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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2003 (26/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 248834 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de julio de 2003 Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar la inspección técnica a que se contraen las Ordenes de Inspección Nºs. 920 y 921-2003-MTC/ 12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Álvaro Eduardo Balarezo Jenssen y Carlos Humberto Garay Vera, Inspectores de la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, du- rante los días 27 al 29 de julio de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos inspectores) US$ 1,320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Artículo 1º de la pre- sente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe- rán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos duran- te el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 14014 Modifican resolución que autorizó a procurador iniciar acciones legales deineficacia y nulidad de actas de arregloamistoso suscritas con contratista RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 572-2003-MTC/02 Lima, 23 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 081-2003-JUS publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del 2003, se ha designado al doctor Máximo Elías Herre- ra Bonilla, como Procurador Público Ad Hoc, para que asuma la representación y defensa de los derechos e intereses del Estado, en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al PROVÍAS NACIONAL; Que, por Resolución Ministerial Nº 534-2003-MTC/02 de fecha 9 de julio del 2003, se autorizó al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales que correspondan a fin de que se declare la ineficacia y nuli- dad de las Actas de Arreglo Amistoso Nºs. 01, 02, 03 y 04 de fechas 30 de abril del 2002, 16 de mayo del 2002, 23 de mayo del 2002 y 18 de junio del 2002, respectiva- mente; Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 534-2003-MTC/02 en el senti- do que la autorización debe ser entendida al Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos del Proyecto Es- pecial de Infraestructura de Transporte Nacional - PRO- VÍAS NACIONAL;De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667, la Ley Nº 27791 y Resolución Suprema Nº 081-2003-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 1º de la Re- solución Ministerial Nº 534-2003-MTC/02, con el texto siguiente: "Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales que correspondan a fin de que se declare la ineficacia y nulidad de las Actas de Arreglo Amistoso Nºs. 01, 02, 03 y 04 de fechas 30 de abril del 2002, 16 de mayo del 2002, 23 de mayo del 2002 y 18 de junio del 2002, respectivamente, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Reso- lución." Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 14011 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales contra presuntos responsa-bles de perjuicio económico ocasiona- do a PROV˝AS NACIONAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 573-2003-MTC/02 Lima, 23 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Especial Nº 002-2003-02-0661- PROVÍAS NACIONAL-GAI, Responsabilidad Civil por Gestión Irregular de Funcionarios en Unidad Zonal XV Moquegua - Tacna, Enero a Setiembre 2002, la Gerencia de Auditoría Interna del Proyecto Especial de Infraestruc- tura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, re- comienda que se inicie los trámites correspondientes ante las instancias competentes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que el Procurador Público inicie las acciones civiles contra los presuntos responsables del incumplimiento de obligaciones señaladas en el cita- do Informe, al haber causado perjuicio económico al Es- tado - PROVÍAS NACIONAL; Que, del Informe Especial mencionado se desprende que se evidencian indicios de responsabilidad civil de José Antonio Valdivia Chumpitaz y Juan Mauricio Farah Quin- tanilla, por el alquiler de equipo mecánico y unidades de transportes a los cuales se les proporcionó combustible, a pesar que en los respectivos contratos de alquiler se consignara que el propietario correría con este gasto, causándose un perjuicio económico a la entidad de S/. 51 031,63 (Cincuenta y Un Mil Treinta y Uno y 63/100 Nuevos Soles); Que, en el citado Informe Especial se señala que en diversos contratos de movilización de maquinaria suscritos por José Antonio Valdivia Chumpitaz, se ha constatado que a pesar que el texto del contrato estipulaba que el pago del servicio sería por horas efec- tivas de trabajo, en las liquidaciones suscritas por Juan Mauricio Farah Quintanilla se ha valorizado el servicio prestado teniendo en cuenta el kilometraje recorrido y no las horas de trabajo, causándose un perjuicio al Estado de S/. 2 652,89 (Dos Mil Seiscientos Cincuenta y Dos y 89/100 Nuevos Soles); Que, el Informe Especial citado, señala que el 23 de octubre del 2002, José Antonio Valdivia Chumpitaz e Iván Andrés Carbajal Aparicio autorizan el pago de tres Com- probantes de Pago por las sumas de S/. 68 690,48 (Se- senta y Ocho Mil Seiscientos Noventa y 48/100 Nuevos Soles), S/. 68 690,48 (Sesenta y Ocho Mil Seiscientos