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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 83

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G38/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de diciembre de 2003 Que, por Edicto Nº 021 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de LimaMetropolitana, se estableció que la Dirección Municipalde Transporte Urbano, es órgano responsable de admi-nistrar, programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlarel cumplimiento de las actividades concernientes a laregulación del transporte colectivo, la circulación y eltránsito; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 152 de fecha 8 de agosto del 2003, se constituyó la Comisión Multisecto-rial Consultiva y Ejecutiva de la Zona de Alto Riesgo delCercado y Centro Histórico de Lima, la cual se encargaráde diseñar y disponer la implementación de un Programade Prevención, Rehabilitación y Reconstrucción de lasZonas de Alto Riesgo, siendo el Sector Comercial del Mer-cado Central y de Mesa Redonda parte de dicha zona y enla cual resulta prioritario diseñar y ejecutar restricciones,dar facilidades y establecer un orden en el tránsito vehicu-lar y peatonal circundante como medida preventiva para laseguridad pública; Que, la Resolución Directoral Nº 3839-2003-MML/ DMTU-DGTO-DSOV del 28 de octubre del 2003 de laDirección General de Tránsito dispone el cierre al trán-sito vehicular de diversos jirones del Sector Comercialde Mesa Redonda y el Mercado Central por medida deseguridad ante la proximidad de la Campaña Navide-ña; Que, el Informe Nº 166-03-MML/DMTU-DGTE-DSCS- OPERA del 11 de noviembre del 2003 de la Jefatura deOperaciones de la Dirección de Supervisión, Control ySanciones informa que el Jr. Ayacucho, entre la Av. Ni-colás de Piérola y el Jr. Junín, se congestiona sobre ma-nera, por el incremento desmesurado del volumen vehi-cular conformado por taxis formales e informales (70%del volumen total) y demás particulares, siendo imposi-ble el control ante la cantidad insuficiente del personalde la Policía Nacional asignado al Control del Tránsitopara el sector, al respecto recomienda tomar medidasde restricción al respecto; De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27181 - Ley General de Transportey Tránsito Terrestre, el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC,Ordenanza Nº 132, Edicto Nº 021 sus modificatorias delConcejo Metropolitano de Lima; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prohibir la circulación de los vehí- culos que prestan el servicio de Taxi sin contar con la auto-rización correspondiente de esta Dirección Municipal deTransporte Urbano por todo el Jr. Ayacucho y por el Jr.Huallaga cuadra 5, Jr. Miroquesada cuadra 5 y, Jr. Punocuadra 5, quedando autorizados a circular sólo los vehícu-los pertenecientes al Servicio de Taxi Metropolitano de Lima(SETAME) debidamente identificados y organizados, asi-mismo, los Vehículos Autorizados por la Dirección Munici-pal de Transporte Urbano mediante Pases Vehiculares losmismos que deberán ser colocados en sus parabrisas parasu fácil identificación y control, y demás vehículos de ca-rácter sólo particular. Artículo Segundo.- Igualmente queda prohibido el paso de Vehículos Menores (1), Buses Interprovinciales y Camio- nes por las vías señaladas en el artículo anterior. Artículo Tercero.- Autorizar a la Dirección de Super- visión, Control y Sanciones de esta Dirección Municipala restringir total o parcialmente el tránsito vehicular enlos jirones citados en el artículo 1º, por motivos de so-brecarga vehicular e insuficiente cantidad de efectivosde la Policía Nacional asignada al Control del Tránsitono siendo posible un control eficiente, para dichos efec-tos deberán desplazar el personal municipal y los ele-mentos de señalización correspondientes a fin de pre-venir anticipadamente a los automovilistas usuarios ensalvaguarda de la seguridad pública y para el descon-gestionamiento del sector. Artículo Cuarto.- Las disposiciones temporales de la presente Resolución Directoral Municipal entrarán en vi-gencia al día siguiente de su publicación. Artículo Quinto.- El incumplimiento de lo establecido en la presente Resolución Directoral Municipal, será san-cionado de acuerdo al Reglamento Nacional de Tránsito,aprobado por Decreto Supremo Nº 033-01-MTC. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección de Señaliza- ción, de esta Dirección Municipal la implementación de laseñalización que corresponda. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento de la Jefa- tura de la Policía de Tránsito (JEPOLTRAN), la emisión delpresente dispositivo, a fin que preste apoyo y disponga las medidas de control correspondientes. Regístrese, publíquese y cúmplase.JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal (1) Vehículo Menor: Medio de transporte no motorizado de 3 (tres) o másruedas y motorizado de 2 (dos) o más ruedas que no excedan de 250 c.c. de cilindrada. (Ordenanza Nº 082-A-Reg. Licencia de Conducir). 23632 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G70/G6F/G72 /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G45/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G69/G6E/G20/G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G72/G61 ORDENANZA Nº 054-2003-MDI Independencia, 30 de octubre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistos; en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha veintiocho de octubre del año dos mil tres, el Informe Nº 133-03-GDU/MDI de 17 de octubre del 2003 expedido porla Gerencia de Desarrollo Urbano; Informe Nº 102-2003-GAJ/MDI de 17 de octubre del 2003 expedido por la Ge-rencia de Asesoría Jurídica; y Dictamen Nº 006-2003-CDUT/MDI de 27 de octubre del 2003 evacuado por laComisión de Desarrollo Urbano y Transportes; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Cons-titucional, señala que las municipalidades tienen autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, correspondiendo al Concejo Municipal lasfunciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía, lasfunciones ejecutivas; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 señala que la autonomía que la Constitución establece paralas municipalidades radica en la facultad de ejercer actosde gobierno, administrativos y de administración, con suje-ción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe Nº 133-03-GDU/MDI de 17 de octubre del 2003 la Gerencia de Desarrollo Urbano propo-ne la aprobación de la Amnistía por el Procedimiento deRegularización de Edificaciones Construidas sin Licenciade Obra hasta el 31 de diciembre del 2002, sin pago demultas ni otras sanciones, a efectos de mejorar la recau-dación y ampliar la base de datos tributaria, por un períodode 90 días calendario; Que, mediante Informe Nº 102-2003-GAJ/MDI de 17 de octubre del 2003 expedido por la Gerencia de AsesoríaJurídica, se concluye en la procedencia de la implemen-tación del Beneficio mencionado; Que, asimismo, mediante Dictamen Nº 006-2003-CDUT/ MDI de 27 de octubre del 2003, la Comisión de DesarrolloUrbano y Transportes ha dictaminado favorablemente, re-comendando al Pleno del Concejo la aprobación de la pro-puesta de ordenanza mencionada; Que, efectuado el análisis por parte del Pleno del Conce- jo Municipal respecto del trato diferenciado que estable-cería la mencionada amnistía en favor de los propietariosbeneficiados, se determinó que el mismo se fundamentaen una base objetiva, razonable, racional y proporcional,teniendo en cuenta la finalidad, la temporalidad y los efec-tos de la medida legal a adoptarse;