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PÆg. 243840 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de mayo de 2003 rio y cuyo incumplimiento dará lugar a la imposición de la multa correspondiente; Que, el Decreto de Alcaldía Nº 007, el cual entró en vigencia el día 28 de marzo del presente año, establecelas disposiciones para que los contribuyentes presenten la Declaración Jurada Anual de Permanencia en el Giro; Que, en el decreto precitado se contempla como plazo final para presentar la declaración jurada el día 30 de mar- zo del 2003, otorgándose sólo 2 días laborales para que el contribuyente cumpla con la obligación establecida en elDecreto, por tal motivo la Subdirección de Comercializa- ción y Transportes, dependencia municipal responsable de otorgar las Licencias de Apertura de Establecimiento, soli-cita la prórroga de dicho plazo, vista la proximidad entre su vigencia y el vencimiento del plazo establecido; Que, la Ley Nº 27568 - Ley Marco de la Moderniza- ción de la Gestión del Estado, establece que la gestión de las dependencias, entidades y organismos deberán someterse a la obtención de resultados, en ese sentidodebemos garantizar que la Declaración Jurada Anual de Permanencia en el Giro cumpla su propósito, facilitando las condiciones para su cumplimiento; Que, mediante Proveído Nº 1250-2003-DM, el Direc- tor Municipal, solicita se proyecte el Decreto de Alcaldía autorizando la prórroga del plazo para efectuar Declara-ción Jurada Anual de Permanencia en el Giro; Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferi-das por el inciso 6) del artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar por única vez de forma excep- cional, hasta el 31 de mayo del 2003, el plazo de vencimien- to establecido en el Artículo Primero del Decreto de Alcal-día Nº 07 publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 28 de marzo del año 2003, que señala el 31 de marzo para reali- zar la Declaración Jurada Anual de Permanencia en el Giro.En caso dicha fecha recaiga en día inhábil o feriado se entenderá cumplido hasta el día hábil siguiente. Artículo 2º.- Deróguese y/o modifíquese cualquier disposición en contrario, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- El presente decreto, entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 08742 Designan funcionario responsable de brin- dar información solicitada por los ciudada- nos en el marco de la Ley de Transparen- cia y Acceso a la Información pœblica RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0492 Ate, 24 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 1028-03-OAJ/MDA de la Ofici- na de Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 117-03-DA/MDA de la Dirección de Administración; así como el ProveídoNº 1039-03-DM/MDA de la Dirección Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 1028-03-OAJ/MDA de fecha 2 de abril del 2003, el Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos informa que con Informe Nº 011-03-OAI/MDA, la Oficina de Auditoría General recomienda la designa-ción de un funcionario, responsable de atender las soli- citudes de información, requeridas por el público en ge- neral, teniendo en cuenta que algunas áreas, como elcaso de la Oficina de Auditoría Interna, deben atender solicitudes de información; Que, efectivamente la Ley Nº 27806 - Ley de Transpa- rencia y Acceso a la Información Pública, permite que toda persona tenga acceso a la información generadapor la Administración Pública, en aplicación del principio de publicidad consagrado en el numeral 5) del artículo 2ºde la Constitución y artículo 3º de dicha Ley debiéndose designar un funcionario responsable de entregar la in- formación solicitada. De acuerdo al artículo 15º de laLey, existen algunas excepciones de acceso a la informa-ción como por ejemplo la información protegida por elsecreto bancario tributario, comercial, industrial, tecno-lógico y bursátil, la protegida por el ejercicio del secreto profesional que debe guardar el abogado respecto a su asesorado así también las investigaciones en trámitereferidas al ejercicio de la potestad sancionadora de laAdministración Pública, la información referida a los da-tos personales y la salud personal que invadan la intimi-dad personal y familiar, además de aquellas cuyo acce- so esté expresamente exceptuado por la Constitución o por una Ley aprobada por el Congreso de la República; Que, por lo expuesto y de conformidad a las últimas disposiciones acotadas, la Ley Nº 27806 - Ley de Trans-parencia y Acceso a la Información Pública, señala conproceder a la designación de dicho funcionario, toda vezque la vigencia de la Ley, no está condicionada a la aproba-ción del Reglamento, teniendo en cuenta que actualmente las Entidades Públicas (entre ellas la Municipalidad de Ate), vienen considerando en sus TUPA's la aplicación de la LeyNº 27806, coinciden en que es necesario designar un fun-cionario responsable de brindar las informaciones solicita-das por el público en general, caso contrario las responsa-bilidades recaerán en el Secretario General de la entidad tomando en cuenta que en nuestro TUPA Municipal, se consigna a la Secretaría General, como el área responsa-ble de entregar las informaciones solicitadas; Que, mediante Informe Nº 117-03-DA/MDA, de fecha 7 de abril del 2003, la Directora de Administración informaque coincide con la opinión de la Oficina de Asuntos Jurídi-cos y sugiere, salvo mejor parecer, que de acuerdo a loprevisto por el TUPA y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Edicto Nº 01-02-MDA, la desig- nación debe recaer en el Titular de la Secretaría General; Que, mediante Proveído Nº 1039-03-DM/MDA, de fecha 8 de abril del 2003, el Director Municipal solicita seproyecte la Resolución de Alcaldía, que designa al Se-cretario General como el funcionario responsable deentregar las informaciones solicitadas; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas porel inciso 6) del artículo 47º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, al abogado CARLOS AL- BERTO JESÚS PAUCARCHUCO, Jefe de Oficina de Secretaría General, como el funcionario responsable deentregar las informaciones solicitadas, en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la pre- sente Resolución, a la Dirección Municipal y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 08740 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Declaran sin efecto legal convenios celebra- dos con asociación de comerciantes y em-presarios ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2003-MDA Vistos, en la Sesión Ordinaria de Concejo Distrital de Ancón de fecha 28 de abril del 2003; CONSIDERANDO: Que, la administración anterior de la Municipalidad de Ancón (1999-2002) y la Asociación de ComerciantesMicro y Medianos Empresarios Pro Parque Industrial de Ancón (ACOMPIA), suscribieron un primer convenio de