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PÆg. 238745 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de febrero de 2003 sos judiciales que pudieran corresponder a la competen- cia territorial de los referidos Segundo y Tercer JuzgadosMixtos, deben ser asumidos por éstos, y la carga proce-sal a la que se hace referencia en el inciso b) del artículosegundo de la Resolución Administrativa Nº 140-2001-CE-PJ, deberá ser asumida tanto por el Primer Juzgado Mix-to del Módulo Básico de Justicia como por el Segundo y elTercer Juzgados Mixtos del distrito de San Juan de Luri-gancho, según corresponda a la competencia territorialde cada uno de dichos órganos jurisdiccionales, estable-cida mediante Resoluciones Administrativas Nº 140-2001-CE-PJ y Nº 167-2002-CE-PJ; Que, dado que el Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia referido, viene asumiendo las causasciviles que corresponden a la competencia territorial delSegundo y el Tercer Juzgados Mixtos de San Juan deLurigancho, ello implica que tales procesos deban lle-varse adelante mediante exhortos librados a las judica-turas correspondientes, que los Magistrados se trasla-den a zonas distintas a las de su competencia territorialpara la realización de determinadas diligencias judicia-les, entre otros, dilatando el trámite de dichos procesosy generando mayores gastos para la Institución, ademásdel tiempo que el personal jurisdiccional debe dedicar adichas diligencias, perjudicando el trámite de otros pro-cesos judiciales; Que, asimismo, de la información estadística propor- cionada por la Administración del Módulo Básico de Justi-cia de San Juan de Lurigancho, se advierte que la cargaprocesal que actualmente viene afrontando el Primer Juz-gado Mixto del Módulo Básico de Justicia de San Juan deLurigancho, que incluye la carga procesal del ex JuzgadoCivil del Módulo, resulta ser sumamente elevada, excedien-do las capacidades del Juzgado, más aún si se tiene encuenta que en la especialidad de Familia Penal, este Juz-gado realiza el turno permanente de 24 horas y que la de-manda de atención del servicio de administración de justi-cia para dicha Judicatura viene incrementándose diariamen-te; Que, por lo expuesto en los considerandos preceden- tes, resulta preciso que esta Presidencia adopte las accio-nes que resulten pertinentes a fin de coadyuvar al mejora-miento de la administración de justicia en la Corte Superiorde Justicia de Lima, agilizar el trámite de los procesos judi-ciales en mención, evitar perjuicios al derecho o interés delos justiciables y disminuir los costos que pueda acarrearla tramitación de los procesos; Que, por las razones expuestas, y en uso de las faculta- des conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de laLey Orgánica del Poder Judicial y artículo quinto de la Re-solución Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que la carga proce- sal que fuera asumida por el Primer Juzgado Mixto delMódulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho,proveniente del ex Juzgado Civil del Módulo referido,deberá ser asumida por los siguientes órganos juris-diccionales: 1. Por el Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, cuando correspondaa la competencia territorial del referido Módulo Básico deJusticia, establecida mediante Resolución AdministrativaNº 140-2001-CE-PJ. 2. Por el Segundo y el Tercer Juzgados Mixtos del dis- trito de San Juan de Lurigancho, cuando corresponda a sucompetencia territorial, establecida mediante ResoluciónAdministrativa Nº 167-2002-CE-PJ. Artículo Segundo.- DISPONER que la carga procesal a que se hace referencia en el artículo primero de la pre-sente Resolución Administrativa, no incluye aquellos pro-cesos judiciales en los que se haya llevado a cabo la res-pectiva Audiencia de Pruebas ni procesos judiciales enEjecución de Sentencia, de conformidad con las normasprocesales vigentes. Artículo Tercero.- DISPONER que el Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Luri-gancho, realice el inventario físico de los expedientes quecorrespondan al Segundo y Tercer Juzgados Mixtos del dis-trito de San de Lurigancho, en coordinación con el Admi-nistrador del referido Módulo, para su posterior remisión deconformidad con el procedimiento establecido en las nor-mas procesales vigentes.Artículo Cuarto.- DISPONER que los Señores Magis- trados de los órganos jurisdiccionales aludidos en el artí-culo primero de la presente Resolución Administrativa, rea-licen las coordinaciones respectivas con los Admi-nistradores de aquellos, para la remisión de los procesosjudiciales, según corresponda, responsabilizándose a es-tos últimos de la entrega de los expedientes, previamenteinventariados y foliados, con sus respectivos cargos de re-cepción y la elaboración de un Informe para esta Presiden-cia, especificando los expedientes que fueron remitidos unavez concluido el traslado de los mismos. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO el artículo pri- mero de la Resolución Administrativa Nº 032-2003-P-CSJLI/PJ. Artículo Sexto.- PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magis-tratura, Administración Distrital de la Corte Superior deJusticia de Lima, Fiscalía de la Nación y de los Magistra-dos, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 02510 Aprueban Cronograma de Visitas Judi- ciales Ordinarias para el aæo judicial 2003 en salas y juzgados de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte deLima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CONO NORTE DE LIMA Oficina Distrital de Control de la Magistratura Jefatura VISITAS JUDICIALES AÑO 2003-ODICMA-CSJ-CNL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 001-2003-J-ODICMA-CSJCNL/PJ Independencia, treinta de enero del dos mil tres. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero.- Que, parte de la labor de control es supervisar la idoneidad, conductay desempeño funcional de los Magistrados y AuxiliaresJurisdiccionales, buscando alcanzar la prestación de uneficiente servicio de justicia; Segundo.- Que, la referida supervisión se realiza entre otros, mediante visitas ordi-narias y/o extraordinarias en las diferentes dependen-cias jurisdiccionales, facultad que está reservada a laJefatura de ODICMA conforme lo señala el artículo doceinciso b) del Reglamento de Organización y Funcionesde la Oficina de Control de la Magistratura; visitas quedeben ser programadas en las dependencias de esteDistrito Judicial. Por estas consideraciones al amparo delartículo trece concordante con el artículo cincuenta delReglamento de Organización y Funciones de la Oficinade Control de la Magistratura del Poder Judicial; RE- SUELVE: Primero.- APROBAR EL CRONOGRAMA DE VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS para el presente añojudicial, que como anexo forma parte de la presente re-solución, las mismas que se realizarán en las diversasSalas y Juzgados de la Corte Superior de Justicia delCono Norte de Lima, conforme a la programación que sedetalla, a cargo de la Comisión Distrital de Control de laMagistratura de la Sede Judicial; Segundo: DISPONER que las visitas judiciales extraordinarias por su propianaturaleza, serán reservadas e inopinadas, dispuestasen atención al índice de quejas verbales y/o escritas quese reciban ante la ODICMA; Tercero: COMUNICAR la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Supre-ma de Justicia y Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,Presidencia de la Corte Superior de Justicia del ConoNorte de Lima y Consejo Ejecutivo, Oficina de Controlde la Magistratura y Jefatura de Administración Distrital