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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (30/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 247129 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de junio de 2003 tadores de transporte aéreo nacionales e interna- cionales; regulares y no regulares. 121.355Equipos para operaciones en las cuales se usan medios de navegación especializados. 121.356Sistema anticolisión y de alerta de tráfico (TCAS/ ACAS II). 121.357 Requerimientos de equipos de radar meteorológi- co a bordo. 121.358Requerimientos de equipos del sistema de cor- tantes de vientos a baja altitud ("wind shear"). RESERVADO 121.359Registrador de voces de cabina. 121.360Sistema de alerta de proximidad a tierra (GPWS) / Sistema de alerta de desviación de la pendiente de planeo. SUBPARTE L: MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y ALTERACIONES 121.361Aplicabilidad. 121.363Responsabilidad de aeronavegabilidad. 121.365Organización del mantenimiento, mantenimiento preventivo y alteraciones. 121.367Programa de mantenimiento, mantenimiento pre- ventivo y alteraciones. 121.369Requerimientos del Manual General de Manteni- miento. 121.370Evaluación de reparaciones para fuselajes pre- surizados. 121.371 P ersonal de inspección requerido. 121.372Administración del sistema de mantenimiento. 121.373Análisis y vigilancia continua. 121.374Sistema de calidad. 121.375Programa de instrucción de mantenimiento y mantenimiento preventivo. 121.377Limitaciones del tiempo de trabajo del personal de mantenimiento y mantenimiento preventivo. 121.378Requerimientos de un AOC que utiliza un siste- ma equivalente de mantenimiento. 121.379Autoridad para efectuar y aprobar mantenimien- to, mantenimiento preventivo y alteraciones. 121.380Requerimientos del registro de mantenimiento. 121.380(a) Transferencia del registro de mantenimiento. 121.380(b) Reportes de discrepancias mecánicas. SUBPARTE M: REQ UERIMIENTOS PARA LA TRIPU- LACIÓN Y PERSONAL AERONÁUTICO 121.381Aplicabilidad. 121.383 Tr ipulante aéreo: Tripulante técnico (T/T) y Tripu- lante auxiliar (T/A). 121.385Composición de las tripulaciones de vuelo. 121.387Ingeniero de vuelo. 121.389Navegante de vuelo y equipos especiales de na- vegación. 121.391 Tr ipulantes auxiliares (T/A). 121.395 Despachador de aeronave: Explotadores de trans- porte aéreo regulares nacionales e internaciona- les. 121.397Emergencia y tareas de evacuación de emergen- cia. SUBPARTE N: PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO121.400Aplicabilidad y los términos usados. 121.401Programa de entrenamiento: Generalidades. 121.402Programa de entrenamiento: Reglas especiales. 121.403Programa de entrenamiento: El currículum. 121.404 Entrenamiento en Administración de Recursos de Tripulantes y Despachadores (CRM y DRM): Fe- cha de cumplimiento. 121.405 Programa de instrucción y revisiones: Aprobación inicial y final. 121.406 Créditos para entrenamientos iniciales CRM/DRM. 121.407Programa de instrucción: Aprobación de simula- dores de avión y otros dispositivos de instruc- ción y entrenamiento. 121.409Cursos de capacitación que usan simuladores de avión y otros dispositivos de entrenamiento. 121.411Calificaciones para Examinador Designado de vuelo de avión (EDE de avión) y ExaminadorDesignado de vuelo de simulador (EDE de simu-lador). 121.412Calificaciones para instructor de vuelo (avión) e instructor de vuelo (simulador).121.413Entrenamiento y chequeo inicial y de transición requeridos para EDE (avión) y EDE (simulador). 121.414Entrenamiento y chequeo inicial y de transición requeridos para instructores de vuelo (avión) einstructores de vuelo (simulador). 121.415Requisitos de instrucción para tripulantes aéreos y despachadores. 121.417 Tr ipulantes aéreos: Entrenamiento de emergen- cia. 121.418Entrenamiento de diferencias: Tripulantes aéreos y despachadores. 121.419Pilotos e ingenieros de vuelo: Instrucción en tie- rra inicial, de transición, y de promoción. 121.420 Nav egantes de vuelo. 121.421 Tr ipulantes auxiliares (T/A): Instrucción inicial y de transición en tierra. 121.422Despachador de aeronaves: Instrucción inicial y de transición en tierra. 121.424Pilotos: Instrucción inicial, de transición y de pro- moción en vuelo. 121.425Ingenieros de vuelo: Instrucción inicial y de tran- sición en vuelo. 121.426 Reservado. 121.427Entrenamiento de refresco. 121.429Entrenamiento de recalificación 121.430Drogas prohibidas. (Reservado) SUBPARTE O: CALIFICACIÓN DE LA TRIPULACIÓN121.431Aplicabilidad. 121.432 Generalidades.121.433 Entrenamiento requerido. 121.433a Requerimientos de capacitación: Manipulación y transporte de artículos peligrosos y mate-riales magnetizados. 121.434Experiencia operativa. 121.435Operaciones de helicóptero: Transportadores aé- reos especiales y operador comercial. 121.437Calificación de pilotos: Licencias requeridas. 121.438Limitaciones de operación de los pilotos. 121.439Requisitos de piloto: Experiencia reciente. 121.440Chequeos de línea (chequeo en ruta). 121.441Chequeos de proficiencia. 121.443Requisito de piloto al mando: Ruta y aeropuer- tos. 121.445Piloto al mando: Calificación de aeropuerto. 121.453Experiencia reciente: Ingeniero de vuelo. 121.455Uso de drogas prohibidas. 121.457Pruebas de drogas prohibidas. SUBPARTE P: TIEMPO LÍMITE DE JORNADA Y CALI- FICACIÓN PARA DESPACHADORESDE AERONAVES: TRANSPORTADO- RES REGULARES NACIONALES E IN- TERNACIONALES 121.461Aplicabilidad. 121.463Calificaciones del despachador de aeronave. 121.465Limitaciones de jornada de trabajo para despe- chadores de vuelo: Explotadores aéreos nacio- nales e internacionales regulares. SUBPARTE Q: LIMITACIONES DE JORNADA DE VUE- LO, JORNADA DE TRABAJO Y REQUI-SITOS DE DESCANSO REGLAMENTA- RIO APLICABLES A TODOS LOS TRANSPORTADORES AÉREOS 121.470Aplicabilidad. 121.470a Definiciones. 121.471Limitaciones de tiempo de vuelo y requerimien- tos de descanso reglamentario: Todos los tripu- lantes aéreos. 121.472Programación y vigilancia. 121.473Limitaciones de tiempo de vuelo: Otras operacio- nes comerciales de vuelo. 121.475Limitaciones de tiempo de vuelo: Transporte de traslado. ("Deadhead"). SUBPARTE R: LIMITA CIONES DEL TIEMPO DE VUE- LO: EXPLOTADORES AÉREOS REGU- LARES Y NO REGULARES QUE OPE-RAN RUTAS INTERNACIONALES. 121.480Aplicabilidad