Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2003 (09/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2003

Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Lince, del 12 al 22 de MORDAZA del 2003 inclusive, incluyendose en esta disposicion todos los predios MORDAZA privados o publicos, de vivienda o comercio. Articulo Segundo.- DISPONGASE, que los predios senalados en el articulo precedente, deberan ser debidamente presentados, con limpieza adecuada de los mismos y en la medida de las posibilidades del vecino, se recomienda el pintado. Articulo Tercero.- Los vecinos que incumplan el presente Decreto de Alcaldia, se haran acreedores a las sanciones establecidas por el Reglamento de Aplicaciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Lince. Articulo Cuarto.- ENCARGAR la difusion del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince. Articulo Quinto.- ENCARGUESE el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Seguridad Ciudadana a traves de la Jefatura de Policia Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08646

nido y plazos de los proyectos de las ordenanzas que regulan el regimen tributario para el cobro de los servicios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo y para el cobro del impuesto predial y arbitrios municipales para el presente ejercicio fiscal; los mismos que guardan concordancia con la Ordenanza MORDAZA Nº 016/CDL-CH; Que, en el mismo sentido, el Concejo ha recibido el Dictamen Unanime de la Comision de Economia, Presupuesto, Racionalizacion e Informatica, el mismo que ha sustentado su opinion porque se apruebe mediante una sola ordenanza los dos proyectos que presenta la Oficina de Administracion Tributaria, puestas para consideracion de este Concejo, mas aun si se tiene un informe legal favorable; Que, la Comision Permanente de Regidores de Economia, Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion e Informatica en su Dictamen Unanime hace MORDAZA los Informes Nºs. 019-03/OAT/MDLCH y 020-03/OAT/MDLCH de la Oficina de Administracion Tributaria, los mismos que contienen los proyectos de ordenanza puestos a consideracion del Concejo; Que, el Concejo ha mostrado su conformidad con el contenido de los informes recibidos, asi como del Dictamen Unanime de la Comision Permanente de Regidores de Planificacion, Presupuesto e Informatica; asimismo, tras el debate correspondiente conforme obra en actas, y por mayoria el Concejo aprobo la siguiente ORDENANZA: LA ORDENANZA SOBRE APLICACION DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2003 Y SOBRE EL CRONOGRAMA DE PAGOS DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y SERENAZGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2003 Articulo 1º.- Aplicar para el ejercicio 2003 las disponibilidades establecidas en las Ordenanzas Nºs. 016/ CDL-CH, 021/CDL-CH, 003/CDL-CH y 010/CDL-CH que regulan el regimen tributario correspondiente a los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo aplicados durante el ejercicio 2002. Articulo 2º.- Cuando en las Ordenanzas acotadas se haga referencia a la UIT se entendera que es aquella vigente al 1 de enero del ano 2003. Articulo 3º.- Fijese el plazo para el pago del impuesto predial del ejercicio 2003 segun el siguiente cronograma: A.- Pago al contado: hasta el 31 de marzo del 2003 B.- Pago fraccionado: B.1.- Primera cuota: hasta el 31 de marzo del 2003 B.2.- MORDAZA cuota: hasta el 30 de MORDAZA del 2003 B.3.- Tercera cuota: hasta el 29 de agosto del 2003 B.4.- Cuarta cuota: hasta el 28 de noviembre del 2003 Articulo 4º.- Fijese el plazo para el pago de los arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines del ejercicio 2003 segun el siguiente cronograma: A.- Pago al contado: hasta el 31.3.2003 B.- Pago fraccionado: B.1.- Primera cuota: hasta el 31 de marzo del 2003 B.2.- MORDAZA cuota: hasta el 30 de MORDAZA del 2003 B.3.- Tercera cuota: hasta el 29 de agosto del 2003 B.4.- Cuarta cuota: hasta el 28 de noviembre del 2003 Articulo 5º.- Fijese el plazo para el pago de serenazgo del ejercicio 2003 segun el siguiente cronograma: A.- Pago al contado: hasta el 30.5.2003 B.- Pago fraccionado: B.1.- Primera cuota: hasta el 30 de MORDAZA del 2003 B.2.- MORDAZA cuota: hasta el 29 de agosto del 2003 B.3.- Tercera cuota: hasta el 28 de noviembre del 2003 Estas cuotas seran reajustadas con variacion acumulada con el Indice de Precios al por Mayor que publica el

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA
Aprueban disposiciones sobre aplicacion del Regimen Tributario de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo y el Cronograma de pagos del Impuesto Predial y arbitrios del Ejercicio 2003
ORDENANZA Nº 036-CDL-CH Chosica, 11 de marzo del 2003 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 016/CDL-CH, su fecha 16 de febrero del 2001 y su modificatoria Nº 021/ CDL-CH de fecha 9 de MORDAZA del 2001, se establecio el regimen tributario aplicable a los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines para el ejercicio 2001; la misma que fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 200 de fecha 18 de junio del 2001 por el Concejo Metropolitano de Lima; Que, mediante Ordenanza Nº 030-CDL-CH, de fecha 8 de febrero del 2002 se decidio aplicar para el ejercicio fiscal 2002, el mismo regimen utilizado durante el ejercicio fiscal 2001; considerando la recesion economica por la que atravesaba nuestro MORDAZA, situacion que hasta la fecha no se ha logrado superar en gran medida; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776 -Ley de Tributacion Municipal-, mediante Ordenanza Nº 031/CDLCH de fecha 22 de febrero del 2002 se aprobo la Ordenanza que fija los derechos por concepto de emision mecanizada del impuesto predial, arbitrios de limpieza publica, parques y jardines para el ejercicio 2002; Que, el Concejo ha recibido los Informes Nºs. 1552003/AL/MDLCH, 019-03/OAT/MDLCH y 020-03/OAT/ MDLCH de las Oficinas de la Asesoria Legal y Administracion Tributaria, respectivamente, en los cuales se pronuncian con la conformidad en cuanto al conte-

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