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PÆg. 245729 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de junio de 2003 para el establecimiento de los reglamentos internos del proyecto; - tomar las disposiciones necesarias para garantizar la exoneración de impuestos, derechos y tasas de los bienes, equipos, materiales e insumos adquiridos concargo a la contribución financiera de la CE, para el es- tricto empleo en las acciones definidas en el Convenio de Financiación. - dar el apoyo necesario a los expertos europeos, reconociéndoles el estatuto de expertos internacionales ONU y otorgarle la consecuente exención de tasas eimpuestos para importación de sus efectos, vehículos personales y sobre sus salarios; - permitir y facilitar a la CE y al Tribunal de Cuentas de la CE la inspección en cualquier momento, de los archi- vos y de las cuentas relacionadas con la ejecución del presente convenio y la obtención de copias. Tambiénpermitirá a la CE o a la persona autorizada por la misma, proceder a la auditoría de dichas cuentas y archivos tanto durante como después de la finalización del pro-yecto; - informar a la Comisión sin demora, sobre cualquier condición que interfiera o que pueda interferir en la bue-na ejecución del Proyecto; - facilitar la instalación, asegurar la representatividad y dinamizar el funcionamiento del Comité Consultivo,como órgano de crucial importancia para el buen funcio- namiento del programa, a nivel de su concepción, ope- ratividad, coordinación intersectorial e interinstitucionaly seguimiento. 2. Información ComunitariaEl presente programa deberá realizarse en condicio- nes que permitan, en todas las ocasiones la máximavisibilidad de la cooperación gestionada por la Comisión de las Comunidades Europeas. La contraparte velará particularmente para evitar que pueda establecerse una confusión entre el pre- sente programa y proyectos financiados por otros organismos internacionales y otros donantes, con elfin de asegurar la transparencia necesaria en la visi- bilidad de la cooperación entre la Comunidad Euro- pea y Perú. La máxima importancia en la aplicación de esta re- gla de conducta deberá ser concedida en las manifes- taciones, eventos y actos públicos organizados dentrodel presente Programa, igualmente en la realización de todos los documentos con carácter público u oficial en relación con el Programa. Las realizaciones físicas, losequipos y la documentación utilizada en la realización de las acciones deberán llevar claramente el símbolo europeo (bandera azul con 12 estrellas amarillas) en lalengua oficial de los beneficiarios. La simbología que identifique a la Comunidad será de la misma dimensión y entidad que la de los organismos participantes, encaso de figurar. Todas esas acciones serán concerta- das en estrecha colaboración con la Delegación de la Comisión. A fin de asegurar a la Cooperación desarrollada por la Comunidad Europea la máxima visibilidad, se realiza- rán acciones de relaciones públicas y de publicidad, parahacer conocer y valorizar el Proyecto. El plan de acción detallado de las actividades de di- vulgación, relativo a este Proyecto será sometido a laaprobación de la Comisión, antes la puesta en marcha del Proyecto. 3. Otros Protección del medio ambienteQuedará excluida del ámbito de acción del proyecto toda actividad productiva que pudiera implicar daños irre-versibles para el medio ambiente, así como toda empre- sa que no respete la legislación nacional vigente de pro- tección del medio ambiente. Especial atención a los aspectos de género El Beneficiario se compromete a fomentar la integración activa de la mujer, sin ningún tipo de discriminación, en las diferentes etapas del ciclo delProyecto, desde los procedimientos de selección del personal local hasta la realización y supervisión delas actividades del Proyecto. MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO En el marco del proceso de identificación del "Proyec- to de apoyo a la Modernización del Sector Salud y suAplicación en una Región del Perú", que la Comisión Europea tiene intención de financiar en el ámbito de su programa de cooperación con el Perú durante el año1997, se establece entre el Gobierno del Perú y la Comi- sión Europea, el presente "Memorándum de entendi- miento", que expresa los compromisos que acepta elGobierno de Perú para alcanzar los objetivos que se propone el proyecto, asegurar su viabilidad, reducir los riesgos en su ejecución y asegurar el autosostenimientoposterior. El proyecto trata de apoyar la aplicación práctica de la política de salud del Gobierno de Perú, expresada enel documento "Lineamientos de política de salud, 1995- 2000"; En tal sentido, el proyecto incluye tanto el proce- so de desarrollo institucional del Ministerio de Salud anivel central, necesario para conducir el proceso de modernización, como la puesta en marcha de experien- cias de reforma en una región de Perú. La colaboracióndel Ministerio de Salud y del Gobierno de la República de Perú en su conjunto, resultan críticos para el buen fin del proyecto, debido a la necesidad de reformar los meca-nismos de financiación de los servicios sanitarios, así como permitir nuevas formas de gestión de las institu- ciones que prestan servicios de salud. Este "Memorándum" pasa a integrar el dispositivo normativo a establecer en el "Convenio de Financiación" y por ello las disposiciones acordadas y expresadas eneste documento, que junto a las que estarán incluidas en dicho Convenio, constituyen el marco de las "Condicio- nes Especiales -Compromisos del Beneficiario", quesoportan y viabilizan la realización del proyecto: 1. Los objetivos de la política de salud exigen mante- ner los esfuerzos de financiación pública realizados en los últimos cuatro años, al menos manteniendo la asigna- ción financiera actual en los presupuestos generales dela nación para el sector de la salud, en relación con la riqueza medida por el PIB; 2. Además, progresivamente se adoptarán políticas de distribución del presupuesto sanitario que favorez- can a las regiones más empobrecidas y con mayores necesidades básicas y de salud, corrigiendo las actua-les inequidades existentes en el reparto del gasto sani- tario; 3. El Ministerio de Salud seguirá profundizando con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en la línea de flexibilización presupuestaria ya emprendida en el pre- sente ejercicio presupuestal, y dotar de una mayor co-ordinación e integración a las fuentes de financiación de la sanidad (transferencias del MEF a las Regiones, ru- bros presupuestales del Ministerio de Salud, programaverticales del Tesoro Público y de financiación externa, inversiones en infraestructura y equipamientos sanita- rios del Ministerio de la Presidencia, y otros que puedahaber), con el fin de permitir una mejor programación y financiación de las políticas de redireccionamiento del gasto sanitario y un uso eficiente del mismo; 4. Se adoptará una política tarifaria nacional que, si bien permita recuperar los costes de la atención ofreci- da en los establecimientos públicos, identifique efectiva-mente a la población sin recursos, para acceder al pa- quete básico de servicios; 5. El Gobierno de Perú desarrollará y aprobará los instrumentos normativos necesarios para hacer posible la aplicación práctica del sistema de modernización de la salud diseñados por el Ministerio de Salud. En particular:instrumentará normativamente los mecanismos de iden- tificación de usuarios a utilizar (en coordinación con los programas de lucha contra la pobreza establecidos in-tersectorialmente y coordinados desde el Ministerio de la Presidencia) determinará el paquete de servicios bá- sicos de salud para apoyar a la población pobre, instru-mentará la autonomía de gestión para las redes de ser- vicios asistenciales que se proponen crear y se permiti- rá la introducción de incentivos para estimular la produc-