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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G38/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de diciembre de 2003 Con el voto aprobatorio de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el ConcejoMunicipal de la Municipalidad Distrital de Independencia, enejercicio de las facultades conferidas por la ConstituciónPolítica del Perú, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Munici-palidades y estando a las consideraciones expuestas: Aprobó la siguiente: ORDENANZA CONCEDEN BENEFICIO DE AMNISTÍA POR PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE OBRA Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene como objetivo conceder una Amnistía para aquellos propietariosde edificaciones que hayan sido construidas hasta el 31de diciembre del 2002, sin la correspondiente Licencia deConstrucción y/o Declaratoria de Fábrica, siempre quehayan respetado las normas del Reglamento Nacional deConstrucciones, Reglamento de Zonificación y ParámetrosUrbanísticos y Edificatorios, debidamente verificados porel profesional responsable. La presente Ordenanza tendráuna vigencia de 90 días contados a partir del día siguientede su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- El acogimiento a la amnistía po- drá realizarse mediante el procedimiento de regularizaciónde edificaciones establecido en Ley Nº 27157, Ley de Re-gularización de Edificaciones. Para ello los interesadosdeberán presentar un Expediente de Regularización de Li-cencia de Obra, adjuntando la siguiente documentación: 1. Carpeta acompañada de Hoja de Trámite. 2. Formulario Único Oficial (FUO parte 1) completo, por triplicado, debidamente llenado y firmado por el propietario,el abogado y el arquitecto o ingeniero civil colegiado, quienactuará como constatador. 3. Copia simple del certificado literal de dominio con Dictamen legal de abogado o testimonio de Transferencia(documentos privados con firmas legalizadas, reconocidasjudicialmente o testimonio refrendado por Notario Público),en donde conste la fábrica si está inscrita, finalización deobra o licencia de construcción. 4. Certificado vigente de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios. 5. Plano de localización y ubicación según lo indicado en el Reglamento de la Ley Nº 27157, firmados y selladospor el profesional responsable y el propietario. 6. Planos de arquitectura (distribución, cortes y eleva- ciones) según lo indicado en el Reglamento de la LeyNº 27157, firmados y sellados por el profesional responsa-ble y el propietario. 7. Boleta de habilidad del profesional responsable del Colegio correspondiente. 8. Fotografías a color.9. Memoria justificativa.10. Pagos por derechos administrativos, Revisión Técni- ca del Colegio de Arquitectos del Perú y de Licencia deObra, de acuerdo a lo establecido en el TUPA. 11. En los casos necesarios, planos para revisión de IN- DECI y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Artículo Tercero.- EXONERAR del pago de la multa establecida en el artículo 108º del Decreto Supremo Nº008-2000-MTC, Reglamento de la Ley Nº 27157 de Regu-larización de Edificaciones y la Ley Nº 27333 a los propie-tarios de las edificaciones construidas sin Licencia de Obrahasta el 31 de diciembre del 2002, que se acojan a la pre-sente ordenanza en el plazo de 90 días calendario conta-dos a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Secretaría General,Gerencia de Desarrollo Urbano y la difusión de la misma ala Oficina de Imagen Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en el local Municipal a los treinta días del mes de octubre del año dos mil tres. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 23640/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G2D /G72/G69/G6F/G20/G54/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G4F/G62/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G69/G6E/G2D/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2003-MDI Independencia, 10 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Cons- titucional, señala que las municipalidades tienen autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, mediante Ordenanza Nº 030-2002-MDI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de agosto del 2002, la Municipalidad Distrital de Independencia aprobósu Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en cuyo ítem 4 del rubro correspondiente a la Subgerencia de Catastro y Control Urbano se regula el procedimiento ylos requisitos para la obtención del Certificado de Jurisdic- ción. Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgáni- ca de Municipalidades establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de apli- cación de las ordenanzas y sancionan los procedimien-tos necesarios para la correcta administración munici- pal; Que, efectuado el análisis de la propuesta remitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano se ha considerado ne- cesaria la aprobación de un procedimiento extraordinario temporal a efectos de que los vecinos de la jurisdicciónefectúen la regularización de sus predios; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por la Constitución Política del Estado y el numeral 6.del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Muni- cipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- OBJETO, ALCANCES Y VIGEN- CIA El presente Decreto de Alcaldía tiene como objeto apro- bar el Procedimiento Extraordinario Temporal para la Ob-tención del Certificado de Jurisdicción de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Dis- trital de Independencia. El presente Decreto de Alcaldíatendrá una vigencia de 90 días calendario contados a par- tir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- REQUISITOS Establecer el costo de setenta y seis y 00/100 nuevos soles (S/. 76.00) por el Procedimiento Extraordinario Tem- poral, disgregado en los siguientes conceptos: - Carpeta S/. 6.00 - Derecho de Tr ámite S/. 20.00 - Inspección T écnica S/. 50.00 Artículo Tercero.- CUMPLIMIENTO Y DIFUSIÓN Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Subge- rencia de Catastro y Control Urbano el cumplimiento del presente Decreto y su difusión a la Subgerencia de Ima- gen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Local Municipal a los diez días del mes de diciembre del año dos mil tres. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 23639