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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G30/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de diciembre de 2003 Artículo 3º.- Deróguese o modifíquese las normas que se opongan a la presente Resolución. Regístrese y comuníquese.ALVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 23296 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G63/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G2D /G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G4D/GE9/G64/G69/G63/G61/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G2C/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G4D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G2C/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G4E/G6F/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G52/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1238-2003-SA/SG-DM Lima, 12 de diciembre del 2003 Con el visto bueno de las Oficinas Generales de Ase- soría Jurídica, de Planeamiento Estratégico, de Gestión de Recursos Humanos y de Administración; y, De conformidad con los Lineamientos de Política Sec- torial 2002-2012 y el Artículo 6º inciso b) del Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Aprobar, en el ámbito de competencia del Titular del Sector, el Acta de Compromiso suscrita el 12 de diciembrede 2003 por el Ministerio de Salud y los representantes de la Federación Médica Peruana, Asociación Nacional de Médicos del Ministerio de Salud, Asociación Nacional deMédicos Contratados por Servicios No Personales, y Aso-ciación Nacional de Médicos Residentes; documento queen 03 Folios y 25 Puntos, constituye anexo de la presenteresolución, en la que de manera prioritaria, en los puntos 1 al 9, se establecen los acuerdos de solución a la proble- mática de los médicos contratados por servicios no perso-nales.Regístrese y comuníquese. ALVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 23297 /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G2D /G76/G69/G73/G61/G72/G20/G79/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G2D/G6C/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G2D /G70/G61/G72/G74/G69/G64/G61/G2C/G20/G63/G72/G65/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G2D/G39/G34/G2D/G53/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1239-2003-SA/SG-DM Lima, 12 de diciembre del 2003 Visto el Informe Nº 1563-2002-OGAJ de la Oficina Ge- neral de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo Nº 01-94-SA declaró de inte- rés nacional y de necesidad pública la ejecución del Pro- grama de Administración Compartida de los establecimien- tos de Salud del Nivel Básico de Atención, con la finalidadde contribuir a ampliar la cobertura y mejorar los serviciosen los centros y puestos de salud, potenciando los recur-sos del Estado y de la comunidad organizada; Que, en el marco de esta nueva concepción en materia de prestación de servicios de salud, se han venido expi- diendo normas que buscan consolidar la participación dela comunidad organizada en la gestión compartida con elEstado, así como garantizar la eficiente y transparente ad-ministración de los recursos del Estado por parte de losComités Locales de Administración de Salud (CLAS); Que, con base en la experiencia acumulada en la eje- cución del Programa de Administración compartida y comoconsecuencia de la expedición de normas que inciden di-recta e indirectamente en él, a fin de continuar con el pro-ceso de modernización y descentralización del Estado, seadvierte la necesidad de efectuar una evaluación integral del marco legal vigente que regula dicho programa; De conformidad con lo señalado en el literal I) del Ar- tículo 8° de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU