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PÆg. 245712 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de junio de 2003 das Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC); y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Ginebra, Suiza, se llevará a cabo del 22 al 26 de junio de 2003 la Tercera Reunión del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) dela Organización Mundial del Comercio (OMC), auspicia- do por el Departamento de Agricultura de Estados Uni- dos (USDA) y el Instituto Interamericano de Cooperaciónpara la Agricultura (IICA); Que, en la reunión antes mencionada se tratarán te- mas como las restricciones sanitarias y fitosanitarias alos productos agropecuarios de los países miembros de la OMC, evaluación de propuestas para avanzar en las discusiones y ayudar a aclarar la aplicación de la equi-valencia, retomar las solicitudes de los países miem- bros para la asistencia técnica, entre otros; Que, la Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA ha sido designada para participar en el even- to internacional antes mencionado; Que, los gastos que irrogue la presente Resolución serán asumidos íntegramente por el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y su Reglamento apro- bado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la LeyNº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2003; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora ELSA CAR- BONELL TORRES, Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 20 al 26 junio de 2003, para participar en la Tercera Reunión delComité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos íntegramen- te por el Departamento de Agricultura de Estados Uni- dos (USDA) y el Instituto Interamericano de Coopera-ción para la Agricultura (IICA). Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La funcionaria, cuyo viaje se autoriza, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno alpaís, deberá presentar un informe al Titular del Sector sobre la misión encomendada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 10855 Designan Asesor para apoyar a la Alta Dirección y a la Comisión de Trans-ferencia en el Proceso de Descen-tralización y Regionalización en el Sec-tor Agrario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0503-2003-AG Lima, 9 de junio de 2003 VISTA: La autorización del señor Viceministro para la contratación de un Asesor; CONSIDERANDO: Que, se ha visto por conveniente la contratación de un profesional para asesorar y apoyar a la Alta Direc-ción del Ministerio de Agricultura y a la Comisión de Trans-ferencia en el Proceso de Descentralización y Regionali- zación en el Sector Agrario; Que, el mencionado profesional dependerá directa- mente del Despacho Viceministerial y estará adscrito a la Oficina General de Planificación Agraria; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgáni- ca del Ministerio de Agricultura y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con efectividad al 19 de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2003, al Ing. Gil Au- gusto Guerrero de los Ríos, como Asesor para apoyar ala Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y a la Comi- sión de Transferencia en el Proceso de Descentralización y Regionalización en el Sector Agrario; quien dependerádirectamente del Despacho Viceministerial y estará ads- crito a la Oficina General de Planificación Agraria. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 10861 Modifican artículos de resolución que aprobó el Reglamento de Ferias y Even- tos Agropecuarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0505-2003-AG Lima, 9 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0313-94-AG de fecha 23 de junio de 1994, se aprobó el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, con la finalidad deincentivar la libre participación de las personas natura- les o jurídicas vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local; Que, mediante el artículo 6º del Reglamento aprobado por la Resolución Ministerial señalada en el considerando precedente, se dispuso que la Oficina de Planificación Agra-ria del Ministerio de Agricultura compilará y difundirá el Ca- lendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios, asi- mismo propondrá para su aprobación correspondiente, laautorización de las Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel internacional que se realicen en el país; Que, asimismo a través del artículo 20º del citado Reglamento, se dispone que las Direcciones Regiona- les y Subregionales Agrarias, remitan para conocimiento, difusión y fines estadísticos a la Oficina de PlanificaciónAgraria del Ministerio de Agricultura sus respectivos Calendarios Regionales de Ferias y Eventos Agropecua- rios a más tardar en el mes de noviembre de cada año; Que, la Dirección General de Promoción Agraria, según el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado mediante DecretoSupremo Nº 017-2001-AG, es un órgano de línea de la actual estructura orgánica del Ministerio de Agricultura; Que, se ha visto por conveniente modificar las disposi- ciones efectuadas a la Oficina de Planificación Agraria referido en el segundo y tercer considerando y; De conformidad con lo establecido en el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese los Artículos 6º y 20º de la Resolución Ministerial Nº 0313-94-AG, por los tex- tos siguientes: "Artículo 6º.- La Dirección General de Promoción Agra- ria del Ministerio de Agricultura compilará y difundirá el Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecua-rios, asimismo propondrá para su aprobación correspon-