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PÆg. 245379 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de junio de 2003 a) Gastos de Funcionamiento.- Recursos destina- dos a asegurar que la Misión cuente con la infraestructu-ra y los recursos mínimos para su normal funcionamien-to y adecuada capacidad de representación. b) Presupuesto para el Programa de Relaciones Político-diplomáticas.- Recursos destinados a finan- ciar las actividades de la Misión de naturaleza político-diplomática que contribuyan al cumplimiento de los obje-tivos de política exterior establecidos por la Alta Direc-ción. c) Presupuesto para el Programa de Asistencia Legal-Humanitaria y Servicios Consulares.- Recur- sos destinados a financiar las actividades dirigidas amejorar la atención al público y contribuir a la celeridad,eficacia, y mejora de la calidad de los servicios presta-dos por las Oficinas Consulares a los connacionales. También financia el desplazamiento físico de los Cónsu- les en servicios itinerantes dentro de su circunscripciónconsular, así como la asistencia legal-humanitaria a losconnacionales cuando las circunstancias lo ameriten ysegún exista disponibilidad presupuestal. d) Presupuesto para el Programa de Negociación y Promoción Comercial, Inversiones y Turismo.- Recursos destinados a financiar actividades de inteli-gencia comercial, difusión de oportunidades de nego-cios e inversión; así como la promoción de la ofertaexportable de bienes y servicios del Perú a fin de incre-mentar el porcentaje de participación de productos pe- ruanos en el mercado de destino correspondiente. Este programa también comprende las actividades de promo-ción del Perú como lugar de destino para el turismo. e) Presupuesto para el Programa de Negociación y Promoción Cultural.- Recursos destinados a financiar las actividades de carácter cultural de la Misión en función de la política cultural del Estado, con el propósito de vincularlas estrechamente con la proyección de una positiva imageninternacional del Perú. Estas actividades también se orientanal mantenimiento y desarrollo de los vínculos culturales en-tre los ciudadanos peruanos que radican en el exterior y suscomunidades de origen. Artículo Tercero.- DE LOS GASTOS EXTRAORDI- NARIOS En caso que sea necesario cubrir egresos excepcionales, que por su naturaleza no pudieron pre-verse como gastos ordinarios, mediante Resolución Mi- nisterial se podrá otorgar una asignación extraordinaria para la Misión que así lo requiera, previo informe favora-ble de la Dirección General de Administración y siemprey cuando exista disponibilidad presupuestal. Artículo Cuarto.- DE LAS RESPONSABILIDADES El funcionario que ocupe la segunda jerarquía en cada misión será el Administrador de Fondos, quien será res-ponsable de la administración de los recursos y la ejecu-ción del gasto. El respectivo Jefe de Misión supervisarála gestión del Administrador de Fondos. Ambos funcio-narios asumirán responsabilidad solidaria en la adminis- tración de recursos y la ejecución del gasto. Artículo Quinto.- DEL USO DE LA ASIGNACIÓN MENSUAL Las Misiones utilizarán los presupuestos asigna- dos a los programas de política exterior, distintos a los gastos de funcionamiento, para el financiamiento de sus respectivos programas anuales de activida-des en los rubros respectivos, los mismos que serándebidamente aprobados por los órganos de líneacompetentes. Artículo Sexto.- DE LOS PROGRAMAS ANUALES DE ACTIVIDADES Los programas anuales de actividades de cada Mi- sión se elaborarán de manera participativa y concertadaentre la respectiva Misión y los órganos de línea compe-tentes, y se aprobarán de acuerdo al siguiente detalle: a) Las actividades anuales del Programa de Relacio- nes Político-Diplomáticas serán aprobadas por laSubsecretaría para Asuntos de América, la Subsecreta-ría para Asuntos de Europa o la Subsecretaría paraAsuntos de Asia y Cuenca del Pacífico, en función de la región geográfica en que se encuentre acreditada la Mi- sión concernida. b) Las actividades anuales del Programa de Asis- tencia Legal-Humanitaria y Servicios Consulares seránaprobadas por la Subsecretaría de Comunidades Perua- nas en el Exterior. c) Las actividades anuales del Programa de Nego- ciación y Promoción Comercial, Inversiones y Turismo serán aprobadas por la Subsecretaría de Asuntos Eco- nómicos, en coordinación con la Oficina Ejecutiva dePromoción Económica. d) Las actividades anuales del Programa de Nego- ciación y Promoción Cultural serán aprobadas por laSubsecretaría de Política Cultural Exterior, en coordina- ción con la Oficina Ejecutiva de Promoción Cultural. Artículo Séptimo.- DE LAS TRANSFERENCIAS ENTRE PROGRAMAS En casos excepcionales y por razones debidamente fundamentadas por parte del Jefe de Misión, la Direc- ción General de Administración podrá autorizar transfe- rencias de montos entre los programas de política exte-rior, de éstos al componente de gastos de funciona-miento y viceversa. En estos casos, las transferenciasdeben contar con la opinión favorable del órgano de lí-nea competente y, en lo posible, no deben afectar la ejecución del Programa Anual de Actividades respecti- vo. El cumplimiento de estas disposiciones, como todaslas cuestiones relativas a la administración, esresponsabilidad de la Secretaría de Administración delMinisterio de Relaciones Exteriores. Artículo Octavo.- NORMAS REGLAMENTARIAS Encárguese a la Dirección General de Administra- ción, para que en el plazo de treinta (30) días calendario,contados a partir de la publicación del presente DecretoSupremo, elabore el nuevo Reglamento para la adminis-tración de las asignaciones de las Misiones del Servicio Exterior de la República, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial. Artículo Noveno.- DE LA ADMINISTRACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL SEGUNDO TRIMES-TRE La administración y rendición de cuentas correspon- diente al segundo trimestre del año en curso, se hará deacuerdo a lo establecido en el nuevo Reglamento al quese hace referencia en el artículo precedente. Artículo Décimo.- APLICACIÓN DE LA RESO- LUCIÓN MINISTERIAL Nº 138-97-RE En tanto se apruebe el nuevo Reglamento para la admi- nistración de las asignaciones de las Misiones del ServicioExterior de la República, mantiene su vigencia la ResoluciónMinisterial Nº 138/RE, en lo que no se oponga a lo estableci-do en el presente Decreto Supremo. Artículo Undécimo.- DEROGACIÓN Deróguese el Decreto Supremo Nº 005-97-RE, del 18 de febrero de 1997. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de junio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 10481 Modifican artículo del Reglamento Con- sular del Perœ, sobre asignación men-sual por concepto de gastos demantenimiento de local a funcionariosconsulares honorarios DECRETO SUPREMO Nº 071-2003-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del artículo 1º de la Convención de Viena sobre Relacio-