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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2003 (10/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 98

Pág. 236948 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de enero de 2003 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 325/INC Lima, 23 de abril de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 087, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 06, de fecha 5 de marzo de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 087, de fecha 5 de marzo de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología reco- mienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Na- ción a los Sitios Arqueológicos de: - Callayda 1, ubicado en el distrito de Mollebamba, pro- vincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad. - El Colorado 1 (colindante con el Proyecto El Colora- do), ubicado en el distrito de Santa Cruz de Chuca, provin- cia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad. - Seductora 1 y 2 (colindante con el Proyecto Seducto- ra), ubicado en el distrito de Angasmarca, provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad. - Aeropuerto 1 (colindante con el Aeropuerto de COMARSA), ubicado en el distrito de Mollebamba, provin- cia de Santiado de Chuco, departamento de La Libertad. Con las visaciones de la Dirección General de Patrimo- nio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Sitios Arqueológicos de: - Callayda 1, ubicado en el distrito de Mollebamba, pro- vincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad. - El Colorado 1 (colindante con el Proyecto El Colora- do), ubicado en el distrito de Santa Cruz de Chuca, provin- cia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad. - Seductora 1 y 2 (colindante con el Proyecto Seducto- ra), ubicado en el distrito de Angasmarca, provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad. - Aeropuerto 1 (colindante con el Aeropuerto de COMAR- SA), ubicado en el distrito de Mollebamba, provincia de San- tiago de Chuco, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - La Libertad que establezca las acciones necesa- rias para la elaboración de los Planos de Delimitación de los Sitios Arqueológicos antes mencionados con sus res- pectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Margesí de Bienes Nacionales la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológi- cos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción, una vez elaborados sus Planos de Delimitación con las respectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados"Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 00329 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 328/INC Lima, 23 de abril de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 020, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 02, de fecha 9 de enero de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Institu- to Nacional de Cultura la función de proteger y declarar Patri- monio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 020, de fecha 9 de ene- ro de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Cerro Soledad, ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimo- nio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", De- creto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultu- ra" y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Cerro Soledad, ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General del Patri- monio Arqueológico del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboración del Plano de Delimitación del Sitio Arqueológico Cerro Soledad con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Margesí de Bienes Nacionales la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución, una vez elaborado su Plano de Delimitación con la respec- tiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 00330