Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2003 (07/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Pasajes US$ MORDAZA Maurtua de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel 496.78 496.78 Viaticos US$ 600.00 600.00

NORMAS LEGALES
Tarifa aeropuerto US$ 28,00 28,00

MORDAZA, viernes 7 de febrero de 2003

Articulo 4º.- Las Embajadas, Consulados y Representaciones diplomaticas del Peru denominaran "Pisco de Honor" a las recepciones que realicen para atenciones oficiales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 02507

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada comision, los mencionados funcionarios deberan presentar un informe de las acciones realizadas ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 02494

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 013-2003-DVMPEMPE/ATU MORDAZA, 28 de enero del 2003 VISTA: La propuesta del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" para el ano 2003, presentada por el Area de Administracion y Gestion Financiera; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 se creo el Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano", como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, hoy Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante Decretos Supremos Nº 012-2001-PCM y Nº 013-2001-PCM respectivamente, establecen las normas que deberan observar las Entidades del Sector Publico Nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que, el articulo 7º de la referida Ley dispone que cada Entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que se debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal, asi como el monto del presupuesto requerido; Que, el Area de Administracion y Gestion Financiera ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" para el ano 2003, sobre la base del presupuesto asignado y las necesidades de sus diferentes organos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 130-2001, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y con la visacion del Area de Administracion y Gestion Financiera; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" para el ano 2003, el cual forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 3º.- Remitir el Plan Anual, dentro del plazo establecido en el articulo anterior, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Articulo 4º.- Disponer que el Plan Anual estara a disposicion de los interesados en la pagina web del Programa: www.atrabajarurbano.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano"

Disponen incluir MORDAZA, vinos y espumantes de origen nacional, en actividades oficiales de las Embajadas, Consulados y Representaciones Diplomaticas del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0107-2003-RE
MORDAZA, 6 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores esta comprometido con el desarrollo de la industria peruana y la adecuada insercion de sus productos en los mercados internacionales; Que, "Pisco" es una denominacion de origen peruana autentica para los productos obtenidos de la destilacion de mostos resultantes de la fermentacion exclusiva de uva madura, elaborados en la costa de los departamentos de MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y los valles de Locumba, Sama y Caplina del departamento de Tacna; Que, la denominacion peruana del MORDAZA responde a una muy antigua tradicion de produccion de licores que se inicia en el siglo XVI, la que por su alto nivel de calidad es reconocida internacionalmente; Que, la Resolucion Nº 179, de 7 de MORDAZA de 1988, del Instituto Nacional de Cultura, declara la denominacion de origen MORDAZA como Patrimonio Cultural de la Nacion Peruana; Que, el Estado peruano defiende la denominacion de origen del MORDAZA y promueve su difusion en los mercados internacionales como bebida tradicional y patrimonio cultural peruano; Que es conveniente promover la integracion del sector vitivinicola peruano para generar un mayor MORDAZA y consumo del MORDAZA, lo cual requiere apoyo y promocion por parte del Estado a fin de hacer mas competitiva esa industria en los mercados internacionales; Que las Embajadas, Consulados y Representaciones diplomaticas del Peru en el exterior tienen el cometido de promover el conocimiento y la comercializacion del MORDAZA como producto originario del Peru; Que la produccion vitivinicola peruana viene alcanzando elevados estandares internacionales que la convierten en una industria de alta calidad y prestigio para el pais; Teniendo en cuenta el D.S. Nº 100 de 26 de setiembre de 1932, la Ley Nº 26426 de 29 de diciembre de 1994; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En las actividades oficiales de las Embajadas, Consulados y Representaciones diplomaticas del Peru en el exterior se debera incluir obligatoriamente MORDAZA, asi como vinos y espumantes de origen nacional. Articulo 2º.- Las Embajadas, Consulados y Representaciones diplomaticas del Peru tendran 90 dias para abastecerse de los productos indicados en el articulo anterior. Articulo 3º.- Despues del referido plazo, los gastos que realicen las Embajadas, Consulados y Representaciones diplomaticas del Peru por concepto de adquisicion de vinos y licores para actividades oficiales deberan incluir un minimo de 50% de MORDAZA, asi como vinos y espumantes de origen nacional.

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