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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2003 (26/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 248833 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de julio de 2003 Kiteni, Tramo I: Ollantaytambo - Abra Málaga, en los pro- cesos judiciales incoados por José Carlos Quiñones Gon- zález y Carla Mónica Ñahui Temple, respectivamente, contra la empresa China Electric Power Technology Im- port & Export Corporation. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes de los casos men- cionados, al Procurador Público, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 14012 Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Civila EE.UU., en comisión de Servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 569-2003-MTC/02 Lima, 23 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex- cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, se- gún su especialidad, para verificar las capacidades exigi- das a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, mediante Cartas Nº GO-172/03 y Nº GO-189/ 03, del 26 de junio del 2003, la empresa Taca Perú S.A. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar el chequeo técnico de proeficiencia en simulador de vuelo del equipo Airbus modelo A-320, de sus tripulantes técnicos Carlos Liberoff y Eduardo Bedoya; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 01161, 03174 y 03220, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación esta- blecido para Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, de acuerdo a la modificación establecida por Decreto Supremo Nº 037-2002-MTC, el cual está destinado a cubrir los cos- tos de las respectivas inspecciones; Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección de Seguri- dad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1102-2003-MTC/ 12.04 señalando que el Inspector Javier Calmell del So- lar Varisco realizará chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus A320/319 al personal aeronáutico propuesto por la empresa Taca Perú S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 26 al 28 de julio de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asig- na la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo a que se con- trae la Orden de Inspección Nº 1102-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Cal- mell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 26 al 28 de julio de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 14013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 571-2003-MTC/02 Lima, 23 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resolucio- nes en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, se- gún su especialidad, para verificar las capacidades exigi- das a los titulares de las autorizaciones para realizar ac- tividades de aeronáutica civil; Que, como parte del Plan de Vigilancia de las opera- ciones aéreas internacionales, la Dirección de Seguri- dad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a través de las Órdenes de Inspección Nºs. 920 y 921- 2003-MTC/12.04-SDA, ha dispuesto que los Inspectores Alvaro Eduardo Balarezo Jenssen y Carlos Humberto Garay Vera realicen una inspección técnica a la estación de la empresa Aerocontinente S.A., en la ciudad de Mia- mi, Estados Unidos de América, durante los días del 27 al 29 de julio de 2003; Que, por lo expuesto, es necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General de