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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G34/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Artí- culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850,Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se esta-blece que están exonerados de los Procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,según sea el caso, las contrataciones que se realizanpara servicios personalísimos, los que se realizaránmediante una adjudicación directa de menor cuantía con-forme a lo dispuesto en el artículo 116º del Reglamentode Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, modificado por el Decre-to Supremo Nº 041-2003-PCM, incluye expresamen-te los servicios de publicidad que prestan al Estadolos medios de comunicación televisiva, radial, escri-ta o cualquier otro medio de comunicación, en aten-ción a las características particulares que los distin-guen; Que, visto el Informe Técnico Nº 038-2003/GP de fe- cha 9 de diciembre del 2003, de la Gerencia de Promo-ción que señala que es necesaria la contratación depublicidad para la promoción de la sétima convocatoriadel Proyecto Techo Propio en los medios de comunica-ción de mayor alcance del mercado objetivo; Que, asimismo el valor referencial total por la citada contratación asciende a US$ 20,000.00 (veinte mil y 00/100 dólares americanos) incluido el IGV, por el períodocomprendido entre el 15 al 23 del presente mes; Que, visto el Informe Legal contenido en el Memo- rándum Nº 314-2003-OAJ, de fecha 11 de diciembre, queindica que la mencionada Gerencia ha sustentado lacausal de exoneración del proceso de adquisición previs-ta en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones delEstado; De conformidad con los Artículos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, losartículos 111º y 116º de su Reglamento aprobados porel Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y, la ResoluciónNº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecuti- vo; En uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE:1. Autorizar la contratación de publicidad para la pro- moción de la sétima convocatoria del Proyecto Techo Pro-pio en los medios de comunicación de mayor alcancedel mercado objetivo, exonerándolos del proceso de se-lección, de conformidad con lo siguiente: a.Tipo de contrato: servicios. b.Descripción del servicio: publicidad de la sétima convocatoria del Proyecto Techo Propio. c.Monto referencial total: US$ 20,000.00 (veinte mil y 00/100 dólares americanos), incluido IGV. d.Fuente de financiamiento: recursos propios.e.Tiempo que se requiere contratar el servicio: 15 al 23 de diciembre. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Admi- nistración y Presupuesto. g.Dependencia que da conformidad del servicio: Ge- rencia de Promoción, de conformidad con el artículo 137ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado. 2. Disponer que la Gerencia de Administración y Pre- supuesto proceda a llevar a cabo las acciones co-rrespondientes a fin de contratar el servicio indicado enel numeral precedente según el procedimiento de Adju-dicación de Menor Cuantía. 3. Disponer que la Gerencia de Administración y Pre- supuesto publique la presente Resolución en el DiarioOficial El Peruano en el plazo de diez días hábiles si-guientes a la fecha de su emisión, así como en la página Web institucional. 4. Disponer que la Gerencia de Administración y Pre- supuesto remita copia de la presente Resolución y delos informes sustentatorios respectivos a la ContraloríaGeneral de la República dentro de los diez días calenda-rio siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RENÉ CORNEJO D. Secretario Ejecutivo 23433 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G73/G6F/G2D /G62/G72/G65/G20/G47/G61/G73/G20/G4E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G53/G65/G63/G6F INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0114-2003/CRT-INDECOPI Lima, 27 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Fun-ciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Le-gislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Re-glamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad deOrganismo Nacional de Normalización, aprobar lasNormas Técnicas recomendables para todos los sec-tores; Que, las actividades de Normalización deben reali- zarse sobre la base del Código de Buena Conducta parala Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas quefigura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Téc-nicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a lalegislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº26407. Dicho Código viene siendo implementado por laComisión a través del Sistema Peruano de Normaliza-ción, del cual forman parte el Reglamento de Elabora-ción y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y elReglamento de Comités Técnicos de Normalización,aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECO-PI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben rea-lizarse con la participación de representantes de todoslos sectores involucrados: producción, consumo y técni-co, constituidos en Comités Técnicos de Normalización,la Comisión conformó el Comité Técnico de Norma-lización de Gas Natural Seco de acuerdo a lo dispuestoen el Reglamento de Comités Técnicos de Normaliza-ción antes señalado; Que, el 18 de julio del 2003, el Comité Técnico señalado presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión 01 Proyectode Norma Técnica Peruana, el cual fue elaborado de acuerdoal Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Téc-nicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometido aDiscusión Pública por un período de sesenta días calendario,contados a partir del 20 de agosto del 2003; Que, habiéndose recibido observaciones al Proyecto de Norma Técnica Peruana éstas fueron revisadas,evaluadas y aprobadas por el Comité Técnico, sometién-dolo a consideración de la Comisión; Luego de la evaluación correspondiente, la Secreta- ría Técnica de la Comisión recomendó la aprobación delProyecto de Norma Técnica Peruana, como Norma Téc-nica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técni- ca, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el De-