Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2003 (06/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2003
TITULO X DE LOS ORGANOS DE LINEA CAPITULO I DE LA SECRETARIA GENERAL

para la realizacion de las audiencias publicas, el recibo de los informes de las partes y de los abogados y el encargo de los asuntos administrativos. Criterios para distribucion equitativa Articulo 48º.- El Pleno adoptara criterios y procedimientos para que la distribucion de los procesos entre los siete Magistrados sea equitativa. Para tal efecto, se MORDAZA la rotacion semanal en las MORDAZA y se tendra en cuenta, entre otros, los siguientes factores: 1. Complejidad del asunto; 3. Requerimientos normales de horas de trabajo del despacho, determinados en funcion de la investigacion exigida; 4. Necesidad de informacion adicional; 5. Improcedencia o rechazos liminares previsibles; 6. Especialidad de los asuntos; 8. Urgencia de su tratamiento; y, 9. Posibilidad de ponencia multiple. Modificacion Articulo 49º.- El Plan de Trabajo y la distribucion de los asuntos podra ser modificado por el Pleno por razones de urgencia, calificadas por la mayoria. Coordinacion Articulo 50º.- El Pleno designara dos Magistrados que se encargaran, en coordinacion con el Secretario General, de la distribucion de los expedientes de acuerdo con los criterios establecidos por el Pleno, a fin de que queden aptos para ser vistos en audiencia publica y MORDAZA resueltos dentro de los plazos legales. TITULO IX DEL PERSONAL Regimen Laboral Articulo 51º.- El personal al servicio del Tribunal Constitucional esta sujeto al regimen que establece este Reglamento y, supletoriamente, a la legislacion aplicable a los servidores del Poder Judicial. El horario de trabajo lo determina el Pleno. Despues de cinco anos de servicios, el personal sujeto al regimen de servicios no personales adquiere todos los derechos del personal nombrado, excepto los Asesores Jurisdiccionales. Facultad Articulo 52º.- El personal sera evaluado entre los meses de junio y MORDAZA de cada ano. La evaluacion se realiza por el Pleno del Tribunal o por una comision designada por este. La evaluacion, ademas de los criterios a que se refiere el Articulo 53º, comprende la entrevista personal y tiene el caracter de reservada. Criterios de evaluacion Articulo 53º.- La evaluacion se ajusta a los siguientes criterios: 1. Comportamiento laboral a traves del legajo personal; 2. Experiencia profesional; 3. Confidencialidad; 4. Asistencia y puntualidad; 5. Ortografia, redaccion, etc.; y 6. Estudios de postgrado y participacion en congresos y seminarios o similares. Los incisos 5 y 6 no son aplicables al personal que cumple labores no jurisdiccionales. Cuadro General de Meritos Articulo 54º.- Los resultados de la evaluacion forman el Cuadro General de Meritos para: 1. Su incorporacion al respectivo legajo personal; y 2. La resolucion de contrato de trabajo de los funcionarios desaprobados, incluyendo a los Asesores Jurisdiccionales a que se refiere el Articulo 65º de la Ley Nº 26435. Ratificacion Articulo 55º.- Los Asesores Jurisdiccionales que obtengan calificativos de sobresaliente y aprobado, deberan, ademas, ser ratificados por el Pleno del Tribunal. Si lo solicitan dos Magistrados, podra revisarse la calificacion de cualquier Asesor efectuandose una nueva evaluacion.

Jerarquia Articulo 56º.- La Secretaria General es la MORDAZA autoridad de gestion y de coordinacion jurisdiccional del Tribunal. El Secretario General es designado por el Pleno a propuesta del Presidente del Tribunal. La designaccion se comunicara a los organismos jurisdiccionales que disponga el Presidente. El cargo es de confianza. El Secretario General actua como Secretario del Pleno, con derecho a voz, pero sin voto. Funciones Articulo 57º.-El Secretario General tiene las funciones siguientes: 1. Cumplir los acuerdos adoptados por el Pleno; 2. Cumplir las funciones que, en forma expresa, le deleguen o encarguen el Presidente o el Vicepresidente; 3. Solicitar a los funcionarios respectivos que remitan los informes y documentos que requiera el Pleno, para mejor resolver; 4. Despachar con el Presidente o el Vicepresidente del Tribunal y asesorarlos en los asuntos de su competencia; 5. Canalizar y coordinar la documentacion dirigida a la Presidencia del Tribunal; 6. Supervisar el cumplimiento de las funciones de la Secretaria Relatoria; 7. Refrendar las actas y los acuerdos del Pleno Administrativo; 8. Llevar el registro y archivo de todas las resoluciones administrativas, actas y acuerdos que se expidan en el Tribunal con sus antecedentes; 9. Organizar la recopilacion, clasificacion y publicacion de la jurisprudencia del Tribunal; 10. Certificar las copias solicitadas de los expedientes jurisdiccionales y otros documentos que se encuentren en el archivo de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo del Tribunal; 11. Proponer a la Presidencia la agenda del orden del dia de los Plenos y MORDAZA Jurisdiccionales; 12. Proponer al Pleno las bases de los concursos publicos de meritos; 13. Resolver las peticiones del personal para el ejercicio de funciones docentes o de investigacion, cuando las mismas no hubieran de prolongarse durante mas de siete dias, dando cuenta al Presidente; 14. Proponer a la Presidencia las gestiones con los organismos de cooperacion nacional e internacional, a fin de realizar actividades para el mejor funcionamiento del Tribunal; 15. Asignar a los asesores de acuerdo con su especialidad y el Plan de Trabajo aprobado por el Pleno, quienes coordinaran con los demas asesores, para una homologacion de criterios considerando las pautas y lineamientos que establezcan a traves de sus resoluciones; 16. Supervisar que los asesores asignados para el estudio de las causas propongan el proyecto de ponencia; 17. Convocar y coordinar reuniones de los asesores para tratar los asuntos que, por su complejidad y trascendencia, exijan mayor estudio; 18. Verificar que los asesores despachen las causas, observando el orden de recepcion ; 19. Organizar, dirigir y distribuir los servicios juridicos y administrativos relacionados con su area; 20. Velar por el cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley Organica del Tribunal para la resolucion de los asuntos materia de su competencia; y 21. Otras que le asigne el Pleno o el Presidente, bajo responsabilidad. Organos de linea Articulo 58º.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaria General cuenta con: 1. Oficina de Secretaria Relatoria; 2. Oficina de Tramite Documentario y Archivo; y, 3. Centro de Documentacion e Informacion Jurisdiccional.

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