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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G38/G32/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de diciembre de 2003 ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 7º DE LA ORDENANZA Nº 86-MSS SOBRE EXENCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE OBTENER AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Artículo Único.- Modificar el artículo 7º de la Orde- nanza Nº 86-MSS, Norma que aprueba normas para elotorgamiento de autorización municipal de funcionamientoy cese de actividades, debiendo consignarse el siguientetexto: "Artículo 7º.- EXENCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE OBTENER AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUN-CIONAMIENTO: Se encuentran exentos de obtener autorización munici- pal de funcionamiento los establecimientos institucionalesconducidos por las siguientes entidades: 1. Gobierno Central, Local y Regional. 2. Instituciones Públicas.3. Organismos Internacionales Oficiales.4. Dependencias destinadas a la Defensa Nacional y Policía Nacional. 5. Entidades religiosas, siempre y cuando estén desti- nados a templos, conventos y monasterios. 6. Universidades y Centros Educativos Estatales cons- tituidos conforme la legislación sobre la materia. 7. El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.8. Organizaciones Políticas, como partidos, movimien- tos o alianzas, debidamente acreditadas ante el órganocompetente. En todos los casos, los establecimientos institu- cionales se encuentran obligados a poner en conocimien-to de la Municipalidad las actividades que se desarrolla-rán; asimismo, deberán realizar el trámite de compatibili-dad de uso con la finalidad de respetar la zonificaciónvigente de acuerdo con el Plano de Zonificación apro-bado por la Municipalidad, el Reglamento Nacional deConstrucciones, así como el trámite de certificado deDefensa Civil y el cumplimiento de las demás normasvigentes; caso contrario se aplicarán las sanciones deacuerdo a Ley." DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del siguiente de su publicación en el Diario OficialEl Peruano. Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección de Comercialización, Oficina deRentas, Dirección de Seguridad y Dirección de Fiscaliza-ción y Control. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 23946 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/G2E /G39/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G38/G2D/G4D/G53/G53/G2C/G20/G72/G65/G66/G65/G2D /G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G72/G6F/G2D /G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 168-MSS Santiago de Surco, 18 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 148-MSS publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano el 14.AGO.2003 se aprobó el Procedi-miento para la Aprobación del Plan Urbano del Distrito deSantiago de Surco; Que por Acuerdo de Concejo Nº 101-2003-ACSS publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19.SET.2003se dispuso la exhibición y consulta de la propuesta de Ac-tualización del Plan Urbano Distrital, por un plazo de trein-ta (30) días calendario; plazo que se venció el 28.OCT.2003y que fuera prorrogado mediante Acuerdo de Concejo Nº130-2003-ACSS hasta el 27.NOV.2003 inclusive; Que, teniendo en cuenta la cantidad de comunicaciones recibidas y que por razones de índole administrativo, la eta-pa de evaluación se ha iniciado el 11.DIC.2003, resultanecesario ampliar el plazo establecido en el artículo 9º nu-meral 9.9. de la Ordenanza Nº 148-MSS; Estando al Informe Nº 429-2003-DDU-MSS emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano; contando con Dictamenfavorable Nº 0192-2003-CDU/MSS de la Comisión de De-sarrollo Urbano; De conformidad con lo establecido por los artículos 9º, numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y apro-bación del acta, por Unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9º NUMERAL 9.9 DE LA ORDENANZA Nº 148-MSS Artículo Único.- Ampliar en diez días útiles el plazo establecido en el artículo 9º numeral 9.9 de la OrdenanzaNº 148-MSS. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección Municipal y a la Dirección deDesarrollo Urbano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 23947 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G2D /G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 169-MSS Santiago de Surco, 18 de diciembre de 2003EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobier-no local, con autonomía política, económica y administrati-va en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan los gobiernos locales, el artículo 9º numeral 32)de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estable-ce que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Cua-dro de Asignación de Personal;