Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2003 (04/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2003

ria General de la Republica dentro de los plazos legales establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 10355

dad Europea y la Republica del Peru relativo al "Apoyo a la Modernizacion del Sector Salud y su Aplicacion en una Region del Peru", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 22 de diciembre de 1997. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de junio del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica

FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 015-2003-PRODUCE Mediante Oficio Nº 619-2003-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Produccion solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 015-2003-PRODUCE, publicado en nuestra edicion del dia 30 de MORDAZA de 2003, en la pagina 245084. En el Articulo 1º DICE: Articulo 1º.- Constituir una Comision Especial (...), la misma que estara conformada de la siguiente manera: 1) El Secretario Tecnico del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) o su representante, quien la presidira. (...) 11) 1 representante de la Universidad San MORDAZA MORDAZA de Ica. DEBE DECIR: Articulo 1º.- Constituir una Comision Especial (...), la misma que estara conformada de la siguiente manera: 1) El Secretario Tecnico del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) o su representante, quien la presidira. (...) 10) 1 representante de la Universidad San MORDAZA MORDAZA de Ica. 10359 MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 10480

Modifican estructura de asignaciones mensuales para las Embajadas y Representaciones Permanentes y para los Consulados del Peru en el exterior
DECRETO SUPREMO Nº 070-2003-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-97-RE, se establecen las normas relativas a la administracion de las asignaciones para gastos de funcionamiento y gestion de las Misiones del Servicio Exterior de la Republica; Que, la gestion de los recursos del Estado en una sociedad democratica exige la observancia de los principios de transparencia, eficacia y responsabilidad en la ejecucion del gasto; Que, en este sentido, es indispensable que las asignaciones mensuales que perciben las Misiones del Servicio Exterior de la Republica y la ejecucion del gasto se efectuen en funcion de las prioridades de la politica exterior y de programas de actividades dirigidos a su ejecucion; Que, es necesario adoptar una metodologia para establecer las asignaciones mensuales en base a una ponderacion de indicadores objetivos y las prioridades de politica exterior, aprobandose para tal efecto una nueva estructura de las asignaciones con cuatro componentes, tanto para las Embajadas y Representaciones Permanentes como para los Consulados del Peru en el exterior; Que, en consecuencia, es necesario optimizar la gestion administrativa y financiera de las Misiones del Servicio Exterior de la Republica, para lo cual se requiere modificar el MORDAZA legal vigente; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo Primero.- DE LA ASIGNACION MENSUAL A las Misiones del Servicio Exterior de la Republica se les otorgara una asignacion mensual, que sera aprobada mediante Resolucion Ministerial, la cual tendra cuatro componentes, segun se detalla a continuacion: a) En el caso de las Embajadas y Representaciones Permanentes, la asignacion mensual comprende: los gastos de funcionamiento; el presupuesto para el programa de relaciones politico-diplomaticas; el presupuesto para el programa de negociacion y promocion comercial, inversiones y turismo; y, el presupuesto para el programa de negociacion y promocion cultural. b) En el caso de las Oficinas Consulares, la asignacion mensual comprende: los gastos de funcionamiento; el presupuesto para el programa de asistencia legalhumanitaria y servicios consulares; el presupuesto para el programa de promocion comercial, inversiones y turismo; y, el presupuesto para el programa de promocion cultural. Articulo Segundo.- DE LOS COMPONENTES DE LA ASIGNACION MENSUAL Los componentes de la asignacion mensual a que se refiere el articulo precedente, se definen de la siguiente manera:

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Convenio de Financiacion con la Comunidad Europea relativo al "Apoyo a la Modernizacion del Sector Salud y su Aplicacion en una Region del Peru"
DECRETO SUPREMO Nº 069-2003-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 22 de diciembre de 1997, se suscribio en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el Convenio Nº PER/B7-310/IB/97/209 Convenio de Financiacion entre la Comunidad Europea y la Republica del Peru relativo al "Apoyo a la Modernizacion del Sector Salud y su Aplicacion en una Region del Peru"; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Convenio Nº PER/B7-310/ IB/97/209 Convenio de Financiacion entre la Comuni-

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