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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 78

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G38/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de diciembre de 2003 Fundo Monterrico Chico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, para la construcción deedificios de vivienda; y, CONSIDERANDO:Que, es competencia de la Municipalidad Metropolita- na de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y elacondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí-culo 195º, inciso 6) de la Constitución Política del Perú,modificada por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucio-nal del Capítulo XIV del Título IV; Que, de acuerdo al Artículo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son fun-ciones exclusivas de las municipalidades provinciales, enmateria de organización del espacio físico y uso del suelo:Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarro-llo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, elPlan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demásplanes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicio-namiento Territorial; Que, el cambio de zonificación solicitado corresponde a un predio de propiedad privada a favor del Banco Inter-nacional del Perú - INTERBANK, tal como se advierte enel Testimonio de Dación de Pago y cuyo dominio figura ins-crito en la Ficha Nº 1312598 y continuación en el AsientoB00001 Partida Nº 44436876 del Registro de PropiedadInmueble de Lima; Que, con Carta Nº 063-2002-PVS-MSS del 16 de julio de 2002, la Oficina de Participación Vecinal Surcana - PAR-VESUR, remite la encuesta vecinal efectuada a los propie-tarios y residentes que circundan el área materia de eva-luación, obteniendo resultado no procedente; Que, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, opina por la no procedencia, por tratarse de un cambio dezonificación sustancial de un lote para un uso individualaislado que no podría generalizarse para todo el frente dela manzana y más bien solicita a la Municipalidad Metropo-litana de Lima, considere el citado cambio de zonificacióndentro del proceso de Actualización y Reajuste del Planode Zonificación General de Lima Metropolitana del 2002,;asimismo, considera que la consulta vecinal debe sernecesariamente favorable para que proceda el cambio,según Informe Nº 511-2002-SDOPRIV-DDU-MSS del 5 deagosto de 2002; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Informe Técnico de Zonificación - Santiago de Surco - Nº16-2002/MML-IMP de agosto de 2002, opina por la proce-dencia del cambio de zonificación, por cuanto la zonifica-ción de los terrenos ubicados en el otro frente de la Av. ElPolo es R5; la modificación no significará impacto vial niambiental negativo, sino por el contrario, restringirá la in-tensidad de éstos. Aunque las opiniones de los vecinos yde la Municipalidad de Surco son negativas, no se consi-deran determinantes, pues no guardan coherencia con lascaracterísticas técnicas del cambio solicitado; Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y laOrdenanza Nº 134-MML; De conformidad con lo opinado por la Comisión Perma- nente de Desarrollo Urbano y Nomenclatura mediante Dic-tamen Nº 110-2003-MML-CDU del 11 de Noviembre de2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE LA SANTIAGO DE SURCO Artículo Único.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana aMediano Plazo correspondiente al distrito de Santiago deSurco, provincia y departamento de Lima, Comercio Distri-tal - C2 a Residencial de Densidad Alta - R5, de un prediode propiedad del Banco Internacional del Perú - INTER-BANK, cuya área es de 2,256.05 m2, ubicado en Av. ElPolo esquina con Av. El Buen Retiro Lote 3, La Esmeralda,Unidad B de la Urb. Fundo Monterrico Chico, debiendohacer extensivo dicho cambio a todo el frente de la manza-na sobre la Av. El Polo en donde se ubica el predio, porcuanto la zonificación de la mayoría los terrenos ubicadosen la Av. El Polo es R5 y es necesario fortalecer esta diná-mica urbana de alta densidad en las principales vías de la ciudad. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los once días del mes de diciembre de dos mil tres. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 23635 /G52/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G73/G69/G2D /G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G6E/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4D/G65/G64/G69/G61/G20/G52/G34/G2C/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G2D /G64/G69/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G69/G2D /G67/G75/G65/G6C ORDENANZA Nº 570 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de fecha 11 de diciembre de 2003, el Documento Simple Nº 19322-03 seguido por laEmpresa Velarde Escardo & Cía. S.C.R.Ltda., solicitandola restitución de la zonificación de Zona de RecreaciónPublica - ZRP a Residencial de Densidad Media - R4, deun predio de propiedad de los solicitantes, denominadoManzana "B", que comprende 15 lotes y se ubica entre laCalle 2, Calle 4, Calle Andrés Castello y Calle Manuel Fe-rreyros de la Cooperativa de Vivienda Rafael Escardo Agui-rre Ltda. Nº 460 del distrito de San Miguel, provincia y de-partamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, es competencia de la Municipalidad Metropolita- na de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y elacondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí-culo 195º inciso 6), de la Constitución Política del Perú,modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitu-cional del Capítulo XIV del Título IV; concordado con elArtículo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, que norma que las Munici-palidades Provinciales son competentes para regular o pro-nunciarse sobre Zonificación y Urbanismo; Que, según el Plano Nº Lima 32 del distrito de San Mi- guel - Reajuste de Zonificación General de Lima Metropo-litana 1998-2002, aprobado por Ordenanza Nº 178-MMLdel 30 de julio de 1998, calificó al terreno materia de eva-luación como Zona Residencial de Densidad Media - R4;el mismo que posteriormente, mediante Ordenanza Nº 329-MML del 27 de junio de 2001, erróneamente fue considera-do como Zona de Recreación Publica - ZRP, según el Pla-no Nº Z-01-MDSM; Que, la restitución de zonificación solicitada correspon- de a un predio de propiedad privada a favor de la EmpresaVelarde Escardo & Cía. S.C.R.Ltda., que formó parte delFundo Maranga Sector Oeste Parcela 2A, tal como se ad-vierte en la Copia Literal del predio Nº P01310133 del Re-gistro Predial Urbano Zonal Norte y cuyos antecedentesregistrales figuran inscritos en la Partida Nº 11441957 delRegistro de Propiedad Inmueble de Lima; Que, la Manzana "B" consta ahora de 15 lotes, de los cuales los Lotes 1 al 14 están consolidados con edificacio-nes de vivienda de material noble de 2, 3 y 4 pisos convarios años de antigüedad, los mismos que se encuentranocupados por familias de la Cooperativa de Vivienda Ra-fael Escardo Aguirre y, el Lote 15 de 4,195.30 m² se en-cuentra acondicionado como parque, con veredas, jardi-nes y 2 losas deportivas; Que, en el año 2002, la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI intervino en el sanea-miento legal de esta zona y dentro de los acuerdos conci-liatorios entre el propietario original y la Cooperativa, esta-bleció que Velarde Escardo & Cía. transferiría a la Coope-rativa los Lotes del 1 al 14 y conservaría la propiedad delLote 15, aprobándose posteriormente el Plano de Trazado