TEXTO PAGINA: 19
PÆg. 240853 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de marzo de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Cal- mell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, a la ciudad de Sao Paulo, República Fe-derativa del Brasil, durante los días 16 al 18 de marzo de2003, para los fines a que se contrae la parte considera-tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuer-do al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 05114 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección de AeronÆutica Civil del mi- nisterio a Ecuador para realizar ins- pección tØcnica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2003-MTC/02 Lima, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Perua- no con anterioridad al viaje, con excepción de las autoriza-ciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, el artículo 14º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº050-2001-MTC, establece que los inspectores debida-mente identificados a que refiere la Ley son competen- tes, según su especialidad, para verificar las capacida- des exigidas a los titulares de las autorizaciones pararealizar actividades de aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 0198-2003-MTC/12.04 señalando que el Inspector Víctor Manuel Suárez Llaque, realizará una inspección técnica a la Estación de la empresa Lan PerúS.A. en Guayaquil, Ecuador, como parte del proceso decertificación de sus operaciones aéreas internaciona-les, durante los días 16 al 18 de marzo de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asig-na la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar lainspección técnica a que se contrae la Orden de Inspec-ción Nº 0198-2003-MTC/12.04;De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Víctor Ma- nuel Suárez Llaque, Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, a la ciudad de Guayaquil, República delEcuador, durante los días 16 al 18 de marzo de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuer-do al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec- tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme detallado describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 05106 Constituyen Comisión Mixta encarga- da de elaborar lineamientos de políti-ca para promover un mayor acceso alos servicios de telecomunicaciones enÆreas rurales y lugares de preferente interØs social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2003-MTC/03 Lima, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fija la política de teleco-municaciones a seguir y controla sus resultados; Que, el Artículo 5º del acotado texto legal, dispone que las telecomunicaciones se prestan bajo el principiode servicio con equidad. El derecho a servirse de ellas se extiende a todo el territorio nacional promoviendo la integración de los lugares más apartados de los centrosurbanos; Que, en los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú, aprobado porDecreto Supremo Nº 020-98-MTC, se estableció que el nivel de acceso universal para el período 1999-2003 incluye instalar teléfonos públicos en 5,000 centros po-blados rurales que carecen del servicio, capaces detransmitir voz, faxes y datos a baja velocidad; Que, si bien dichas metas de acceso universal se vienen cumpliendo a través del financiamiento de pro- yectos rurales con cargo al Fondo de Inversión en Tele- comunicaciones (FITEL), que administra el OrganismoSupervisor de Inversión Privada en Telecomunicacio-nes (OSIPTEL); aún subsiste un importante número decentros poblados rurales y localidades de la periferiaurbana que carecen de acceso o tienen un acceso limitado a los servicios de telecomunicaciones; Que, el desarrollo de la infraestructura de telecomu- nicaciones en el país tiene una importancia fundamentalen la estrategia de lucha contra la pobreza y de integra-