Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2003 (31/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 141

MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES
ORDENANZA

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de los contribuyentes pensionistas, durante todo el mes de enero del 2004, en la Direccion de Administracion Tributaria. Sexta.- Derogacion Deroguese la Ordenanza Nº 002-2002-MPC, la Ordenanza Nº 004-2003-MPC y toda MORDAZA que se oponga al contenido de la presente Ordenanza. Septima.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Octava.- Facultades Reglamentarias Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como la prorroga del vencimiento de las obligaciones formales y sustanciales que esta Ordenanza dispone. POR TANTO: Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 24276

Articulo 1º.- Modificar los Articulos MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza Nº 001-98-MDLP, quedando establecidos de la siguiente manera; "Articulo Cuarto.- Los costos efectivos por los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, Relleno Sanitario y Seguridad Ciudadana, se distribuyen conforme el detalle siguiente: Descripcion Costo operativo Costo administrativo Costo total anual Costo promedio mensual Importe 1,936,776.39 55,200.00 1,991,976.39 165,998.033 % 97.23 2.77 100

"Articulo Quinto.- Las alicuotas mensuales asi como los topes minimos y maximos de Limpieza Publica, Parques y Jardines, Relleno Sanitario y Seguridad Ciudadana, que permiten cubrir solo el 43% de los costos efectivos determinados en el articulo anterior se detallan a continuacion: a) LIMPIEZA PUBLICA
USO DEL PREDIO Vivienda Comercio/Industria Comercio menores Clubes Otros ALICUOTA MENSUAL 0.0004073 Autovaluo 0.0007619 Autovaluo 0.0004073 Autovaluo 0.0007619 Autovaluo 0.0004073 Autovaluo MINIMO MENSUAL S/. 7.00 S/. 14.00 S/. 7.00 S/. 14.00 S/. 7.00 MORDAZA MENSUAL S/. 45.92 S/. 115.36 S/. 45.92 S/. 150.00 S/. 45.92

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Modifican la Ordenanza Nº 001-98MDLP referente a la aplicacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario
ORDENANZA Nº 043-2003-MDLP/ALC
La Punta, 18 de diciembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Visto, en Sesion de Concejo del dia 18 de diciembre de 2003, el Estudio de Costos de los Servicios de Limpieza Publica Parques y Jardines, Relleno Sanitario y Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autoridad politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 69º de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776 y modificada por la Ley Nº 26725, establece que las tasas por servicios publicos y arbitrios se calcularan dentro del Primer Trimestre de cada Ejercicio Fiscal, en funcion del costo efectivo del servicio a prestar, agregando el Articulo 69-A de la comentada MORDAZA, que todas las Municipalidades a mas tardar el 30 de MORDAZA del ano fiscal siguiente, publicaran sus ordenanzas, aprobando el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio, segun el numero de contribuyentes de la localidad beneficiaria, asi como los criterios que justifiquen incremento, de ser el caso; Que, mediante Ordenanza Nº 001-98-MDLP modificada por la Ordenanza Nº 004-1999, se MORDAZA la aplicacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario del distrito de La Punta; Que, es necesario adecuar las alicuotas mensuales, asi como los topes minimos y maximos de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario a los costos actualizados para 2004 y anadir el costo por Seguridad Ciudadana; Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 26725; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo la siguiente:

b) PARQUES Y JARDINES
USO DEL PREDIO Vivienda Comercio/Industria Comercio/menores Clubes Otros ALICUOTA MENSUAL 0.00359 UIT 0.00658 UIT 0.00359 UIT 0.00658 UIT 0.00359 UIT

c) La alicuota mensual, aplicable al arbitrio de Relleno Sanitario es de 0.00062 y por Seguridad Ciudadana es de 0.003226 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). d) El gasto administrativo mensual, se establece en 0.000323 de la UIT. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Gerencia de Rentas y Comercializacion, el cumplimiento de la presente ordenanza. Publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 24295

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO
Inician procesos disciplinarios a ex servidores de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 481-03-A/MPA/P Azangaro, 12 de diciembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO - REGION MORDAZA VISTO: El Informe Nº 042-2003-CPPAD/MPA, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Azangaro; y,

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