TEXTO PAGINA: 81
PÆg. 245147 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de mayo de 2003 b. Valor Referencial: - 250,934.29 Nuevos Soles para hojuelas de cereales.- 409,445.25 Nuevos Soles para leche evaporada en- tera. c. Fuente de Financiamiento: - 13. Donaciones y Transferencias. d. Tiempo de Exoneración: - Hasta 90 días a partir del 22 de mayo del 2003. e. Órgano encargado; - Unidad de Logística de la Municipalidad. Tercero.- REMITIR el presente Acuerdo de Concejo, así como los Informes Técnicos - Legales a la ContraloríaGeneral de la República, dentro del plazo que fija la Ley. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 10071 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Expresan opinión respecto a la huelga nacional de maestros ACUERDO DE CONCEJO Nº 000039 San Juan de Miraflores, 21 de mayo de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES En Sesión Ordinaria de fecha 21-5-2003, Vistos y Oí- dos, la Moción de Orden del día presentada por los Sres.Regidores: Richard Llamocca Moriano, Hever Mauricio Aqui-no, Aurelio Cayao Núñez, Sra. Sebastiana Cunya Maza. CONSIDERANDO: Que, siendo San Juan de Miraflores uno de los distri- tos de mayor población en el Perú, y que por ese hechoalberga en su jurisdicción a miles de alumnos que estu-dian en los centros educativos públicos, quienes son los más directos perjudicados por la huelga nacional que vienen llevando a cabo los maestros por sus justas rei-vindicaciones de sus derechos y que el Gobierno Cen-tral aún no atiende; Que, la demanda de mejoras salariales y condiciones adecuadas para una mejor educación de los alumnos, sig- nifica mejorar la calidad educativa por lo mismo que la población ha demostrado su adhesión y comprensión aesta huelga nacional que busca que sus aspiraciones yreivindicaciones sean atendidas por el Gobierno Central; Que, para el logro de sus demandas es necesario que las autoridades del Gobierno Central se sensibilicen ante la situación social por el cual atraviesan los maestros del Perú y en especial de los maestros sanjuaninos, por ellosería necesario el reajuste del Presupuesto de la Repú-blica priorizando los gastos en educación; Que, las autoridades de la Municipalidad de San Juan de Miraflores no son ajenas a la situación social de los maestros del Perú y reconoce la lucha y el sacrificio que viene atravesando el magisterio, por ello expresan su soli-daridad y reconocimiento al maestro por su labor educado-ra en la formación de la persona y en esta hora de luchasocial se solidariza con el maestro en general; Que, las Municipalidades son instituciones de Gobier- no Local que emanan de la voluntad popular y tienen plena autonomía en los asuntos de su competencia garan-tizada por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgáni-ca de Municipalidades, Ley Nº 23853; Que, el Concejo Municipal como máxima instancia de gobierno local ejerce funciones de gobierno, en ese senti- do el ACUERDO es una decisión específica sobre un asun- to de interés público vecinal o institucional que debe ex-presar la opinión de la Municipalidad; Que, por lo expuesto, y de conformidad con las atribu- ciones amparadas por el Art. 191º de la Constitución Polí-tica del Perú y los Arts. 10º y 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, debatido en el pleno y con elvoto mayoritario; SE ACUERDA: Primero.- SOLIDARIZARSE con la lucha y el sacrificio de los maestros de San Juan de Miraflores y del Perú engeneral. Segundo.- SOLICITAR al Gobierno Central su sensibili- dad al pedido de los maestros y atender sus demandas. Tercero.- AUTORIZAR al señor Alcalde la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano Cuarto.-DISPÉNCESE la lectura y aprobación del Acta. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 10079 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Declaran en situación de urgencia el servicio de recolección, transporte ydisposición final de residuos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 47-2003-MDSM San Miguel, 20 de mayo de 2003 VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Informe Nº 097-2003-OA/MDSM de fecha 14 de mayo de 2003, emitido por el Director de Administración y el Informe Nº 153-2003-OAJ/MDSM, de fecha 14 de mayode 2003, emitido por el Director de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Nº 097-2003-OA/MDSM, la Oficina de Administración de esta Corporación Edil defecha 14 de mayo de 2003, da cuenta que el ConcursoPúblico Nº 0001-2003-CE/MDSM "Servicio de Recolección,Transporte y Disposición Final, Barrido de Calles y Manteni-miento de Parques y Jardines", fue declarado desierto en uno de los tres ítems convocados, siendo éste el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Resi-duos Sólidos, el mismo que no fue adjudicado, en razón deno haberse presentado la cantidad de postores requeridapor la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,manifestando en tal sentido que se está procediendo a una segunda convocatoria para la contratación del Servi- cio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Resi-duos Sólidos; Que, en consideración al contexto descrito en el Infor- me Técnico Nº 097-2003-OA/MDSM, de la Oficina de Admi-nistración, es necesario disponer las medidas administrati- vas pertinentes a efecto de no desatender el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de ResiduosSólidos que brinda la Municipalidad Distrital de San Miguel,toda vez que mientras dure la segunda convocatoria delproceso en mención se estaría desatendiendo el mencio-nado servicio, por lo cual es imperativo la adopción de las medidas provisorias del caso, toda vez que es un servicio de carácter esencial; Que, asimismo, mediante Informe Legal Nº 153-2003- OAJ/MDSM, la Oficina de Asesoría Jurídica emite su opi-nión en el sentido de que la situación planteada configurael supuesto de situación de urgencia previsto en el artículo 108º inciso 2) del D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lamisma que señala debe entenderse como una medida tem-poral, a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgen-cia mientras se realice el Proceso de Selección respectivo; Que, la situación descrita por la Oficina de Administración respecto a la Declaración de Desierto del Proceso convoca- do configura un supuesto de carácter objetivo que estácomprometiendo de manera directa la prestación de un ser-vicio esencial a favor de la Comunidad, y que el artículo 21ºdel D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que la Situación deUrgencia se configura cuando la ausencia extraordinaria e