Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2003 (15/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 15 de marzo de 2003
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 240853

De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llaque, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador, durante los dias 16 al 18 de marzo de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 05106

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Calmell MORDAZA Varisco, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, durante los dias 16 al 18 de marzo de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 600.00 28.00

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 05114

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion de Aeronautica Civil del ministerio a Ecuador para realizar inspeccion tecnica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 183-2003-MTC/02
MORDAZA, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 14º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0198-2003-MTC/12.04 senalando que el Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llaque, realizara una inspeccion tecnica a la Estacion de la empresa Lan Peru S.A. en Guayaquil, Ecuador, como parte del MORDAZA de certificacion de sus operaciones aereas internacionales, durante los dias 16 al 18 de marzo de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0198-2003-MTC/12.04;

Constituyen Comision Mixta encargada de elaborar lineamientos de politica para promover un mayor acceso a los servicios de telecomunicaciones en areas rurales y lugares de preferente interes social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 195-2003-MTC/03
MORDAZA, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fija la politica de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, el Articulo 5º del acotado texto legal, dispone que las telecomunicaciones se prestan bajo el MORDAZA de servicio con equidad. El derecho a servirse de ellas se extiende a todo el territorio nacional promoviendo la integracion de los lugares mas apartados de los centros urbanos; Que, en los Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de Telecomunicaciones del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, se establecio que el nivel de acceso universal para el periodo 1999-2003 incluye instalar telefonos publicos en 5,000 centros poblados rurales que carecen del servicio, capaces de transmitir voz, faxes y datos a baja velocidad; Que, si bien dichas metas de acceso universal se vienen cumpliendo a traves del financiamiento de proyectos rurales con cargo al Fondo de Inversion en Telecomunicaciones (FITEL), que administra el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL); aun subsiste un importante numero de centros poblados rurales y localidades de la periferia MORDAZA que carecen de acceso o tienen un acceso limitado a los servicios de telecomunicaciones; Que, el desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones en el MORDAZA tiene una importancia fundamental en la estrategia de lucha contra la pobreza y de integra-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.