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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2003 (10/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 240542 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de marzo de 2003 Oficializan el "Quinto Curso Nacional sobre Armado y Operatividad deEspineles" que se realiza en la sededel CEP-PAITA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2003-PRODUCE Lima, 6 de marzo del 2003 VISTO:El Oficio Nº 048-2003-PRODUCE/CEP-PAITA-CD de fecha 12 de febrero del 2003; CONSIDERANDO:Que en el marco del Convenio de Cooperación Técnica suscrito entre el Gobierno del Japón y el Gobierno de laRepública del Perú, y el Registro de Conversaciones defecha 20 de enero de 1999, sostenido entre el Represen-tante Residente de la Oficina en el Perú de la Agencia deCooperación Internacional de Japón (JICA) y el Vicemi-nistro de Pesquería, se programó el "Quinto Curso Nacio-nal sobre Armado y Operatividad de Espineles" que serealiza en la ciudad de Paita, departamento de Piura, entreel 17 de febrero al 19 de marzo de 2003; Que, en armonía del documento de Visto, es conveniente otorgar el carácter oficial al curso antes señalado, teniendo enconsideración que permitirá capacitar a técnicos y profesiona-les que desempeñan labores en el área extractiva y/o de ins-trucción con pescadores sobre el armado y operatividad de losdiferentes tipos de espineles, como efecto de la cooperacióninternacional proveniente de la JICA Japón; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y modificatoria, Ley Nº27779 - Ley de creación del Ministerio de la Producción,Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Minis-terio de la Producción; y, en uso de las atribuciones confe-ridas por el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº002-2002-PRODUCE - Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Producción; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Oficializar el "Quinto Curso Nacional sobre Armado y Operatividad de Espineles", que se realiza en laciudad de Paita, departamento de Piura, del 17 de febreroal 19 de marzo del 2003, en la sede del Centro de Entrena-miento Pesquero de Paita (CEP-PAITA). Artículo 2º.- Los gastos que demande la realización del mencionado evento, serán cubiertos con cargo a losfondos del Acuerdo suscrito entre la Agencia de Coopera-ción Internacional del Japón (JICA) y el Centro de Entrena-miento Pesquero de Paita (CEP-PAITA), no significandogasto alguno al Presupuesto del Ministerio de la Produc-ción. Artículo 3º.- Agradecer a la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) por su valioso aporte aldesarrollo de la pesca en el Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 04595 SALUD Oficializan creación del Banco de Ayu- das BiomecÆnicas y Audífonos "JosØCarlos MariÆtegui" en el Instituto Na-cional de Rehabilitación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 240-2003-SA/DM Lima, 5 de marzo del 2003 Visto el Oficio Nº 125-DG-INR-2003 del Instituto Nacio- nal de Rehabilitación;CONSIDERANDO: Que, en aplicación de la Ley Nº 27657 - Ley del Minis- terio de Salud y su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2002-SA, el Ministerio de Salud es el enterector del Sector Salud que conduce, regula y promueve laintervención del Sistema Coordinado y Descentralizado deSalud con la finalidad de lograr el desarrollo de la personahumana, a través de la promoción, protección, recupera-ción y rehabilitación de su salud y del desarrollo de unentorno saludable, con pleno respeto de los derechos fun-damentales de la persona, desde su concepción hasta sumuerte natural; Que, el artículo 18.1 de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad, señala que las prótesis,aparatos ortopédicos, medicinas, drogas y toda ayuda com-pensatoria para la rehabilitación física de las personas condiscapacidad, serán proporcionados por los servicios demedicina física del Ministerio de Salud, con el apoyo ycoordinación del Consejo Nacional de Integración de laPersona con Discapacidad - CONADIS; Que, en el Instituto Nacional de Rehabilitación viene funcionando desde 1980 un Banco de Ayudas Biomecáni-cas y un Banco de Audífonos, con la finalidad de brindarapoyo a las personas que requieren de dichas ayudaspara su rehabilitación integral; Que, el Banco de Ayudas Biomecánicas cuenta con un Comité de Administración de Sillas de Ruedas y Otras Ayu-das Biomecánicas que viene trabajando en la gestión delos recursos con que cuenta el mencionado Banco, entanto el Banco de Audífonos cuenta para su gestión, conun Comité de Administración; Que, el mencionado Banco de Audífonos se encarga de la administración de los audífonos adquiridos con recur-sos del Instituto, así como de la coordinación de donacio-nes de audífonos, lo que se produce directamente entredonante y donatario; Que, resulta conveniente oficializar la creación y unifi- cación de los mencionados Bancos, a fin de garantizar suóptimo funcionamiento en beneficio de la persona con dis-capacidad; Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el artículo 8º literal I) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; RESUELVE:Artículo 1º.- Oficializar la creación del Banco de Ayu- das Biomecánicas y Audífonos "José Carlos Mariátegui"en el Instituto Nacional de Rehabilitación del Ministerio deSalud. Artículo 2º.- Encargar al mencionado Banco la adminis- tración de las ayudas biomecánicas y audífonos prove-nientes de donaciones y adquiridos con fondos del Institu-to Nacional de Rehabilitación, debiendo velar por su co-rrecta utilización. Artículo 3º.- Conformar, dentro del plazo de quince días de publicada la presente Resolución, una Comisiónpara la evaluación de la labor que vienen llevando a caboel Comité de Administración de Sillas de Ruedas y OtrasAyudas Biomecánicas y el Comité de Administración delBanco de Audífonos del Instituto Nacional de Rehabilita-ción, así como para la revisión y perfeccionamiento de lasnormas y reglamentos con las que opera. Dicha Comisiónestará integrada por: - Un representante de la Alta Dirección del Ministerio de Salud. - El representante del Ministerio de Salud ante el Con- sejo Nacional de Integración de la Persona con Discapaci-dad - CONADIS, o la persona que éste designe. - Un representante del Comité de Administración de Sillas de Ruedas y Otras Ayudas Biomecánicas. - Un representante del Comité de Administración del Banco de Audífonos. La Comisión cuenta con un plazo de sesenta días con- tados a partir de su instalación, para la elaboración de lasdirectivas necesarias para el funcionamiento adecuado delBanco. Artículo 4º.- Disponer que por Resolución del Direc- tor General del Instituto Nacional de Rehabilitación y arecomendación de la Comisión, se establecerá el órga-no encargado de la gestión del Banco de AyudasBiomecánicas y Audífonos "José Carlos Mariátegui" ysu composición.