Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2003 (13/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 13 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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la organizacion y toda actividad de la entidad debera dirigirse a brindar un mejor servicio y al uso optimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interes y bienestar de la persona; por lo que a fin de garantizar un efectivo sistema de rendicion de cuentas a la ciudadania, las entidades de la Administracion Publica Central deberan establecer mecanismos de gestion verificables y brindar informacion a la ciudadania acerca de las razones que fundamentan sus acciones o decisiones; Que, el articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, establece que la Oficina de Atencion al Ciudadano esta encargada de brindar informacion y orientacion a ciudadanos y personas juridicas sobre servicios del Ministerio, asi como de velar por la racionalizacion y agilizacion de los procedimientos de atencion. En tal sentido, tiene entre otras funciones, brindar informacion de los servicios que brindan las unidades organicas del Ministerio, la situacion en que se encuentren los documentos en tramite, coordinar con la oficina responsable la respuesta a las solicitudes de informacion de la poblacion, y elaborar y actualizar las directivas y manuales de procedimientos de atencion y velar por su cumplimiento; Que, de conformidad con lo establecido en el literal i) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, el Secretario General tiene como funcion expedir Resoluciones y Directivas sobre asuntos administrativos; Que, en consecuencia, resulta necesario establecer el procedimiento de atencion de consultas, reclamos y sugerencias presentados por los usuarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que resulte de aplicacion a todos los organos de linea y a sus respectivas Direcciones, asi como a los proyectos especiales de este Ministerio, cuya coordinacion estara a cargo de la Oficina de Atencion al Ciudadano; Estando a lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27444, 27658 y 27791, y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva que establece el procedimiento de atencion de consultas, reclamos y sugerencias presentados por los usuarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la misma que en Anexo forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA IWASAKI CAUTI Secretaria General 23104

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ilicitos penales en agravio de la Municipalidad de MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 411-2003-CG
MORDAZA, 9 de diciembre de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 293-2003-CG/ORCU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento del MORDAZA, periodo enero 2001 a diciembre 2001, considerando aspectos anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, como actividad programada de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de

la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento del MORDAZA, por el periodo enero - diciembre 2001; entre otros, con el objetivo de determinar si las adquisiciones de bienes y servicios, se han realizado dentro de las necesidades de la entidad y MORDAZA normativo aplicable, con especial incidencia en la adquisicion de materiales de construccion para agua, desague y alumbrado publico; igualmente, determinar en la muestra de obras seleccionadas, la razonabilidad de los procesos de contratacion, ejecucion, supervision y liquidacion de obras, teniendo en cuenta el MORDAZA legal vigente y el presupuesto aprobado; asimismo, determinar si los fondos de la Municipalidad fueron utilizados de acuerdo a la normativa vigente y para los fines y objetivos establecidos; Que, como resultado de la evaluacion practicada por la Comision Auditora, se ha determinado que el ex MORDAZA sin contar con un minimo de tres cotizaciones y sin la participacion de la Unidad de Abastecimientos, con fecha 8.Oct.96, suscribio directamente en forma irregular, un contrato de compra venta de tubos y postes de concreto por el monto de S/. 42 500,00, asimismo, no se ha evidenciado el uso y/o destino dado por ex funcionarios ediles a treinta y cinco (35) de los postes mencionados, los cuales supuestamente fueron entregados a una Asociacion Pro Vivienda; hechos que constituyen indicios de comision de los delitos de Corrupcion de Funcionarios en su modalidad de Negociacion Incompatible con el Cargo, y Peculado, tipificados en los Articulos 397º y 387º del Codigo Penal, respectivamente; Que, asimismo, la Comision Auditora ha determinado que en agosto del 2000, ex funcionarios ediles simulando un MORDAZA de seleccion, adjudicaron directamente a una empresa constructora, la ejecucion de la obra "Conclusion MORDAZA Zonal Zarzuela", por el importe de S/. 325 000,00; hechos que constituyen indicios de comision de delito de Corrupcion de Funcionarios en su modalidad de Negociacion Incompatible con el Cargo, tipificado en el Articulo 397º del Codigo Penal; Que, igualmente, la Comision Auditora ha determinado que ex funcionarios insertando declaraciones falsas en memorandums e informes, permitieron que ex Regidores, se beneficiaran con el cobro de dietas incrementadas sin Acuerdo de Concejo, asi como con cobros por sesiones no realizadas y sesiones no asistidas, por un monto de hasta S/. 79 769,00; hechos que constituyen indicios de comision de los delitos de Falsificacion de Documentos en General, en su modalidad de Falsificacion Ideologica, tipificado en el Articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el articulo 22º inciso d), de la Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 23091

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