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PÆg. 238734 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de febrero de 2003 Viáticos : US$ 600.00 Tarifa CORPAC : US$ 28.00 Artículo 3º.- Los pasajes Lima - Guayaquil - Manta (Ecuador) y viceversa, serán proporcionados por el señorVÍCTOR PÉREZ HERNÁNDEZ. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión de servicios, lamencionada profesional deberá presentar un informe delas acciones realizadas y los resultados obtenidos duranteel viaje autorizado, ante el Despacho Ministerial con copiaal Despacho Viceministerial de Pesquería y la Oficina Ge-neral de Planificación y Presupuesto del Ministerio de laProducción. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos y/o derechos decualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 02530 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje del Director Ejecutivo de la APCI para participar en la Reunión Regional de Planificación para países de AmØrica del Sur de Habla Hispana yBrasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0095-2003-RE Lima, 5 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:Que, entre el 5 y 6 de febrero de 2003, se realizará en Buenos Aires, Argentina, la Reunión Regional de Planifi-cación para países de América del Sur de Habla Hispana yBrasil, organizada por la Agencia Interamericana para laCooperación y el Desarrollo - AICD de la Organización deEstados Americanos (OEA), y que cuenta con el patroci-nio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio In-ternacional y Culto de Argentina; Que, mediante carta AICD/408/02 de 19 de noviembre de 2002, el Director General de la AICD invita al doctorJuan Velit Granda, Director Ejecutivo de la Agencia Perua-na de Cooperación Internacional -APCI- a participar en lamencionada reunión en representación del Perú, la mismaque forma parte de un proceso de planificación para unaaplicación exitosa del nuevo Plan Estratégico de Coopera-ción Solidaria 2002-2005 que guía la actividad de coopera-ción técnica de la OEA; Que, el objetivo específico de este trabajo conjunto de los Estados miembros es la generación de proyectos dealta calidad y envergadura que guarden coherencia conlas políticas de cooperación de la región y que puedan au-mentar la posibilidad de movilizar recursos financieros ex-ternos; Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacio- nal -APCI-, es un organismo público descentralizadoadscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, de con-formidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley deCreación de la APCI, responsable, como ente rector dela cooperación técnica internacional, de conducir, pro-gramar, organizar y supervisar la cooperación interna-cional no reembolsable en función de la política nacio-nal de desarrollo; Que, es importante para los intereses del Perú en ma- teria de Cooperación Internacional la participación del Dr.Juan Velit Granda, Director Ejecutivo de la APCI en dichareunión regional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; laLey Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes alexterior de los servidores y funcionarios públicos; Ley Nº27692 - Ley de Creación de la APCI; el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM - Aprueba normas reglamentarias so-bre autorización de viajes al exterior de servidores y fun- cionarios públicos y la Resolución Ministerial Nº 661-2002-RE, Reglamento de Organización y Funciones de la APCI; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor JUAN VELIT GRANDA, Director Ejecutivo de la Agen-cia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, aBuenos Aires, Argentina, del 4 al 7 de febrero para losfines a que se refiere la parte considerativa de la presen-te Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos de pasaje y viáti- cos que irrogue la participación del representante pe-ruano en la citada reunión serán asumidos por la Agen-cia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo- AICD. Artículo Tercero.- El funcionario de la APCI antes mencionado, presentará un informe detallado descri-biendo las actividades desarrolladas y los resultadosobtenidos en el mencionado viaje dentro de los quince(15) días calendario contados a partir de su retorno alpaís. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración de impuestos o de derechos aduanerosde ninguna clase o denominación a favor del funcionariocuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 02491 Aprueban Directiva sobre manejo de expedientes de los Consejos de Investi- gación Ad hoc en el Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0096-2003-RE Lima, 5 de febrero de 2003 Vistos el Informe Nº 005-2002-2-0283 del Examen Es- pecial sobre la legalidad de procedimientos y concordanciacon las recomendaciones de los informes elaborados porlos Consejos de Investigación Ad hoc convocados entrelos años 1992-2001; y, CONSIDERANDO:Que resulta necesario establecer normas que regulen el manejo de expedientes de los Consejos de Investiga-ción Ad hoc; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Decreto SupremoNº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la Carrera Ad-ministrativa, el D.L Nº 26112, Ley Orgánica del Ministeriode Relaciones Exteriores, Ley Nº 27444, Ley del Procedi-miento Administrativo General y la Resolución MinisterialNº 1089-2002-RE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la Directiva que establece las normas sobre el manejo de expedientes de los Consejosde Investigación Ad hoc en el Ministerio de RelacionesExteriores, que forma parte de la presente Resolución. DIRECTIVA SOBRE EL MANEJO DE EXPEDIENTES DE LOS CONSEJOS DE INVESTIGACIÓN EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 1º.- La Directiva sobre el manejo de expedien- tes de los Consejos de Investigación Ad hoc en el Ministe-rio de Relaciones Exteriores tiene por objeto mejorar laorganización de los mismos, dentro de las normas aplica-bles a su registro, manejo, custodia y archivo. Artículo 2º.- A cada expediente de Consejo de Investiga- ción Ad hoc se le asignará un número correlativo seguido delos cuatro dígitos que identifique el año de su inicio, para suubicación e identificación. Cada ejercicio se iniciará el regis-tro de los expedientes con el número de orden 001.