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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2003 (15/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 240867 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de marzo de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra Henry Teofi-lo Apomayta Apancho, por presunto delito contra la fepublica, en las modalidades de falsedad ideológica ygenérica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04633 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1008-2002-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorándum Nº 1022-2002-GO/DCP, el Oficio Nº 183-2002-MDR/A, el Memorándum Nº 2033-2000-GO/DCP y el Informe Nº 833-2002-GAJ/RENIEC emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 31 de julio de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos Pe-dro Calle Marchena y Fara Monje Gallardo, han inducido a error a servidor público al hacer insertar en instrumen- to público declaraciones falsas sobre hechos que debenprobarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe pública,en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los artículos 428º y 438º del Código Penal; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, contra Pedro Calle Marchena y Fara MonjeGallardo y quienes resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Pedro Calle Marchena y Fara MonjeGallardo y quienes resulten responsables, por presunto delitocontra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológi-ca y genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04634 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1009-2002-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre del 2002Visto el Memorándum Nº 683-2001/0HC/DCP/GO, el Informe Nº 076-2001/0HC/DCP/GO y el Informe Nº 967-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Aseso-ría Jurídica, de fecha 10 de setiembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que la ciudadana VictoriaGonzáles Cruzado, ha inducido a error a servidor públi- co al hacer insertar en instrumento público declaracio- nes falsas sobre hechos que deben probarse con eldocumento mismo, conducentes a suplantar la identidadde la ciudadana Virginia Isabel Gonzáles Cruzado; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los artículos 428º y 438º delCódigo Penal; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Esta-do y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil contra Victoria Gonzáles Cruzado; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Victoria Gon-záles Cruzado, por presunto delito contra la fe publica,en las modalidades de falsedad ideológica y genérica,en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi-ficación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04635 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1010-2002-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorándum Nº 174-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 299-99/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 972-2002-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Aseso-ría Jurídica, de fecha 10 de setiembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que el ciudadano ErickEduardo Vilca Polo, ha inducido a error a servidor públicoal hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el docu- mento mismo, utilizándose para este efecto documentopresuntamente falsificado; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe publica,en la modalidad de falsedad ideológica propia e impropia, previsto y sancionado en el artículo 428º del Código Penal; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Esta- do y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil contra Erick Eduardo Vilca Polo; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº. 17537 y la Ley Nº. 26497;