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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (31/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 138

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G37/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de diciembre de 2003 a) Por fallecimiento. b) Por enfermedad o incapacidad física que imposibilite el cumplimiento normal de sus funciones. c) Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. d) Por inasistencia injustificada a dos Sesiones Ordina- rias consecutivas. e) Por renuncia.f) Por sobrevenir con posterioridad a la elección cual- quiera de las causales de incompatibilidad establecidas para ser alcalde o regidor en la Ley de Elecciones Municipales. El Consejo de Coordinación Local Distrital, acuerda la vacancia de alguno de sus miembros representantes de laOSC en reunión expresamente convocada para tal fin, yasume inmediatamente el cargo el accesitario según el Art. 25º de la presente Ordenanza. El acuerdo del Consejo es impugnable frente al Orga- nismo electoral competente, que resolverá en definitiva. Artículo 41º.- REVOCATORIA La revocatoria del mandato del representante de la So- ciedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distri- tal procede si dos tercios del número legal de los miem-bros de dicho Consejo así lo acuerda en Sesión expresa-mente convocada para tal fin. La pérdida del mandato en-tra en vigencia a la adopción del acuerdo de revocatoria. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- El Alcalde mediante Decreto de Alcaldía con- vocará de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 28º incisob) de esta Ordenanza, anualmente a la elección de los re- presentantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Co- ordinación Local Distrital, estableciéndose para el efectoun cronograma que será aprobado oportunamente. Segunda.- Para este primer proceso de conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, constitúyaseel Comité Electoral que estará integrado de la siguiente manera: a) Un Regidor (Presidente). b) El Director de Servicios Públicos.c) El Director de Asesoría Legal, que actuará como Secretario Técnico. d) El Jefe de la Unidad de Participación Vecinal. Tercera.- El cronograma en el presente proceso elec- cionario 2003 es el siguiente: PROCESO DÍA HORA * Inscripción de Organizaciones 23 al 31 de diciembre 9 a.m a 4 p.m de la sociedad civil y sus delegados* Publicación de la relación de 2 y 3 de enero -.- OSC inscritas * Tachas o Impugnación contra 5 de enero 9 a.m a 4 p.m las OSC inscritas * Resoluciones de Impugnaciones 6 y 7 de enero 9 a.m a 4 p.m. * Publicación del padrón definitivo 8 de enero -.- de las OSC y delegados inscritos * Inscripción de Listas de candidatos 8 al 10 de enero 9 a.m a 4 p.m para representantes al CCLD * Publicación de listas de candidatos 12 de enero -.- * Tachas contra la inscripción 13 de enero 9 a.m a 4 p.m. de Listas y/o candidatos * Resoluciones de tachas 14 y 15 de enero 9 a.m. a 4 p.m. * Publicación definitiva de la 16 y 17 de enero -.- lista de candidatos* Elecciones 18 de enero 8.30 a.m a 1.00 p.m. * Resultados 18 de enero 2 p.m DISPOSICIONES FINALES Primera- Autorícese a la Unidad de Participación Veci- nal aperturar el Libro de Registro de Organizaciones de laSociedad Civil de Villa María del Triunfo. Segunda- Mediante la presente Ordenanza se facul- ta al Alcalde para que celebre convenios con la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE y la Asocia-ción Civil Transparencia y/u otras instituciones naciona- les y/o internacionales, para que supervisen los proce-sos de elecciones y representación de los ciudadanosen la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital. Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante De- creto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para elmejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 24125 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61 /G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G69/G62/G6F/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G72/G2D /G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000023 Callao, 30 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CA- LLAO, en Sesión fecha 30 de diciembre de 2003; APRO-BÓ LA SIGUIENTE ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades mediante Ordenanzas pue- den crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas den-tro de su jurisdicción y con los límites que la Ley establecede acuerdo a lo dispuesto por el marco constitucional vi-gente; Que, los Gobiernos Locales, se encuentran faculta- dos para realizar la cobranza por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinaciónde impuestos y recibos de pago correspondientes,incluida su distribución domiciliaria, con arreglo a lo dis-puesto por la Cuarta Disposición Final de la Ley de Tri-butación Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776; Estando a lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Munici-palidades, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Fíjese el monto a cobrar por el ser- vicio de emisión de actualización y distribución de valores,determinación del tributo y recibos de pago del ImpuestoPredial, de la siguiente manera: De 1 a 5 predios S/. 12.40(Doce y 40/100 nuevos soles). Más de 5 predios S/. 2.00(Dos y 00/100 nuevos soles) por cada predio adicional. Artículo Segundo.- Fíjese en S/. 12.40 (Doce y 40/ 100 nuevos soles), el monto a cobrar por el servicio deemisión y distribución de recibos de pago del Impuestoal Patrimonio Vehicular y del Impuesto de Alcabala. Artículo Tercero.- Fíjese en S/. 0.50 (50/100 nuevos soles) el monto a cobrar por el servicio de emisión y distri- bución de cada recibo de pago mensual por concepto de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jar-dines y Seguridad Ciudadana.