Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2003 (13/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 13 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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mentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Seguridad Hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de Seguridad y Defensa Nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior, en el contexto de sistema de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la Defensa Regional y la Seguridad Hemisferica; Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia de los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia Militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y las Organizacion de Estados Americanos, reviste la importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la OEA; Que, en el informe final de la comision para la Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, ha reducido al minimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal de Oficiales Superiores, para que presten servicios en las Agregadurias de Defensa y/o Militares acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, con Resolucion Ministerial Nº 2113 DE/EP/CPJAPE 1-1/ del 26 de diciembre del 2002, se nombro al senor General de Brigada MORDAZA GRACEY MORDAZA, como Agregado Militar a la Embajada del Peru en Espana, a partir del 1 de enero del 2003; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Mision Diplomatica del Senor General de Brigada MORDAZA GRACEY MORDAZA, para que continue prestando servicios como Agregado Militar la Embajada del Peru en Espana, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de 21 de junio 2001 y la Resolucion Ministerial Nº 1062-DE/ CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regulan los conceptos que se abonan al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Mision Diplomatica; y, Estando a lo opinado por el Comandante General del Ejercito; SE RESUELVE : Articulo 1º.- Ampliar el nombramiento en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al senor General de Brigada MORDAZA GRACEY MORDAZA, CIP Nº 106800800 como Agregado Militar a la Embajada de Peru en Espana, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- El citado Oficial Superior pasara a revistar a ordenes del Comando Administrativo del Cuartel General del Ejercito, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la Mision encomendada, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Articulo 4º- El Comandante General del Ejercito, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de

la Mision Diplomatica, sin exceder el periodo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 23224 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1977-2003 DE/EP MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, Articulo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Seguridad Hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de Seguridad y Defensa Nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior, en el contexto de sistema de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la Defensa Regional y la Seguridad Hemisferica; Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia de los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia Militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y las Organizacion de Estados Americanos, reviste la importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la OEA; Que, en el informe final de la comision para la Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, ha reducido al minimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal de Oficiales Superiores, para que presten servicios en las Agregadurias de Defensa y/o Militares acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, con Resolucion Ministerial Nº 358 DE/EP/CP-JAPE 1-1 del 18 de febrero del 2002, se nombro al Crl. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Agregado Militar a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil, a partir del 1 de febrero 2002 al 31 de enero del 2003; Que, con Resolucion Ministerial Nº 1857 DE/EP/CPJAPE 1-1 / del 17 de diciembre del 2002, se prorroga la permanencia del Crl. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que continue desempenando la funcion de Agregado Militar a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil, del 1 de febrero al 31 de diciembre del 2003; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Mision Diplomatica del Crl. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Agregado Militar a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil, hasta el 31 de enero del 2004;

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