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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2003 (30/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 245072 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de mayo de 2003 Designan miembros de la Comisión de Transferencia de Entrega de los Fon-dos, Proyectos y Programas de Luchacontra la Pobreza de proyectos de infraestructura productiva a nivel lo- cal del PRONAMACHCS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0486-2003-AG Lima, 28 de mayo de 2003 CONSIDERANDO:Que, el numeral 6.1.1.1 de la Directiva Nº 002-CND- P-2003: "Procedimiento para la Ejecución de la Transfe-rencia a los Gobiernos Regionales y Locales, duranteel año 2003, de los Fondos y Proyectos Sociales,Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Pro-gramas de Inversión en Infraestructura Productiva deAlcance Regional a que se refiere el Decreto SupremoNº 036-2003-PCM", establece que el Gobierno Nacio-nal conformará una Comisión de Transferencia de En-trega en cada una de las Entidades obligadas a trans-ferir los fondos, proyectos y programas que estaránpresididas por los Titulares de Pliego e integradas ade-más por un máximo de tres (3) funcionarios del más altonivel institucional, entre los cuales deberán encontrar-se necesariamente, quienes tienen la responsabilidaddel área a cargo de la planificación y presupuesto y delárea legal; Que, el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, aprue- ba el "Cronograma de Transferencia para el año 2003 alos Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos yProyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha con-tra la Pobreza y Proyectos de Inversión en Infraestruc-tura Productiva de Alcance Regional", mencionados enel Anexo que forma parte integrante del Decreto Supre-mo; Que, resulta necesario conformar la Comisión de Transferencia y Entrega de los Fondos, Proyectos yProgramas de Lucha contra la Pobreza, de los Proyec-tos de Infraestructura Productiva a nivel Local delPrograma Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográfi-cas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS delMinisterio de Agricultura, conforme lo establece el De-creto Supremo Nº 036-2003-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, su Re-glamento de Organización y Funciones aprobado por elDecreto Supremo Nº 017-2001-AG y la Ley Nº 27594, queregula la participación del Poder Ejecutivo en el nombra-miento y designación de Funcionarios Públicos, con la vi-sación de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Minis-terio de Agricultura; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar los miembros de la Comisión de Transferencia de Entrega de los Fondos, Proyectos yProgramas de Lucha contra la Pobreza, que establece elDecreto Supremo Nº 036-2003-PCM de los Proyectos deInfraestructura Productiva a nivel Local del Programa Na-cional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conserva-ción de Suelos - PRONAMACHCS, la misma que estarápresidida por el Ministro de Agricultura y estará conformadapor: Economista JUAN MANUEL BENÍTES RAMOS, Director General de la Oficina General de Planificación y Presu-puesto. Doctor NÉSTOR FRANCISCO REYES HURTADO, Di- rector General de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca. Doctor IVANOE VEGA GATTI, Gerente General del Pro- grama Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas yConservación de Suelos - PRONAMACHCS. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 10143Adecœan procedimiento de ejecución del Programa de Promoción a la For-malización del Comercio Algodonero dela variedad Tangüis al reglamento apro- bado por el D.S. N” 067-2003-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0487-2003-AG Lima, 29 de mayo de 2003CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 005-2003, se dispuso la aplicación del Programa de Promoción a la For-malización del Comercio Algodonero de la variedad Tan-güis, creado mediante Decreto de Urgencia Nº 005-2002,al período de cosecha 2003; Que por Decreto de Urgencia Nº 014-2003, se modificó el mencionado Programa estableciéndose su financiamientoa través de recursos en efectivo hasta por S/.16’200,000.00, dejándose sin efecto la emisión de Docu-mentos Cancelatorios-Tesoro Público autorizada por elDecreto de Urgencia Nº 005-2003; Que, en tal virtud, mediante Decreto Supremo Nº 067- 2003-EF, se derogó el reglamento aprobado por el DecretoSupremo Nº 015-2003-EF y se aprobó el nuevo reglamen-to para la aplicación del referido Programa, facultándose alMinisterio de Agricultura a dictar, mediante Resolución Mi-nisterial, las normas necesarias para una mejor aplicaciónde lo dispuesto en ese Decreto Supremo; Que, en consecuencia resulta necesario adecuar el pro- cedimiento de ejecución del Programa de Promoción a laFormalización del Comercio Algodonero de la variedad Tan-güis, período de cosecha 2003, al nuevo reglamento apro-bado por el Decreto Supremo Nº 067-2003-EF. De conformidad con lo establecido en la Decreto Ley Nº 25902, el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y la SegundaDisposición Final del Decreto Supremo Nº 067-2003-EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Para los fines de la presente Resolución Ministerial considérese como parte integrante de ésta, alas Definiciones señaladas en el artículo 1º del DecretoSupremo Nº 067-2003-EF, adicionándose además, la si-guiente definición: Reporte: Reporte semanal, entregado por la Empresa desmotadora en el cual se consigna la cantidad de algo-dón de la variedad Tangüis cosecha 2003 comprada alBeneficiario y demás datos señalados en el anexo adjun-to, que forma parte de la presente. Este Reporte tiene lacalidad de declaración jurada de la Empresa desmotadora. Cuando en la presente Resolución Ministerial se haga referencia al “Reglamento”, se entenderá referida al Decre-to Supremo Nº 067-2003-EF. Igualmente, cuando se haga referencia a algún artículo sin mencionar el dispositivo al que corresponde, se entiende referida a la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Quedan comprendidos en la aplicación del Programa los siguientes órganos del Ministerio de Agricul-tura: a) Las Agencias Agrarias de Ica, Chincha, Pisco, Nas- ca-Palpa. b) Las Agencias Agrarias de Barranca, Huaral, Huacho, Puente Piedra, Mala y Cañete. c) La Agencia Agraria de Moro (Chimbote), Casma y Huarmey. d) La Agencia Agraria de Acarí - Bella Unión. Artículo 3º.- La Dirección General de Promoción Agra- ria del Ministerio de Agricultura Sede Central, continuará acargo de la Unidad de Coordinación, Supervisión y Controldel Programa, por el período de vigencia del mismo, conlas funciones y atribuciones siguientes: a) Coordinar con los órganos comprendidos en la apli- cación del Programa, la adecuada aplicación del mismo. b) Verificar y confirmar la consistencia de la información contenida en los Reportes, remitidos semanalmente porlas Regiones involucradas en el Programa para los fines detramitar el pago del Reintegro.