gos anticipados a la fecha del vencimiento señalado para cada cuota; c) Presentar las declaraciones y efectuar el pago de todas sus obligaciones tributarias cuyo vencimiento seproduzca a partir de la mencionada aprobación; y, d) Mantener vigentes las garantías otorgadas en fa- vor de OSIPTEL u otorgarlas en los casos a que se refiere el literal d) del artículo 23º, así como renovarlas dentro de los plazos previstos en el presente Regla-mento. Artículo 27º.- PAGOS MENSUALES La empresa operadora, una vez otorgado el fraccio- namiento solicitado, deberá efectuar pagos mensuales que incluyen la amortización y el interés. En lo que respecta a los pagos mensuales se tendrá en cuenta lo siguiente: