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PÆg. 240857 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de marzo de 2003 fecha de la ocurrencia o de la fecha de remisión de los oficios por parte de las Comisarías de la Policía Nacionaldel Perú, en los casos que corresponda, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente reso- lución. Artículo Segundo.- Sin perjuicio de la publicación de la resolución la Dirección de Parque Automotor yCirculación Vial se encargará de notificar a las personasindicadas en el primer considerando de esta resoluciónde acuerdo a las modalidades establecidas en el artículo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Artículo Tercero.- Encargar la ejecución y control de esta Resolución a la Dirección de Parque Automotory Circulación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LINO DE LA BARRERA L. Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre 05020 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 717-2003-MTC/15 Lima, 4 de marzo del 2003 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 0430806, 0901606, 0820106, 0978306, 0777706, 0280106,0979506, 0796106, 0042506, 0690606, 0384906, 0511806, 0760606, 0783406, 0427806, 0567506, 0857706, 0872306 y 0928406, sobre infracción al Re-glamento Nacional de Tránsito, el Informe Nº 1110-2002-MTC/15.03.3.AA. elaborado por el Área de Anteceden-tes de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias deConducir y el Memorándum Nº 1655-2002-MTC/15.03. de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. CONSIDERANDO:Que, diversas Comisarías de la Policía Nacional del Perú, han remitido las licencias de conducir retenidas a sus titulares por conducir vehículos en estado de ebrie- dad, hecho que fue comprobado con el examen etílicocorrespondiente o por negarse al mismo cuya relaciónes la siguiente: Nº APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIA D/E FECHA 1 ABANTO JARA, Américo Q-019747/A-III 2.4428.04.2002 2 AGUIRRE MUÑANTE, Alejandro Alberto Q-134962/A-I Se Negó 26.09.2002 3 BRAVO LUMBE, Jaime Pedro Q-073252/A-I 1.2804.09.2002 4 CANCHA LLOCOLLA, Ivan Eusebio Q-050186/A-I Se Negó 01.09.2002 5 CARVAJAL CABANA, Cesario Y -021128/2B2 1.6118.08.2002 6 CISNEROS MARTÍNEZ, Constantino Q-476881/A-I 2.7213.04.2002 7 FLORES CRUZADO, Eduardo Enrique Q-128540/A-III 1.5229.09.2002 8 HUACRE MORÁN, Yony Q-457112/A-I 1.1502.06.2002 9 MARTIJENA MUÑOZ, Alberto Adolfo Q-361634/A-I Se Negó 04.01.2002 10 MIRANDA ROMERO, Víctor Alfonso Q-473783/A-I Se Negó 20.07.2002 11 MORALES GONZALES, Oscar Daniel Q-484126/A-I Se Negó 12.05.2002 12 MOSQUERA BARRERA, Miguel Arcángel Q-097994/A-I 1.0808.07.2002 13 ORCCON FERNÁNDEZ, Carlos Alberto G-423405/2C 2.28 07.09.2002 14 POMA SARTORI, Adolfo Cristóbal Q-223613/A-III 2.1505.09.2002 15 QUISPE CANCHARI, Policario N-010690/2B2 2.20 02.06.2002 16 RAMOS CHAMACHE, Erick Ronald Q-473395/A-I 1.6119.05.2002 17 RAYMUNDO CÓRDOVA, Percy Q-380506/A-I 2.1411.09.2002 18 RIVERA RIVERA, Marco Antonio Q-108402/A-I Se Negó 14.07.2002 19 TOCASCA MATOS, Pedro Octavio Q-072335/A-I 2.0804.10.2002 Que, del informe técnico, elaborado por el Área de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento deLicencias de Conducir, se concluye que los conducto- res indicados en el considerando anterior, han sido san- cionados anteriormente, con suspensión de sus licen-cias de conducir, por haber infringido lo dispuesto en elliteral C-1 del Artículo 296º del Reglamento Nacional deTránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC; Que, de lo expuesto se establece que las personas indicadas en el primer considerando se encuentran in-cursas en la infracción tipificada como falta muy graveen el literal C-1 del artículo 296º del Reglamento Nacio-nal de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 033- 2001-MTC, al conducir por segunda vez en estado de ebriedad, comprobado con el examen respecti- vo, siendo pasibles a la sanción administrativa de CAN- CELACIÓN de sus licencias de conducir e INHABILITA- CIÓN por el término de tres (3) años para obtener nuevalicencia de conducir, conforme lo establece el literal C-1del artículo 314º concordado con el artículo 316º delreglamento acotado; Que, la Dirección General de Circulación Terrestre, de conformidad con lo dispuesto en el Título VII, Capítulo III, Sección II del Reglamento Nacional de Tránsito, esautoridad competente para sancionar a aquellos titula-res de licencias de conducir y conductores que han in-fringido el Reglamento acotado; Estando a lo opinado por la Dirección de Parque Au- tomotor y Circulación Vial en Memorándum Nº 1655- 2002-MTC/15.03 y de la Asesoría Legal de la DirecciónGeneral de Circulación Terrestre en el Informe Nº 324-2003-MTC/15.AL; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 y la Ley de Organización yFunciones del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes - Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Sancionar a las personas indica- das en el primer considerando de esta resolución, con laCANCELACIÓN de sus licencias de conducir y con laINHABILITACIÓN para obtener licencias de conducir porel período de tres (3) años, computado a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remisión de los oficios por parte de las Comisarías de la Policía Nacionaldel Perú, según corresponda. Artículo Segundo.- Sin perjuicio de la publicación de la resolución la Dirección de Parque Automotor yCirculación Vial se encargará de notificar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolución de acuerdo a las modalidades establecidas en el artículo20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444. Artículo Tercero.- Encargar la ejecución y control de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese.LINO DE LA BARRERA L. Director General Dirección General de Circulación Terrestre 05021 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 718-2003-MTC/15. Lima, 4 de marzo del 2003VISTOS, los Informes Nºs. 1066, 1081, 1082, 1083, 1092, 1085, 1088 y 1142-2002-MTC/15.18.05.3.AA, so- bre infracción al Reglamento Nacional de Tránsito elabo-rado por el Área de Antecedentes de la Subdirección deOtorgamiento de Licencias de Conducir y los Memoran-dos Nºs. 1586, 1618, 1619, 1620, 1624, 1637, 1645 y1690-2002-MTC/15.03 de la Dirección de Parque Auto- motor y Circulación Vial. CONSIDERANDO: Que, el Área de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial pone en conoci-miento que las personas que se detallan líneas abajohan obtenido un duplicado de licencia de conducir estan-do sus licencias de conducir suspendidas, cuya rela-ción es la siguiente: Nº APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIA FECHA 1. ARAGÓN MORALES, Víctor Américo L-017857/2B2 22/05/2002 2. ARZAPALO RICALDI, Silverio Lázaro N-008624/2C 27/02/2002 3. CAVERO TORRICO, Fredy Hernán F-026641/2D 17/04/2002 4. GUEVARA CIEZA, Jaime Antonio X-028432/2B2 12/04/2002