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PÆg. 240548 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de marzo de 2003 tivamente, señalan que la solicitud formulada por la empre- sa RADIO AMERICANA E.I.R.L., cumple con los requisitostécnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar ala referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC;su Reglamento General aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO AMERICANA E.I.R.L., autorización y permiso de instalación por el plazode diez (10) años, que incluye un período de instalación yprueba de doce (12) meses improrrogable, para operaruna estación del servicio de radiodifusión comercial porTelevisión en VHF, en el distrito de Nueva Cajamarca, pro-vincia de Rioja, departamento de San Martín, de acuerdo alas siguientes características técnicas: Estación : BC-TV Frecuencia : Banda III Video: 193.25 MHz. Audio: 197.75 MHz. Canal : 10 Indicativo : OCY-9I Potencia : Video: 0.1 Kw. Audio: 0.01 Kw. Emisión : Video: C3F Audio: F3E Horario : H24 Ubicación de los Estudios y la Planta : Jr. Imperio Nº 762, distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja, departamento de San Martín. Coordenadas: L.O. 77° 18' 22"L.S. 05° 56' 26" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artícu- lo precedente, se inicia con un período de instalación yprueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antesde sesenta (60) días previos a la terminación de dichoperíodo, la titular de la autorización debe solicitar se verifi-que el estado de las instalaciones y practique las pruebasde funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sinefecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa RADIO AMERICANA E.I.R.L., está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusiónconcedido acorde con la presente resolución, estandoimpedida de modificar las características a que se contraeel artículo 1º de la presente resolución sin autorizaciónprevia de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado,debiendo adecuarse a las normas modificatorias y comple-mentarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 04479 Otorgan a personas jurídicas y natural autorización y permiso de instalaciónpara operar estaciones del servicio deradiodifusión sonora educativa y comercial en FM RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 087-2003-MTC/03 Lima, 27 de febrero del 2003VISTA, la solicitud formulada por la Asociación MINIS- TERIO LA LUZ, para que se le otorgue autorización paraestablecer una estación del servicio de radiodifusión sono-ra educativa en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito deJuli, provincia de Chucuito, departamento de Puno; CONSIDERANDO:Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servi-cio de radiodifusión se requiere de autorización, permiso ylicencia; otorgándose la autorización por Resolución delViceministro de Comunicaciones, según lo previsto en elartículo 144º del Reglamento General de la Ley de Teleco-municaciones; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que laautorización es la facultad que otorga el Estado a personasnaturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomu-nicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado apersonas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determi-nado equipos de radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administra-tivos del Ministerio, señalan que para obtener autorizaciónpara prestar servicio de radiodifusión se requiere presentaruna solicitud, la misma que se debe acompañar con lainformación y documentación que en dichas normas sedetallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autoriza-ción para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un pe-ríodo de instalación y prueba que tiene una duración dedoce (12) meses; Que, el artículo 99º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que el servicio de radiodi-fusión educativa es prestado por personas jurídicas sinfines de lucro, cuya naturaleza jurídica tienen las asocia-ciones, como es la solicitante; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificableslas características de instalación y operación autorizadaspara el uso o explotación de frecuencias y otros paráme-tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondienteaprobación del Ministerio; Que, mediante Informes Nºs. 497-2002-MTC/15.19.03.2 y 009-2003-MTC/15.19.01, la Dirección de Administraciónde Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, respecti-vamente, señalan que la solicitud formulada por la Asocia-ción MINISTERIO LA LUZ, cumple con los requisitos técni-cos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a laasociación la autorización y permiso solicitado; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC;su Reglamento General aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC con sus modificatorias, el TUPA del Ministe-rio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la Asociación MINISTERIO LA LUZ, autorización y permiso de instalación por el plazo dediez (10) años, que incluye un período de instalación yprueba de doce (12) meses improrrogable, para operaruna estación del servicio de radiodifusión sonora educati-va en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Juli,provincia de Chucuito, departamento de Puno, de acuerdoa las siguientes características técnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 104.9 MHz Indicativo : OCR-7K Potencia : 0.3 KwEmisión : 256F8E Horario : H24 Ubicación de losEstudios y Planta : Jr. Puno Nº 330, distrito de Juli, provincia de Chucuito departa- mento de Puno. Coordenadas: L.O. 69° 27" 27" L.S. 16° 12’ 39"