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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G38/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de diciembre de 2003 del presente año del Guión Museográfico para la compra de la COLECCIÓN METALES VICÚS; Que, en aplicación del Art. 19º, Inc. F) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 012- PCM, se deberá exonerar a dichos bienes, de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, toda vez que se trata de COLECCIÓN DE METALES VICÚS, lo que no permite admitir sustitutos; Que, en este orden de ideas se encargará a la Direc- ción de Logística gestionar la compra mediante adquisi- ción de Menor Cuantía; Que, en lo que respecta al monto a cancelar, la misma que asciende a un monto de S/. 400,000.00 nuevos soles, se deberá aceptar la donación de S/. 50,000.00, que serán destinados para la implementación de un Taller de Restau- ración de Piezas Arqueológicas de la Cultura Vicús; Que, en mérito a lo expuesto, estando a lo acordado en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de diciem- bre del 2003 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Destinar el financiamiento contem- plado en el Presupuesto del presente año del Guión Museo- gráfico, para la compra de la "COLECCIÓN METALES VI- CÚS". Artículo Segundo.- Autorizar a la Dirección de Presu- puesto, efectuar las modificaciones presupuestales que co- rrespondan, en el Programa de Inversiones del presente año. Artículo Tercero.- EXONERAR de los Procesos de Li- citación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, la adquisición de la "COLECCIÓN METALES VICÚS", te- niendo en consideración que dichos bienes no admiten sustitutos, encargándose a la Dirección de Logística a una Adquisición de Menor Cuantía. Artículo Cuarto.- Del monto a cancelar por la compra de la Colección METALES VICÚS que asciende a la suma de S/. 400,000.00 nuevos soles, ACEPTAR como donación la cantidad de S/. 50,000.00 nuevos soles, que serán des- tinados para la implementación de un taller de Restaura- ción de piezas arqueológicas de la Cultura Vicús. Artículo Quinto.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento a la Contraloría General de la República, el presente Acuerdo Municipal, re- mitiendo el Informe Técnico y Legal correspondiente. Artículo Sétimo.- La presente Transferencia deberá ponerse en conocimiento del Instituto Nacional de Cultura, para los fines pertinentes. Artículo Octavo.- Dése cuenta a la Comisión de Eco- nomía y Administración, Dirección Municipal, Dirección General de Administración, Dirección General de Aseso- ría Jurídica, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.EDUARDO CÁCERES CHOCANO Alcalde 24239MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMÁN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 91 2003.MPSR.CM Juliaca, 24 de diciembre de 2003 VISTOS: El Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 020-2003, dentro de la cual se adoptó el Acuerdo deConcejo Municipal que aprueba el Organigrama Estructu- ral de la Municipalidad Provincial de San Román; Y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los GobiernosLocales gozan de autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para lasMunicipalidades radica en la facultad de ejercer actos degobierno, administrativos y de administración, con sujeciónal ordenamiento jurídico; Que, conforme al Art. 89º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, la estructura orgánica de las munici- palidades está de acuerdo a su disponibilidad económica yse establece conforme lo determina cada gobierno local; Que, estando al Acuerdo Extraordinario de Concejo Municipal de vistos y contándose con el voto aprobatoriopor unanimidad de los miembros del Concejo Municipal, mediante el cual se aprobó la estructura orgánica de esta Municipalidad, y en uso de las atribuciones del ConcejoMunicipal, de acuerdo al Artículo 20º inciso 6 conforme ala Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, condispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta ycontando con la visación de los entes ejecutivos respon- sables; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR, el Organigrama Estructural de la Municipalidad Provincial de San Román, conforme al cuadro anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER el cumplimiento de la presen- te resolución de parte de todas las dependencias de estaMunicipalidad Provincial de San Román. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. MIGUEL RAMOS BENIQUE Alcalde 24112 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G79 /G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que las Municipalidades representan al vecinda- rio, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y ar-mónico de su circunscripción; otorgándole entre otros as-pectos, competencias específicas y compartidas en mate-ria de Tránsito, vialidad y transporte público. Que, Ley Orgánica de Municipales, establece que las Municipalidades ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales, las mismas quegozan de rango de ley según lo preceptúa el artículo 200ºde la Constitución Política de 1993. Que, las Autoridades políticas, administrativas y poli- ciales, ajenas al Gobierno Local, tienen la obligación dePROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL ORDENANZA QUE REGULA LA FISCALIZACIÓN EN MATERIA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO TE- RRESTRE EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales son Órga- nos de Gobierno Local que gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia.