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PÆg. 240231 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de marzo de 2003 Funcionarios del Viceministerio de Comercio Exterior: a) El Viceministro de Comercio Exterior o su repre- sentante, quien lo presidirá; b) El Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; c) El Director Nacional de Asuntos Multilaterales y Ne- gociaciones Comerciales Internacionales; d) El Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exte- rior; e) El Director Nacional de Descentralización de Comer- cio y Cultura Exportadora; f) El Asesor del Despacho del Viceministro;g) El Director de la Dirección ALCA;h) Un representante de la Oficina General de Estudios Económicos; i) El Coordinador General del Programa, quien actuará como Secretario Técnico. Funcionario de la Comisión de Promoción de Exporta- ciones - PROMPEX: j) El Gerente General.Artículo 2º.- El Comité de Gerencia del Programa - CGP, conformado según el Artículo 1º, tendrá a su cargo la di-rección y supervisión general del Programa y de sus com-ponentes. Artículo 3º.- Son funciones del Comité de Gerencia del Programa: a) Supervisar la ejecución de los componentes y actividades del Programa; b) Revisar y aprobar el Plan Operativo Anual antes de ser enviado al BID, para su aprobación; c) Supervisar el cumplimiento de los Acuerdos del Con- trato de Préstamo Nº 1442/OC-PE; d) Aprobar los reportes del Coordinador General;e) Identificar las situaciones que afecten la marcha del Programa y adoptar las decisiones y acciones correctivascorrespondientes; f) Designar el Comité de Selección para la contratación y adquisición de bienes y servicios, incluyendo la contra-tación de Consultorías relacionadas con los componentesdel Programa que señale el Reglamento Operativo corres-pondiente, de acuerdo al procedimiento establecido al efectoen el Contrato de Préstamo Nº 1442/OC-PE; g) Aprobar la participación de otras entidades en la ejecución de las actividades del Programa y el mecanismopara que ésta se haga efectiva; h) Citar a los miembros de la Unidad Coordinadora del Programa, o a los coordinadores de cada componente,para que informen sobre puntos específicos que se lessolicite; i) Las demás funciones que se le asigne. Artículo 4º.- El Comité de Gerencia del Programa - CGP sesionará al menos una vez cada dos meses. Lassesiones, para ser válidas, requieren necesariamentela asistencia del Viceministro de Comercio Exterior o desu representante, de un Director Nacional y del Secre-tario Técnico. El quórum para las sesiones, en primera convocatoria, es la mitad más uno de los miembros que conforman elCGP; en segunda convocatoria, está dado por el númerode miembros que participen en la reunión. En ambos casosdebe cumplirse el requisito para su validez antes señalado. Los acuerdos del CGP se adoptarán por mayoría de votos de los miembros participantes de la sesión; corres-pondiéndole al Presidente el voto dirimente en caso deempate. Los Acuerdos adoptados por el CGP serán ratificados en la siguiente reunión, remitiéndose una copia del Actacorrespondiente a la representación permanente del BIDen el Perú. Artículo 5º.- El Secretario Técnico tendrá entre sus fun- ciones la de citar a las reuniones del CGP, con una antela-ción no menor de tres (3) días hábiles a la fecha de surealización; así como la elaboración de la Agenda corres-pondiente en coordinación con el Presidente del CGP. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04118Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo de la Socie-dad GeogrÆfica de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2003-MINCETUR/DM Lima, 4 de marzo de 2003 Visto, el Oficio Nº 696-02-ME-SGL-P del Presidente de la Sociedad Geográfica de Lima, mediante el cual solicitala designación de un representante del MINCETUR, anteel Consejo Directivo de dicha Sociedad; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 3º del Estatuto de la Sociedad Geográ- fica de Lima, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-88-ED de fecha 4 de marzo de 1988, norma con fuerza de Leypor efecto del artículo 443º del Decreto Legislativo Nº 556,dispone que son miembros natos del Consejo Directivo losque representan a los sectores; Que, por tanto, procede designar al representante del MINCETUR ante el referido Consejo Directivo, atendiendoel documento de Visto; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Tu-rismo y el artículo 3º del Estatuto de la Sociedad Geográ-fica de Lima, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-88-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor Eduardo Alfonso Sevilla Echevarría, como representante del Ministerio de Comer-cio Exterior y Turismo, ante el Consejo Directivo de la So-ciedad Geográfica de Lima. Artículo 2º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, las disposiciones que se oponen a la presente ResoluciónMinisterial. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04119 Designan miembros del ComitØ Con- sultivo de Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 069-2003-MINCETUR/DM Lima, 4 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 091-98- ITINCI/DM, 202-2001-ITINCI/DM y 147-2002-ITINCI/DM, sedesignó a los miembros del Comité Consultivo de Turismodel antiguo Ministerio de Industria, Turismo, Integración yNegociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI, deconformidad con lo establecido en el Artículo 12.2° de laLey Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turís-tica; Que, mediante Ley Nº 27779 se crea el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, como ente rectoren materia de comercio exterior y turismo, y por Ley Nº27790 se dicta su Ley de Organización y Funciones; Que, conforme al artículo 11º del Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobadopor D.S. Nº 005-2002-MINCETUR, el Comité Consultivo yTurismo es un órgano consultivo del MINCETUR, integradopor no menos de seis (6) ni más de doce (12) miembros,designados por Resolución Ministerial; Que, por tanto, es necesario actualizar la composición del referido Comité, teniendo en cuenta las nuevas repre-sentaciones propuestas, y de acuerdo con lo establecidoen la Ley Nº 26961 antes mencionada; De conformidad con la Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Nº 27790y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;