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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G30/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de diciembre de 2003 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G74/G61/G2D/G6C/G6C/G65/G72/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G6F/G20/G61/G54/G52/G41/G50/G53/G41/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 244-2003-MTC/12 Lima, 28 de octubre del 2003Visto, el expediente presentado por la empresa TALLE- RES DE REPARACIÓN DE AERODINOS, SUS PARTES Y SERVICIOS AÉREOS S.A. “TRAPSA S.A.” sobre la Re-novación de la autorización para el funcionamiento y ope-ración como Taller de Mantenimiento Aeronáutico; CONSIDERANDO: Que, el pedido de la empresa TALLERES DE REPARA- CIÓN DE AERODINOS, SUS PARTES Y SERVICIOS AÉ-REOS S.A. “TRAPSA S.A.” ha sido materia de análisis yestudio, así como de la inspección técnica correspondien-te, efectuada por las dependencias competentes de la Di- rección General de Aeronáutica Civil; concluyéndose que el peticionario cumple con todos los requerimientos pres-critos en las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, en suParte 145, relacionadas al establecimiento de un Taller deMantenimiento Aeronáutico; Que, con Informe Nº 471-2003-MTC/12.04.IPM de fe- cha 22.9.2003 ratificado por el Memorándum Nº 2027-2003- MTC/12.04.SDA de fecha 10.10.2003 de la Subdirecciónde Aeronavegabilidad de la Dirección General de Aeronáu-tica Civil, se determinó que se encuentra acreditada la ca-pacidad técnica de la empresa; Que, con Memorándum Nº 0477-2003-MTC/12.AL de fecha 10 de setiembre del 2003, la Asesoría Legal señala que el recurrente cumple con los requisitos legales esta-blecidos en la Guía del Usuario Nº 003 - Certificación deTaller de Mantenimiento Aeronáutico; Que, el artículo 9º literal h) de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar las autoriza- ciones de Estaciones Reparadoras, Talleres de Manteni-miento, entre otras, mediante Permiso de Operación otor-gado por Resolución Directoral; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronáu- tica Civil, Ley Nº 27261, su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 050-2001-MTC y la RAP 145; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la empresa TALLERES DE REPARACIÓN DE AERODINOS, SUS PARTES Y SER- VICIOS AÉREOS S.A. “TRAPSA S.A.”, la Renovación dela Autorización de Funcionamiento y operación como Tallerde Mantenimiento Aeronáutico, por el plazo de cuatro (4)años contados a partir del día siguiente a la fecha de ven-cimiento de la Resolución Ministerial Nº 416-98-MTC/15.16, con las siguientes Habilitaciones: -Aeronave s : Limitado -Motores : Limitado -Accesorios : Limitado Artículo Segundo.- Las habilitaciones a las que se refiere el Artículo Primero de la presente Resolución, seencuentran descritas en el Certificado de Taller de Mante-nimiento Aeronáutico, número TMA-009, y están limitadasa lo señalado en las “Especificaciones de Operación”. Artículo Tercero.- La actividad autorizada a la empre- sa TALLERES DE REPARACIÓN DE AERODINOS, SUS PARTES Y SERVICIOS AÉREOS S.A. “TRAPSA S.A.” debeefectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en suManual de Procedimientos de Inspección, cuya copia searchiva en la Dirección General de Aeronáutica Civil. Encaso que se tenga que efectuar algún cambio en dicho Manual, deberá solicitarse la aprobación correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo Cuarto.- La Dirección General de Aeronáuti- ca Civil efectuará periódicamente inspecciones al Taller deMantenimiento Aeronáutico de la empresa TALLERES DEREPARACIÓN DE AERODINOS, SUS PARTES Y SERVI- CIOS AÉREOS S.A. “TRAPSA S.A.” a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la pre-sente Resolución.Artículo Quinto.- La empresa TALLERES DE REPA- RACIÓN DE AERODINOS, SUS PARTES Y SERVICIOSAÉREOS S.A. “TRAPSA S.A.” mantendrá en su servicio,personal aeronáutico, en la cantidad necesaria estableci- da en la certificación; así como contará con el entrena- miento, calificación, certificación y licencias requeridos porla Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo Sexto.- La presente autorización será revo- cada o suspendida de inmediato en forma automática, cuan-do el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolución o pierda alguna de las capacidades legal, técnica y/o financiera, exigidas por Ley Nº 27261 -Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento, y demás disposi-ciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se re-voque su respectivo Certificado de Taller de Mantenimien-to Aeronáutico y Manual de Procedimientos de Inspección. Artículo Sétimo.- Si la Administración verificase la exis- tencia de fraude o falsedad en la documentación presenta-da o en las declaraciones hechas por el interesado, la Di-rección General de Aeronáutica Civil, procederá conformea lo señalado en el artículo 32.3 de la Ley del Procedimien-to Administrativo General. Artículo Octavo.- La autorización que se otorga por la presente Resolución al Taller de Mantenimiento Aeronáuti-co de la empresa TALLERES DE REPARACIÓN DE AE-RODINOS, SUS PARTES Y SERVICIOS AÉREOS S.A.“TRAPSA S.A.” queda sujeta a la Ley de Aeronáutica Civil,a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, a las Directivas que dicte la Dirección General de Aero- náutica Civil y a las demás normas aplicables a la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil 20332 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G61/G73/G2C/G20/G72/G65/G63/G6C/G61/G2D/G6D/G6F/G73/G20/G79/G20/G73/G75/G67/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G75/G73/G75/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 128-2003 MTC/04 Lima, 9 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 55º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece entreotros derechos de los administrados, acceder a la infor- mación gratuita que deben brindar las entidades del Es- tado sobre sus actividades orientadas a la colectividad,incluyendo sus fines, competencias, funciones,organigramas, ubicación de dependencias, horarios deatención, procedimientos y características; así como, aser informados en los procedimientos de oficio sobre su naturaleza, alcance y, de ser previsible, del plazo esti- mado de su duración, así como de sus derechos y obli-gaciones en el curso de tal actuación; Que, la Ley Nº 27658, Ley de Modernización de la Ges- tión del Estado, dispone que, el proceso de modernizaciónde la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a laciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recur-sos públicos; siendo su objetivo alcanzar un Estado al ser-vicio de la ciudadanía, con canales efectivos de participa-ción ciudadana, descentralizado y desconcentrado y trans- parente en su gestión. Para ello, el Estado debe promover y establecer los mecanismos para lograr una adecuadademocracia participativa de los ciudadanos, a través demecanismos directos e indirectos de participación; en talsentido, se reconoce que el ciudadano tiene el derecho departicipar en los procesos de formulación presupuestal, fiscalización, ejecución y control de la gestión del Estado, mediante los mecanismos que la normatividad establezca; Que, el artículo 1º del Reglamento de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM estableceque, toda entidad de la Administración Pública Central está orientada al servicio de la persona. En ese sentido,