Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2003 (04/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2003

Articulo 6º.- El Consejo Consultivo designara, mediante eleccion de sus integrantes, a su Presidente y Vicepresidente. La participacion de sus miembros es ad honorem. Articulo 7º.- El Consejo Consultivo sesionara en cualquier momento a pedido de su Presidente, del Superintendente Nacional, del Jefe de la MORDAZA Registral o de la mayoria de sus integrantes. El quorum para las reuniones sera de la mitad mas uno de sus miembros. MORDAZA de las actas, acuerdos y/o propuestas seran remitidos a la Superintendencia Nacional. Articulo 8º.- La MORDAZA Registral Nº XIII prestara el apoyo tecnico y logistico necesario para el funcionamiento del Consejo Consultivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 12568

dente, de conformidad con el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN, que regula el tramite de inscripcion en primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 0112002/SBN; Que, los incisos h) y s) del articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0117-2003/SBN-GO-JAR, de fecha 17 de junio de 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 1 646,56 m², que forma parte de una MORDAZA de mayor extension denominada "Gallinazo", ubicado a 250 metros del litoral MORDAZA, cerca de la MORDAZA denominada "Lobo Varado", correspondiente al distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 12503

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Pucusana, provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 081-2003/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 25 de junio de 2003 Visto el Expediente Nº 053-2003/SBN-JAR, con el cual se sustenta el tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo ribereno al mar de 1 646,56 m², ubicado a 250 metros del litoral MORDAZA, cerca a la MORDAZA denominada "Lobo Varado", correspondiente al distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, el cual forma parte de la MORDAZA denominada "Gallinazo"; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, la Oficina Registral de MORDAZA y Callao mediante Certificado Catastral, de fecha 7 de marzo de 2003, expedido de conformidad al Informe Tecnico Nº 0661-2003SUNARP-Z.R.IX/OC, de fecha 11 de febrero de 2003, senala que el terreno de 4 151,54 m², en el cual esta comprendido el terreno de 1 646,56 m², no se encuentra inscrito; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 20 de MORDAZA de 2003, se ha verificado que el predio de 1 646,56 m², el cual forma parte de la MORDAZA denominada "Gallinazo", es de naturaleza eriaza riberena al mar, de topografia rocosa y accidentada hacia los extremos, ubicado a 250 metros del litoral MORDAZA, cerca de la MORDAZA denominada "Lobo Varado", correspondiente al distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, encontrandose libre de ocupacion; Que, el area de 2 504,98 m² no esta incluida en el predio materia de la presente Resolucion por encontrarse conformada por terrenos comprendidos entre la baja y alta marea y areas afectadas por el oleaje marino; Que, el inciso iv) del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno de 1 646,56 m², descrito en el considerando prece-

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL MORDAZA
Aprueban la creacion de Oficinas Subregionales
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2003-GRC/CRC POR CUANTO: El Consejo Regional del MORDAZA del Gobierno Regional en Sesion Extraordinaria de fecha veintiseis de junio del ano dos mil tres, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la creacion de trece OFICINAS SUBREGIONALES DEL CUSCO. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, dispone que los Gobiernos Regionales tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley; el articulo 38º, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general,

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