Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2003 (30/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Nº 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 EMBARCACION RAQUELITA 2 RAQUELITA 3 MORDAZA 10 MORDAZA SAN MORDAZA SAN GALLAN 9 SAN MORDAZA SAN MORDAZA 3 SANTONA II SECHURA SHELEY SHUR II SIPESA 63 TIBURON 4 VIRGEN DE LA MORDAZA ZHENNA 2 ZHENNA I MATRICULA CE-1257-PM CE-4021-PM SE-1711-PM CO-0194-PM CO-16401-PM CE-0235-PM CO-2771-CM PS-6170-PM CE-1854-PM PT-13533-PM ZS-4145-CM CE-14167-PM CO-20761-PM CE-4120-PM PT-3819-CM CO-10441-PM SE-0751-PM

NORMAS LEGALES
ARMADOR

MORDAZA, lunes 30 de junio de 2003
CUOTA 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 REINTEGRO (S/.) 1979.44 1832.01 1783.42 0.49 2372.80 267.67 306.59 13224.84 385.34 2737.26 2375.51 3676.32 1549.03 2622.81 0.01 2140.60 4078.17 178,526.55 182,638.43

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PESQ. DE COMERCIALIZACION MARITIMA SA. CONSERV. GARRIDO S.A. PEEA LA UNION S.C.R.Ltda. GRUNEPA S.A. PESQ. SAN MORDAZA S.A. PESQ. SAN MORDAZA MORDAZA S.A. EMP. PESQ. EXTRACTIVA S.R.Ltda. PESQ. CAPRICORNIO S.A. CONSERV. GARRIDO S.A. PESQ. SKAVOS S.A.C. PESQ. SHUR S.A.C. GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. MORDAZA SAC. PESQ. VIRGEN DE LA MORDAZA S.R.Ltda. MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA SCRL. SUBTOTAL TOTAL

12121

Otorgan permisos de pesca a personas naturales para operar embarcaciones de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 146-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2003 Vistos los escritos con registro Nº CE-00059003 de fechas 7 de enero y 29 de MORDAZA de 2003, presentados por MORDAZA ECA MORDAZA, su conyuge MORDAZA MORDAZA DE ECA, MORDAZA ECA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ECA. CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26920, se dispuso que los armadores pesqueros que contasen con embarcaciones pesqueras de MORDAZA ya construidas, con una capacidad de bodega mayor a 32.6 m3 hasta 110 m3 y que hubiesen estado realizando faenas de pesca a la fecha de vigencia de dicha Ley, podian solicitar directamente el correspondiente permiso de pesca, sin requerir la autorizacion de incremento de flota que se exige a los demas armadores, conforme lo dispone el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca; Que el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 005-2002PRODUCE modifico el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, estableciendo que los armadores que contasen con embarcaciones pesqueras de MORDAZA con capacidad de bodega mayor a 32.6 m3 hasta 110 m3 y que hubiesen estado realizando faenas de pesca a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26920, podran solicitar permiso de pesca para la extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo y/o indirecto y su ampliacion correspondiente, en un plazo de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Resolucion Ministerial que establezca el procedimiento y los requisitos correspondientes; Que asimismo el mencionado Decreto Supremo establecio que los armadores que soliciten permiso de pesca al MORDAZA de la precitada Ley, quedan exceptuados de las disposiciones contenidas en el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en el numeral 4.3 del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 024-2001-PE y en el Decreto Supremo Nº 031-2001-PE; y ademas, establecio la vigencia de los articulos 4º y 5º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, asi como la obligacion de las embarcaciones que obtengan su permiso de pesca al MORDAZA de dicha Ley de destinar como minimo un tres por ciento (3%) del total de sus capturas anuales para el consumo humano directo, materia prima que sera estibada a bordo en MORDAZA con hielo;

Que mediante Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, publicada el 23 de octubre de 2002, en el Diario Oficial El Peruano, se establecieron las condiciones y requisitos para que los armadores de embarcaciones pesqueras de MORDAZA que se encuentren en los alcances de la Ley Nº 26920, puedan solicitar y obtener los respectivos permisos de pesca; Que mediante los escritos del visto, MORDAZA ECA MORDAZA, su conyuge MORDAZA MORDAZA DE ECA, MORDAZA ECA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ECA solicitan permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "DON ANGEL", de matricula Nº CO-20238-CM, con Arqueo Neto de 19.05 equivalente a 80.02 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta para el consumo humano directo e indirecto y sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos alcanzados y que obran en el expediente sobre solicitud de permiso de pesca para acceder a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta para el consumo humano directo e indirecto y sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo, se ha determinado que los recurrentes han cumplido con los requisitos procesales y sustantivos establecidos por la Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002PRODUCE, y sus respectivas normas complementarias, por lo que resulta procedente otorgar el permiso solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nº 075-2003PRODUCE/DNEPP-Dchi y Nº 153-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fechas 17 de febrero y 26 de marzo de 2003, respectivamente y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y demas normas complementarias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, los Decretos Supremos Nº 0122001-PE y Nº 007-2002-PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a MORDAZA ECA MORDAZA, su conyuge MORDAZA MORDAZA DE ECA, SAN-

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