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PÆg. 245078 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de mayo de 2003 d) Copia certificada del Poder del representante legal debidamente inscrito en los Registros Públicos. e) Documento suscrito por el representante legal indi- cando el nombre de los integrantes del Directorio. f) Balance de Apertura (en el caso de empresas recién constituidas), y Estados Financieros de los dos últimos años(Balance y Estado de Ganancias y Pérdidas), debidamen-te refrendados por Contador Público Colegiado. g) Presentar el Certificado Negativo o en su caso el Certificado de Títulos Regularizados, de conformidad conlo establecido en la Ley Nº 27287 - Ley de Títulos Valores,emitido por el Registro Nacional de Protestos y Moras acargo de la Cámara de Comercio de Lima. h) Fianza bancaria en los casos que las normas perti- nentes así lo establezcan. i) Póliza de seguros de accidentes para todos los profe- sionales de su nómina. j) Nómina de profesionales indicando en cada caso el tema al que se presentan. k) Para el tema de seguridad e higiene minera en el caso de minería subterránea, los profesionales de la nómi-na deben ser Ingenieros de Minas o Geólogo Colegiadocon una experiencia no menor de cinco (5) años en opera-ciones mineras y tres (3) en seguridad minera. En el casode minería diferente a la subterránea los profesionales dela nómina serán de preferencia Ingenieros de Minas oGeólogo colegiados, o en su defecto Ingenieros de otraespecialidad. Dichos profesionales deben tener experien-cia, no menor de cinco (5) años, en operaciones mineras ytres (3) en seguridad minera. Asimismo, deberán consignarla experiencia en minería subterránea, minería superficial,planta de beneficio, fundición y refinación, según corres-ponda, adjuntando el correspondiente currículum vitaedocumentado. l) En el caso de empresas que desean ser inscritas en el tema 2 “Medio Ambiente”, deben presentar la constanciade estar inscritas en el Registro normado por ResoluciónMinisterial Nº 580-98-EM/VMM en la Dirección General deAsuntos Ambientales, así como los profesionales de lanómina, quienes deberán contar con experiencia no me-nor de cinco (5) años en la materia, adjuntándose el res-pectivo currículum vitae documentado. m) Para la fiscalización de las obligaciones comprendi- das en el tema 3 “Otras Obligaciones”, los profesionalesacreditarán como mínimo cinco (5) años de experiencia enel área en que desea ser clasificado, adjuntando el res-pectivo currículum vitae documentado. n) Los profesionales de la nómina deben acreditar ca- pacitación en el tema a inscribirse, adquirida en los últimostres años, equivalente a 120 (ciento veinte) horas debida-mente acreditadas con los certificados correspondientes. o) Los profesionales de la nómina deberán acreditar su inscripción y habilitación, con documento oficial del Cole-gio Profesional correspondiente. p) Acreditar que disponen de instrumentos y equipos básicos para la ejecución de trabajos y mediciones en cam-po. q) Certificado médico, en el que se indique que cada profesional de la nómina goza de buena salud y que estáapto para trabajos de campo en zonas ubicadas por enci-ma de los cuatro mil (4,000) metros sobre el nivel del mar . PERSONA NATURAL a) Nombre y apellidos del solicitante; documento de identidad; número del Registro Único de Contribuyente RUC,domicilio, número de teléfono, fax y correo electrónico. b) Póliza de seguro de accidentes. c) Fianza bancaria en los casos que las normas perti- nentes así lo establezcan. d) Para el tema de seguridad e higiene minera en el caso de minería subterránea, el profesional debe ser Inge-niero de Minas o Geólogo Colegiado con una experienciano menor de cinco (5) años en operaciones mineras y tres(3) en seguridad minera. En el caso de minería diferente ala subterránea el profesional será de preferencia Ingenierode Minas o Geólogo colegiado, o en su defecto Ingenierode otra especialidad. Dicho profesional debe tener expe-riencia no menor de cinco (5) años en operaciones minerasy tres (3) en seguridad minera. Asimismo, deberá consignarexperiencia en minería subterránea, minería superficial,planta de beneficio, fundición y refinación, según corres-ponda, adjuntando el respectivo currículum vitae documen-tado. e) Los profesionales que deseen ser inscritos en el tema 2 “Medio Ambiente” deben acreditar como mínimocinco (5) años de experiencia en la materia adjuntando elcorrespondiente currículum vitae y acreditar que integra lanómina de profesionales de una entidad inscrita en el Re- gistro normado por la Resolución Ministerial Nº 580-98-EM/VMM en la Dirección General de Asuntos Ambientales. f) Para la fiscalización de las obligaciones comprendi- das en el tema 3 “Otras Obligaciones”, los profesionalesacreditarán como mínimo cinco (5) años de experiencia enel área en que desea ser clasificado, adjuntando el res-pectivo currículum vitae. g) Acreditar capacitación en el tema a inscribirse, adqui- rida en los últimos tres (3) años, equivalente a ciento veinte(120) horas debidamente acreditadas con los certificadoscorrespondientes. h) Los profesionales deberán acreditar su inscripción y habilitación con documento oficial del Colegio Profesionalcorrespondiente. i) Acreditar que disponen de instrumentos y equipos básicos para la ejecución de trabajos y mediciones en cam-po. j) Presentar el Certificado Negativo o en su caso el Certificado de Títulos Regularizados, de conformidad conlo establecido en la Ley Nº 27287 - Ley de Títulos Valores,emitido por el Registro Nacional de Protestos y Moras acargo de la Cámara de Comercio de Lima. k) Certificado médico, en el que se indique que el pro- fesional goza de buena salud y que está apto para traba-jos de campo en zonas ubicadas por encima de los cuatromil (4,000) metros sobre el nivel del mar. Artículo 13º.- No ingresarán al proceso de selección aquellos postulantes que: a) Presenten documentación e información incompleta. b) Los profesionales que postulen al registro en calidad de personas naturales y figuren en la nómina de profesio-nales de alguna persona jurídica. c) Los profesionales que postulen en la nómina de dos o más personas jurídicas. Artículo 14º.- La solicitud para la inscripción y para la renovación de la misma, en el Registro de FiscalizadoresExternos, podrá realizarse en el mes de setiembre de cadaaño. La renovación se debe realizar en el segundo año deinscripción y deberá presentarse la solicitud acompañadade un certificado médico, en el que se indique que el pro-fesional o profesionales de la nómina, según sea el caso,gozan de buena salud y que se encuentran aptos pararealizar trabajos de campo en zonas ubicadas por encimade los cuatro mil (4,000) metros sobre el nivel del mar;adicionalmente, deberán presentar los documentos queacrediten la actualización de la capacitación del profesio-nal o profesionales de la nómina, y la póliza de seguro deaccidentes. Artículo 15º.- La Comisión de Calificación y Clasifica- ción evaluará la solicitud de inscripción en un plazo detreinta (30) días calendario de presentada. Vencido el pla-zo, la Comisión comunicará el resultado al solicitante, orde-nando, de ser el caso, la inscripción en el Registro deFiscalizadores Externos. La decisión de la Comisión, sólopodrá ser objeto de reconsideración dentro de un plazo dequince (15) días hábiles, la que se resolverá dentro de loscinco (5) días de recibida. La decisión de la Comisión esinapelable. Artículo 21º.- La Dirección General de Minería procede- rá a inscribir a los fiscalizadores externos en el registrocorrespondiente una vez culminado el proceso de selec-ción. Artículo 22º .- La inscripción en el Registro quedará cancelada en los siguientes casos: 4. Por no renovar su inscripción.”Artículo 4º.- En cuanto al proceso de designación de fiscalizadores externos, modifíquese el texto del artículo28º del Reglamento de Fiscalización de las ActividadesMineras, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2001-EM,conforme a lo siguiente: “Artículo 28º.- En el caso de renuncia del fiscalizador designado o que éste haya sido suspendido o su inscrip-ción haya sido cancelada, la Dirección General de Mineríaprocederá a designar al fiscalizador externo que lo reem-place.” Artículo 5º.- En cuanto a la contratación y pago de la planilla de inspección, modifíquese el texto de los artículos