Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2003 (13/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2003

Ordenamiento Pesquero del Atun, modificado a traves de los Decretos Supremos Nº 038-2001-PE y Nº 0012002-PE, del 26 de noviembre y 6 de febrero del 2002, respectivamente, con la finalidad de promover y desarrollar la pesqueria del atun en el MORDAZA, como mecanismo para reactivar el aparato productivo de la industria de conservas y congelado, utilizando la gran capacidad instalada ociosa existente; Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa NEGOCIOS INDUSTRIALES REAL NIRSA S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera ecuatoriana denominada "ROSA F", en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, con destino al consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas por el termino de tres meses; Que de la evaluacion efectuada al expediente se ha verificado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa extranjera NEGOCIOS INDUSTRIALES REAL NIRSA S.A., no ha acreditado que la embarcacion pesquera "ROSA F" cuente con redes de cerco provistas del sistema de panos protectores de delfines, no obstante haber sido requerido con tal finalidad a traves de Oficios Nº 1899-2002-PE/DNEPPDap, Nº 2235-2002-PE/DNEPP-Dap y Nº 2620-2002PE/DNEPP-Dap y habersele otorgado un plazo adicional para tal efecto, por lo que corresponde declarar improcedente su solicitud de permiso de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 3322002-PRO/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, modificado por los Decretos Nº 038-2001-PE y Nº 001-2001-PE; el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas a traves del articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera ecuatoriana "ROSA F", en la extraccion del recurso atun, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa extranjera NEGOCIOS INDUSTRIALES REAL NIRSA S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 04844

Que mediante Resolucion Directoral Nº 051-2000CTAR PIURA/DIREPE-DR, del 30 de octubre del 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera denominada "MI SAN MORDAZA I" con matricula Nº PT-4413-BM, de 43.49 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo y equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto y caballa para consumo humano directo en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 00398-PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000PE, establece que el permiso de pesca es transferible solo por herencia, asimismo establece que entre los coherederos o sus descendientes es valida la transferencia de acciones y derechos adquiridos por herencia; Que mediante el escrito del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan cambio de titular del permiso de pesca para la operacion de la embarcacion pesquera " MI SAN MORDAZA I" con matricula Nº PT-4413-BM y el cambio de nombre de esta embarcacion pesquera a "MOISES"; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que la solicitud presentada contraviene lo dispuesto en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, por cuanto los recurrentes no han sustentado con prueba alguna, afinidad y/o parentesco con el armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular del derecho de permiso de pesca de la embarcacion pesquera denominada "MI SAN MORDAZA I" con matricula PT-4413-BM; asimismo no han cumplido con los requisitos exigidos en los procedimientos 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que esta deviene improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 058-2002-PRODUCE/DNEPP-CHI de fecha 29 de noviembre de 2002 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-98-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE y el Procedimiento 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de cambio del titular del permiso de pesca para la operacion de la embarcacion pesquera "MI SAN MORDAZA I" y el cambio de nombre de la E/P " MI SAN MORDAZA I" a E/ P " MOISES", presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 04845

Declaran improcedentes solicitudes de cambio de titular del permiso de pesca y cambio de nombre de embarcaciones pesqueras
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 047-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 25 de febrero del 2003 Visto el escrito con registro Nº CE-05106001 del 11 de noviembre del 2002, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MARTINEZ.

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