Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2003 (21/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2003

Que, el pedido de los recurrentes debe ser formulado conforme a las formalidades establecidas en el articulo 17º, inciso e, del Estatuto Unico de los Colegios de Notarios del Peru, y las normas que regulan al interior del Colegio de Notarios de MORDAZA, la inclusion de determinados temas en la agenda de la Asamblea General; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesion de fecha 14 de enero del 2003; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelacion formulado por los senores Notarios Publicos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Beatr iz MORDAZA Ponze MORDAZA, contra el acuerdo tomado en la Asamblea General del Colegio de Notarios de MORDAZA realizada el 10 de marzo del 2001, por los considerandos expuestos precedentemente. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA y a los interesados, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Presidente del Consejo del Notariado MORDAZA MORDAZA ERAUSQUIN Consejero MORDAZA MAISCH MORDAZA Consejera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 05381

Que, no existe merito para que el Consejo del Notariado de oficio disponga la nulidad de la resolucion recurrida; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesion de fecha 14 de enero del 2003; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTES los pedidos de revision de la Resolucion del Consejo del Notariado Nº 014-02-JUS/CN, formulados por los Notarios Publicos de Vilcashuaman y Huamanga, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ayala. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA y a los interesados, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Presidente del Consejo del Notariado MORDAZA MORDAZA ERAUSQUIN Consejero MORDAZA MAISCH MORDAZA Consejera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 05382

Declaran improcedentes impugnaciones interpuestas contra la Res. Nº 01402-JS/CN, que denego pedido de permuta solicitado por Notarios Publicos de Vilcashuaman y Huamanga
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 003-2003-JUS/CN MORDAZA, 14 de enero del 2003 VISTOS, los recursos formulados por los Notarios Publicos de Vilcashuaman y Huamanga, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin que se declare sin efecto la Resolucion del Consejo del Notariado Nº 014-02-JUS/CN, que denego el pedido de permuta solicitado por los recurrentes; CONSIDERANDO: Que, examinados los antecedentes del caso, se advierte que la resolucion impugnada cumple con los requisitos del acto administrativo, habiendo sido expedida por organo competente y se encuentra debidamente motivada; Que, por otra parte, los recurrentes no han adjuntado prueba nueva que pueda ser valorada, contrariamente, mencionan los fundamentos de hecho y derecho que se tuvieron en cuenta al emitir la Resolucion del Consejo del Notariado Nº 014-02-JUS/CN; Que, consta en autos, existen en la actualidad procesos judiciales en tramite, mediante los que se cuestionan los fundamentos de la resolucion administrativa impugnada; Que, en lo que respecta a temas referidos al ejercicio de la funcion notarial, el Consejo del Notariado constituye la MORDAZA instancia administrativa, conforme lo dispone el articulo 142º inciso e), de la Ley del Notariado, aprobada por Decreto Ley Nº 26002; Que, no obstante lo manifestado, los interesados se encuentran facultados a iniciar las acciones que correspondan en la via competente para obtener la nulidad de la resolucion impugnada;

Disponen tener por desistido a notario respecto de queja, tacha y solicitud de eleccion complementaria interpuestas contra notaria en ejercicio del cargo de Fiscal del Colegio de Notarios de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 006-2003-JUS/CN MORDAZA, 11 de febrero del 2003 Visto, el recurso de apelacion formulado por el senor Notario Publico MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 275-2001-CNL/D, que declaro improcedentes la queja interpuesta contra la Notaria Publica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alvan, la tacha del ejercicio del cargo por parte de la mencionada notaria como Fiscal del Colegio de Notarios de MORDAZA, y la solicitud de eleccion complementaria para ocupar el cargo de Fiscal de dicho gremio; CONSIDERANDO: Que, con fecha 7 de setiembre del 2001 don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA interpone queja contra la Notaria Publica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alvan, por ejercer el cargo de Fiscal del Colegio de Notarios de MORDAZA, por carecer de las calificaciones minimas estatutarias establecidas en los articulos 26º y 33º, inciso a, del Estatuto Unico de los Colegios de Notarios del Peru; Que, tanto la queja, como la tacha y la solicitud de eleccion complementaria, fueron declaradas improcedentes por el Colegio de Notarios de MORDAZA mediante la resolucion impugnada; Que, con escrito de fecha 16 de octubre del 2001 el quejoso formulo recurso de apelacion contra la Resolucion Nº 275-2001-CNL/D; Que, con escrito de fecha 22 de octubre del ano 2002, el senor MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA retiro la tacha y la queja interpuestas; Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 190º, numeral 2, de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444, es posible desistirse de un recurso administrativo MORDAZA que se notifique la resolucion final en la instancia, determinando que la resolucion impugnada quede firme; Que, en consecuencia, producido el desistimiento por parte de don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, queda firme la

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