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PÆg. 245391 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de junio de 2003 de los pacientes con patología odontoestomatológica en al ámbito de su competencia y con proyección a la fami- lia y a la comunidad, mediante el diagnóstico precoz y tratamiento oportuno c) Realizar atención y tratamiento especializado en odontología estomatológica y cirugía bucal. d) Proponer, ejecutar y evaluar protocolos y procedi- mientos de atención odontoestomatológica especializa- da, orientados a brindar un servicio eficiente y eficaz. e) Estimular, orientar y monitorear la investigación, en el campo de su competencia, así como apoyar la docencia, en el marco de los convenios correspondien- tes. f) Asegurar el cumplimiento de las normas de biose- guridad. g) Programar y evaluar la atención de la salud bucal, para el cumplimiento de los objetivos del Hospital.” Artículo 32º.- Departamento o Servicio de Emer- gencia y Cuidados Críticos En el artículo correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones se deberá incluir el siguiente texto: “Es la unidad orgánica encargada de realizar trata- miento médico quirúrgico de emergencia y de cuidados críticos, proporcionando permanentemente la oportuna atención de salud, a todas las personas cuya vida y/o salud se encuentre en grave riesgo o severamente alte- rada; depende del órgano de dirección y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales: a) Proporcionar atención médico-quirúrgica de emer- gencia a toda persona que acuda en su demanda duran- te las 24 horas del día. b) Realizar la evaluación y tratamiento de pacientes en situación de emergencia o grave compromiso de la salud y de la vida, iniciando sus acciones desde el ámbi- to prehospitalario e integrado a las acciones hospitala- rias, en estrecha coordinación y cooperación con el equi- po multidisciplinario de salud y en el ámbito de su com- petencia. c) Coordinar con otras unidades orgánicas involu- cradas en el proceso de atención en Emergencia y Cui- dados Críticos, para garantizar una adecuada y oportu- na intervención especializada. d) Proponer, ejecutar y evaluar los protocolos y pro- cedimientos de atención médico-quirúrgicos de emer- gencia, orientados a brindar un servicio eficiente, eficaz y con calidad. e) Organizar e implementar la atención en Emergen- cia y cuidados Críticos que asegure una atención médi- co-quirúrgica suficiente y necesaria durante las 24 ho- ras del día f) Mejorar continuamente las capacidades y equipa- miento para la atención de emergencia y cuidados críti- cos. g) Organizar y preparar equipos multidisciplinarios calificados en acciones de reanimación cardiorespirato- rio y tratamiento de soporte correspondiente. h) Asegurar el cumplimiento de las Normas de Biose- guridad en Emergencia y en Cuidados Críticos. i) Estimular, orientar y monitorear la investigación, en el campo de su competencia, así como apoyar la docen- cia, en el marco de los convenios correspondientes . j) Programar y evaluar la atención en Emergencia y Cuidados Críticos, para el cumplimiento de los objetivos del Hospital.” Artículo 33º.- Departamento de Anestesiología y Centro Quirúrgico. En el artículo correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones se deberá incluir el siguiente texto: “Es la unidad orgánica encargada de realizar la aten- ción especializada de anestesia y analgesia a los pa- cientes en las etapas preoperatoria, intraoperatoria y post-operatoria, procedimientos de emergencia, terapia del dolor, reanimación cardiovascular y gasoterapia; así como de la organización y funcionamiento del Centro Quirúrgico y las unidades de recuperación; depende del órgano de dirección y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:a) Realizar la evaluación y atención especializada de pacientes a ser sometidos a intervenciones quirúrgicas programadas o de emergencia, coordinando estrecha- mente sus acciones, con las unidades orgánicas de ci- rugía y emergencia y los equipos multidisciplinarios co- rrespondientes. b) Realizar la evaluación anestesiológica, prepara- ción preanestésica y aplicación del anestésico; así como el control anestésico intra y postoperatorio. c) Elaborar el programa operatorio de acuerdo a las solicitudes. d) Proponer, ejecutar y evaluar los protocolos y pro- cedimientos de atención anestesiológica, orientados a brindar un servicio eficiente, eficaz y con calidad. e) Velar por el buen uso y mantenimiento de los equi- pos e instrumentales quirúrgicos, así como del manteni- miento en condiciones de seguridad, higiene y asepsia de las salas quirúrgicas. f) Asegurar el cumplimiento de las normas de biose- guridad g) Organizar y preparar equipos multidisciplinarios calificados en acciones de reanimación cardiorrespira- toria y postanestésica, así como en el tratamiento de soporte correspondiente, según la disponibilidad de me- dios y recursos existentes y de la magnitud del proble- ma de salud. h) Estimular, orientar y monitorear la investigación, en el campo de su competencia, así como apoyar la docencia, en el marco de los convenios correspondien- tes . i) Programar y evaluar la atención especializada en anestesiología, para el cumplimiento de los objetivos del Hospital.” Artículo 34º.- Departamento de Patología Clínica y Anatomía Patológica. En el artículo correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones se deberá incluir el siguiente texto: “Es la unidad orgánica encargada de proporcionar ayuda técnica especializada mediante la ejecución de procedimientos y pruebas analíticas en líquidos y se- creciones corporales para el diagnóstico, tratamiento y prevención de las enfermedades, así como mediante exámenes citológicos, histopatológico y necropsias, de- pende del órgano de dirección y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales: a) Realizar procedimientos y pruebas analíticas he- matológicas, bioquímicas, inmunológicas y microbiológi- cas en los diferentes fluidos corporales, en apoyo al diagnóstico y tratamiento de los pacientes. b) Lograr la captación de donantes de sangre, la re- colección, el procesamiento, el almacenamiento y la pro- visión de sangre y sus derivados a los pacientes que requieran los hemoderivados, debidamente tipificados y evaluados. c) Contribuir con el manejo y tratamiento hematológi- co de los pacientes en Hospitalización y Emergencia. d) Ejecutar necropsias y estudios post mortem. e) Realizar estudios, citológicos e histopatológicos en las muestras de tejidos y secreciones. f) Realizar estudios y exámenes macro y microscó- picos de biopsias y piezas quirúrgicas. g) Estimular, orientar y monitorear la investigación, en el campo de su competencia, así como apoyar la docencia, en el marco de los convenios correspondien- tes. h) Asegurar el cumplimiento de las normas de biose- guridad correspondientes. i) Programar y evaluar el servicio en el horario esta- blecido y las 24 horas en emergencia, para el cumpli- miento de los objetivos del Hospital.” Artículo 35º.- Departamento de Diagnóstico por Imágenes En el artículo correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones se deberá incluir el siguiente texto: “Es la unidad orgánica encargada de brindar la ayu- da para la prevención, el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y la investigación mediante el empleo de